Colmenarejo (BOCM-20231002-73)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 234
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE OCTUBRE DE 2023
19. Ordenar la ejecución de garantías depositadas en el Ayuntamiento en garantía de
contratos o de tributos municipales.
20. Resolver los expedientes de devolución de avales o fianza depositadas en la Tesorería municipal, así como el reembolso de los costes de garantías que se constituyan.
21. Proponer la Cuenta de Recaudación para su aprobación por la Junta de Gobierno Local.
22. Otorgar el visto bueno de las certificaciones que se expidan por las Unidades y
Servicios que integran la delegación.
23. Formular propuestas de acuerdo al Pleno o a la Junta de Gobierno de cuantos
asuntos sean de su competencia.
24. Dictar actos de trámite, en todo caso, y resolver mediante actos administrativos
que afecten a terceros, todos los expedientes relativos a materias del Área de Hacienda y
que no estén atribuidos al Pleno a la Junta de Gobierno Local.
25. Aprobar las liquidaciones tributarias, así como la de los demás ingresos de derecho público.
26. Resolver los procedimientos de aplazamientos y fraccionamientos de pago.
27. Proponer la imposición, supresión y ordenación de los tributos municipales y de
los precios públicos, así como los proyectos de ordenanzas de gestión, recaudación e inspección; de las ordenanzas fiscales reguladoras de tributos y precios públicos, su modificación o derogación.
28. Resolver los procedimientos de exenciones y bonificaciones en los tributos.
29. Velar por el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Ayuntamiento
en virtud de convenios.
30. Realizar la gestión e inspección tributaria. En particular aprobación de padrones
y liquidaciones; anulación de liquidaciones; declaración de afección y derivación de la acción administrativa a otros responsables de la deuda; declaración de prescripción de derechos y de créditos incobrables; suspensión de la ejecutividad de los actos de gestión o inspección; aprobación de los expedientes de compensación de deudas y créditos.
31. Dirigir, coordinar y planificar las actuaciones y programas en materia de contratación relacionada con esta Concejalía.
32. Formular las propuestas al Pleno del Ayuntamiento, y a la Junta de Gobierno Local, de aprobación de los expedientes de contratación y de adjudicación cuando sean aquéllos el órgano de contratación, en materias relacionadas con esta Concejalía.
Medio Ambiente:
1. Señalar las directrices generales en materia de Medio Ambiente.
2. Formular propuestas de protección y defensa del paisaje urbano y los aspectos ornamentales del municipio.
3. Propuestas de informes de calidad ambiental y seguimiento del desarrollo de los
mismos en coordinación con urbanismo.
4. Realización y gestión de actividades propias del Ayuntamiento, competencia de
la Alcaldía, y complementarias de las propias de otras Administraciones Públicas en materia de protección del medio ambiente.
5. Hacer cumplir los Bandos y Órdenes emanados de la Alcaldía, las Ordenanzas
Municipales y, en general, todas las disposiciones que afecten al Municipio, dentro de la
competencia que se delega.
6. Dirección, inspección e impulso de los servicios delegados y formular propuestas
de resolución para su tramitación por la Alcaldía.
7. Proponer a los órganos de gobierno cuantas medidas se estimen necesarias para el
mejor cumplimiento de las facultades delegadas en los apartados anteriores.
8. Dirigir, coordinar y planificar las actuaciones y programas en materia de contratación relacionada con esta Concejalía.
9. Formular las propuestas al Pleno del Ayuntamiento, y a la Junta de Gobierno Local, de aprobación de los expedientes de contratación y de adjudicación cuando sean aquéllos el órgano de contratación, en materias relacionadas con esta Concejalía.
Subvenciones:
1. Solicitar ayudas y subvenciones a otras Administraciones y Organismos.
Pág. 309
BOCM-20231002-73
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE OCTUBRE DE 2023
19. Ordenar la ejecución de garantías depositadas en el Ayuntamiento en garantía de
contratos o de tributos municipales.
20. Resolver los expedientes de devolución de avales o fianza depositadas en la Tesorería municipal, así como el reembolso de los costes de garantías que se constituyan.
21. Proponer la Cuenta de Recaudación para su aprobación por la Junta de Gobierno Local.
22. Otorgar el visto bueno de las certificaciones que se expidan por las Unidades y
Servicios que integran la delegación.
23. Formular propuestas de acuerdo al Pleno o a la Junta de Gobierno de cuantos
asuntos sean de su competencia.
24. Dictar actos de trámite, en todo caso, y resolver mediante actos administrativos
que afecten a terceros, todos los expedientes relativos a materias del Área de Hacienda y
que no estén atribuidos al Pleno a la Junta de Gobierno Local.
25. Aprobar las liquidaciones tributarias, así como la de los demás ingresos de derecho público.
26. Resolver los procedimientos de aplazamientos y fraccionamientos de pago.
27. Proponer la imposición, supresión y ordenación de los tributos municipales y de
los precios públicos, así como los proyectos de ordenanzas de gestión, recaudación e inspección; de las ordenanzas fiscales reguladoras de tributos y precios públicos, su modificación o derogación.
28. Resolver los procedimientos de exenciones y bonificaciones en los tributos.
29. Velar por el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Ayuntamiento
en virtud de convenios.
30. Realizar la gestión e inspección tributaria. En particular aprobación de padrones
y liquidaciones; anulación de liquidaciones; declaración de afección y derivación de la acción administrativa a otros responsables de la deuda; declaración de prescripción de derechos y de créditos incobrables; suspensión de la ejecutividad de los actos de gestión o inspección; aprobación de los expedientes de compensación de deudas y créditos.
31. Dirigir, coordinar y planificar las actuaciones y programas en materia de contratación relacionada con esta Concejalía.
32. Formular las propuestas al Pleno del Ayuntamiento, y a la Junta de Gobierno Local, de aprobación de los expedientes de contratación y de adjudicación cuando sean aquéllos el órgano de contratación, en materias relacionadas con esta Concejalía.
Medio Ambiente:
1. Señalar las directrices generales en materia de Medio Ambiente.
2. Formular propuestas de protección y defensa del paisaje urbano y los aspectos ornamentales del municipio.
3. Propuestas de informes de calidad ambiental y seguimiento del desarrollo de los
mismos en coordinación con urbanismo.
4. Realización y gestión de actividades propias del Ayuntamiento, competencia de
la Alcaldía, y complementarias de las propias de otras Administraciones Públicas en materia de protección del medio ambiente.
5. Hacer cumplir los Bandos y Órdenes emanados de la Alcaldía, las Ordenanzas
Municipales y, en general, todas las disposiciones que afecten al Municipio, dentro de la
competencia que se delega.
6. Dirección, inspección e impulso de los servicios delegados y formular propuestas
de resolución para su tramitación por la Alcaldía.
7. Proponer a los órganos de gobierno cuantas medidas se estimen necesarias para el
mejor cumplimiento de las facultades delegadas en los apartados anteriores.
8. Dirigir, coordinar y planificar las actuaciones y programas en materia de contratación relacionada con esta Concejalía.
9. Formular las propuestas al Pleno del Ayuntamiento, y a la Junta de Gobierno Local, de aprobación de los expedientes de contratación y de adjudicación cuando sean aquéllos el órgano de contratación, en materias relacionadas con esta Concejalía.
Subvenciones:
1. Solicitar ayudas y subvenciones a otras Administraciones y Organismos.
Pág. 309
BOCM-20231002-73
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