Alcorcón (BOCM-20231002-68)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE OCTUBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 234

— Impulsar la coordinación entre las distintas concejalías para el seguimiento de los
programas, planes, objetivos y actividades de las diferentes Áreas de Gobierno,
organismos públicos y sociedades municipales, para la consecución de la acción
de gobierno de la Alcaldía-Presidencia.
— Realizar otros trabajos administrativos diversos que le sean encomendados.
— Cumplimiento de la normativa básica de prevención de riesgos laborales.
— Cualquier otra tarea de similar naturaleza, que con carácter extraordinario le sea
encomendada por su superior jerárquico.
Entre las funciones se encuentran, además del soporte administrativo general de la actividad de la alcaldía, la organización, asistencia y protocolo de los actos institucionales del
Ayuntamiento de Alcorcón, así como las relaciones con las distintas instituciones municipales, autonómicas, nacionales o internacionales en su caso, de la Alcaldía-Presidencia.
Impulsarán la coordinación entre las distintas concejalías para el seguimiento de los
programas, planes, objetivos y actividades de las diferentes Áreas de Gobierno, organismos
Públicos y sociedades municipales, para la consecución de la acción de gobierno de la Alcaldía-Presidencia”.
Tercera. Requisitos de los aspirantes.—Para tomar parte en la convocatoria será necesario ser titular como funcionario/a de carrera de una plaza perteneciente al subgrupo C1 o C2
del Ayuntamiento de Alcorcón.
Cuarta. Publicidad.—La convocatoria se publicará íntegramente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y un extracto en el “Boletín Oficial del Estado”.
Quinta. Plazo y presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de instancias
será de quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.
Las instancias solicitando tomar parte en el proceso se dirigirán a la alcaldesa-presidenta, haciendo constar en ellas que se reúnen los requisitos exigidos para tomar parte en
la convocatoria.
Las solicitudes se presentarán en el registro electrónico o en el registro general del
Ayuntamiento de Alcorcón, dentro del plazo indicado en el apartado 5. También podrán
presentarse en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, junto con el resto
de documentación exigida.
A las solicitudes deberá acompañarse currículum vítae, en el que constarán, debidamente acreditados, los años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración pública, experiencia, títulos académicos, así como los estudios y cursos de formación realizados en relación con las características, requisitos y funciones del puesto y
cuantos otros méritos o circunstancias se estime oportuno poner de manifiesto, que se acreditarán fehacientemente por el/la que resulte elegido/a.
El servicio de Recursos Humanos aportará al expediente el Anexo I de los/as aspirantes, por lo que no será necesario adjuntarlo a la solicitud.
Sexta. Procedimiento de provisión.—Concluido el plazo de presentación de solicitudes, se dará publicidad a la lista de admitidos/as y excluidos/as en la web municipal, quedando abierto un plazo de diez días naturales para la subsanación de posibles defectos.
La selección se realizará atendiendo a la experiencia y capacitación de la persona candidata.
Los/as aspirantes podrán ser convocados/as para realizar una entrevista, a cuyo efecto
se comunicará con tres días de antelación la fecha de celebración de la misma.
Séptima. Nombramiento, toma de posesión y cese.—En el plazo máximo de un mes,
contado a partir de la fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el
concejal de Recursos Humanos y Atención Ciudadana efectuará el nombramiento, previa
propuesta del coordinador general/director general del Área de Alcaldía y Presidencia.
El acuerdo de nombramiento se motivará con referencia al cumplimiento por parte de
los/as candidatos/as elegidos/as, de los requisitos exigidos y de la competencia para proceder al mismo.
La toma de posesión se realizará conforme a lo determinado en los artículos 48, 56 y 57
del Real Decreto 364/1995 (Reglamento General de Ingreso). En cuanto al cese, y según lo
regulado en el artículo 58 del citado Reglamento, los/as funcionarios/as designados/as por Libre Designación podrán ser cesados/as con carácter discrecional, conteniendo la resolución
como motivación la competencia para adoptarla.

BOCM-20231002-68

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