Colmenarejo (BOCM-20231002-73)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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B.O.C.M. Núm. 234

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE OCTUBRE DE 2023

4. Decretar la tramitación, conclusión y archivo de los expedientes que aparezcan ultimados en todos sus trámites y se refieran a materias propias de las competencias delegadas.
5. Proponer la política deportiva municipal.
6. Gestión, coordinación y dirección del Complejo Deportivo Municipal “Príncipe
de Asturias”.
7. Dirección, inspección e impulso de los servicios delegados y formular propuestas
de resolución para su tramitación por la Alcaldía.
8. Proponer a los órganos de gobierno cuantas medidas se estimen necesarias para el
mejor cumplimiento de las facultades delegadas en los apartados anteriores.
9. Coordinar, supervisar aprobar y gestionar los programas y actividades de la Concejalía.
10. Propuesta, desarrollo, y fomento del deporte base y actividades saludables en el
municipio.
11. Apoyar y fomentar la colaboración con los clubes y asociaciones deportivas del
municipio.
12. Planificación, construcción, conservación y mantenimiento de instalaciones e infraestructuras deportivas en coordinación con el resto de Concejalías.
13. Dirigir, coordinar y gestionar las instalaciones deportivas y espacios deportivos
municipales.
14. Programar, organizar, supervisar y gestionar los eventos deportivos realizados
en el municipio.
15. Justificación, aprobación y concesión de ayudas, becas, premios otorgados por
el Ayuntamiento a favor de particulares, entidades públicas o privadas.
16. Dirigir, coordinar y planificar las actuaciones y programas en materia de contratación relacionada con esta Concejalía.
17. Formular las propuestas al Pleno del Ayuntamiento, y a la Junta de Gobierno Local de aprobación de los expedientes de contratación y de adjudicación cuando sean aquéllos el órgano de contratación, en materias relacionadas con esta Concejalía.
Personal y Régimen Interno:
1. Señalar las directrices generales en la materia delegada.
2. Hacer cumplir los Bandos y Órdenes emanados de la Alcaldía, las Ordenanzas
Municipales y, en general, todas las disposiciones que afecten al Municipio, dentro de las
competencias delegadas.
3. Proponer los cambios de destino del personal de la Corporación.
4. Dar cumplimiento al contenido de los mandamientos y exhortos provenientes de
las autoridades judiciales relacionados con el personal.
5. La programación y gestión de los Planes de Formación del personal municipal.
6. Mantener relaciones con las organizaciones sindicales y desarrollar la política municipal en esta materia.
7. Inspeccionar, fiscalizar y coordinar la actividad de los servicios a su cargo.
8. Colaborar en la planificación y ejecución de la política de personal del Ayuntamiento, incluida la elaboración de la Plantilla de Personal y el Anexo de Personal.
9. Proponer a los órganos de gobierno cuantas medidas se estimen necesarias para el
mejor cumplimiento de las facultades delegadas en los apartados anteriores.
10. Dirección, inspección e impulso de los servicios delegados y formular propuestas de resolución para su tramitación por la Alcaldía.
11. Dirigir, coordinar y planificar actuaciones en materia de Recursos Humanos.
12. Resolver los conflictos de atribuciones que pudieran surgir entre los Servicios y
Unidades Administrativas contenidas en su Delegación.
13. Coordinar y gestionar el régimen retributivo del personal (anticipos, indemnizaciones por razón del servicio, reconocimientos de antigüedad, grado personal, cotizaciones
a seguros sociales, mutualidades, retenciones de IRPF, certificados, ayudas sociales etc.)
excepto nóminas.
14. Dirigir, coordinar y planificar las actuaciones y programas en materia de contratación relacionada con esta Concejalía.
15. Formular las propuestas al Pleno del Ayuntamiento, y a la Junta de Gobierno Local, de aprobación de los expedientes de contratación y de adjudicación cuando sean aquéllos el órgano de contratación, en materias relacionadas con esta Concejalía.
Fiestas y Eventos:
1. Señalar las directrices generales en la materia delegada.

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