Pinto (BOCM-20230929-73)
Personal. Relación puestos trabajo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 232

VIERNES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023

Pág. 439

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
73

PINTO
PERSONAL

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el 17 de agosto de 2023,
aprobó, entre otros, la adopción de los siguientes acuerdos:
Primero.—Determinación del número, características y retribuciones del personal
eventual en virtud de las competencias previstas por el artículo 104.1 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, conforme al siguiente contenido:
Nº DE DOTACIONES

TIPO DE PERSONAL

DEDICACIÓN

RETRIBUCIONES

COORDINADOR/A DE ALCALDÍA

DENOMINACIÓN DEL PUESTO

2

EVENTUAL

100%

52.630 euros/brutos anuales

COORDINADOR/A DE ÁREA

10

EVENTUAL

100%

43.125 euros/brutos anuales

Nº DE DOTACIONES

TIPO DE PERSONAL

DEDICACIÓN

RETRIBUCIONES

COORDINADOR/A DE ALCALDÍA

DENOMINACIÓN DEL PUESTO

2

EVENTUAL

100%

52.630 euros/brutos anuales

COORDINADOR/A DE ÁREA

10

EVENTUAL

100%

43.125 euros/brutos anuales

Considerando que el personal eventual solamente puede desarrollar funciones expresamente calificadas como de confianza y asesoramiento especial, se asignan a los puestos
señalados las siguientes funciones:
a) Coordinador de Alcaldía: Asistencia técnica y asesoramiento al alcalde y a los tenientes de alcaldes en cuantos asuntos y materias se les encomienden, planificando la agenda de trabajo de los tenientes de alcalde y concejales/as. Mantenimiento de relaciones fluidas con instituciones públicas y privadas y colectivos de
carácter social y político. Coordinación técnica y administrativa con las diferentes Concejalías incluidas, con la finalidad de facilitar una relación fluida entre las
Concejalías, los tenientes de alcaldes, y el alcalde.
b) Coordinador de Área: Asistencia y asesoramiento a los concejales/as que están incluidos en un área en concreto para un buen funcionamiento en cuantos asuntos y
materias se les encomienden. Estarán bajo la supervisión de los/as coordinadores
de la Alcaldía asignados, de los tenientes de alcaldes y del alcalde. Organización
y planificación de la agenda de los concejales/as, así como reuniones de los concejales con los vecinos y vecinas.
Sexto.—Aprobar inicialmente la modificación de la RPT con las determinaciones contempladas en el presente acuerdo.
Séptimo.—Publicar la modificación de la RPT en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Pinto.

BOCM-20230929-73

Segundo.—Establecer como requisito para el nombramiento en todos los puestos de
personal eventual que el aspirante cuente con una experiencia como empleado (laboral o
funcionario) de al menos cuatro años en el ámbito público o privado y/o titulación de educación superior.
Tercero.—Establecer la aplicación de las subidas retributivas que cada año contemplen las leyes de Presupuestos Generales del Estado para los empleados públicos a todos el
personal eventual.
Cuarto.—Establecer que todos los puestos tendrán disponibilidad y dedicación completa para el ejercicio de sus funciones fuera de la jornada habitual de trabajo en el Ayuntamiento. Dicha disponibilidad y dedicación está incluida en sus retribuciones.
Quinto.—Modificar la relación de puestos de trabajo para la modificación de los puestos de personal eventual de manera que los puestos de personal eventual tendrán el siguiente contenido: