Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla (BOCM-20230927-59)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 302
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 230
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
59
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES
MEJORADA-VELILLA
RÉGIMEN ECONÓMICO
De conformidad con los artículos 169 y 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales y habida cuenta que la Junta de la Mancomunidad, en sesión extraordinaria celebrada el día 9 de agosto de 2023, adoptó acuerdo de aprobación inicial de la modificación
número 7/2023 del vigente presupuesto, en la modalidad de suplemento de crédito y crédito extraordinario de la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla, publicado
inicialmente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 200, de 23
de agosto de 2023, se considera definitivamente aprobado al no haberse presentado reclamaciones al mismo, presentando el siguiente resumen por capítulos:
CRÉDITOS
TOTALES
GASTOS
1. GASTOS PERSONAL
1.442.973,82
2. GTOS.BIENES CTES.SERV.
1.173.770,95
3. GTOS.FINANCIEROS
2.000,00
4. TRANSF.CORRIENTES
626.014,36
6. INVERSIONES
359.785,22
7. TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
0
8. ACTIVOS FINANCIEROS
12.000,00
9. PASIVOS FINANCIEROS
0
TOTALES
3.616.544,35
PREVISIONES
DEFINITIVAS
INGRESOS
1. IMPUESTOS DIRECTOS
0,00
2. IMPUESTOS INDIRECTOS
0,00
3. TASAS Y OTROS INGRESOS
31.000,00
4. TRANSFERENCIAS CORRIENTES
2.708.117,62
5. INGRESOS PATRIMONIALES
0,00
6. ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES
0,00
7. TRANSF. DE CAPITAL
0,00
8. ACTIVOS FINANCIEROS
877.426,73
9. PASIVOS FINANCIEROS
0,00
TOTAL
3.616,544,35
BOCM-20230927-59
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 170 y 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso
contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la
interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo
impugnado.
Mejorada del Campo, a 15 de septiembre de 2023.—La presidenta, Juana Iris Álvarez Ruiz.
(03/15.740/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 302
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MIÉRCOLES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 230
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
59
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES
MEJORADA-VELILLA
RÉGIMEN ECONÓMICO
De conformidad con los artículos 169 y 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales y habida cuenta que la Junta de la Mancomunidad, en sesión extraordinaria celebrada el día 9 de agosto de 2023, adoptó acuerdo de aprobación inicial de la modificación
número 7/2023 del vigente presupuesto, en la modalidad de suplemento de crédito y crédito extraordinario de la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla, publicado
inicialmente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 200, de 23
de agosto de 2023, se considera definitivamente aprobado al no haberse presentado reclamaciones al mismo, presentando el siguiente resumen por capítulos:
CRÉDITOS
TOTALES
GASTOS
1. GASTOS PERSONAL
1.442.973,82
2. GTOS.BIENES CTES.SERV.
1.173.770,95
3. GTOS.FINANCIEROS
2.000,00
4. TRANSF.CORRIENTES
626.014,36
6. INVERSIONES
359.785,22
7. TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
0
8. ACTIVOS FINANCIEROS
12.000,00
9. PASIVOS FINANCIEROS
0
TOTALES
3.616.544,35
PREVISIONES
DEFINITIVAS
INGRESOS
1. IMPUESTOS DIRECTOS
0,00
2. IMPUESTOS INDIRECTOS
0,00
3. TASAS Y OTROS INGRESOS
31.000,00
4. TRANSFERENCIAS CORRIENTES
2.708.117,62
5. INGRESOS PATRIMONIALES
0,00
6. ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES
0,00
7. TRANSF. DE CAPITAL
0,00
8. ACTIVOS FINANCIEROS
877.426,73
9. PASIVOS FINANCIEROS
0,00
TOTAL
3.616,544,35
BOCM-20230927-59
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 170 y 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso
contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la
interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo
impugnado.
Mejorada del Campo, a 15 de septiembre de 2023.—La presidenta, Juana Iris Álvarez Ruiz.
(03/15.740/23)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791