Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid (BOCM-20230927-64)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 230
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2023
Pág. 309
BOCM-20230927-64
Resolución de 19 de julio de 2022, publicada mediante extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID número 173, de 22 de julio de 2022, en un importe adicional
de 26.201.509,73 euros.
Dos.—De esta ampliación de crédito, se asignan a cada uno de los programas y categorías las cantidades siguientes:
— Programa de incentivos 4: realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y
el tercer sector, con o sin almacenamiento:
d Categoría Autoconsumo renovable: 19.611.360,10 euros.
d Categoría Almacenamiento: 1.773.015,81 euros.
— Programa de incentivos 5: incorporación de almacenamiento en instalaciones de
autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector: 332.953,80 euros.
— Programa de incentivos 6: realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial: 4.484.180,02 euros.
Por tanto, el crédito total asignado a cada uno de estos programas es el siguiente:
— Programa de incentivos 4: realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y
el tercer sector, con o sin almacenamiento:
d Categoría Autoconsumo renovable: 93.221.678,60 euros.
d Categoría Almacenamiento: 11.864.747,11 euros.
— Programa de incentivos 5: incorporación de almacenamiento en instalaciones de
autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector: 3.462.143,90 euros.
— Programa de incentivos 6: realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial: 19.729.796,72 euros.
Segundo.—La presente resolución se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Asimismo,
de conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de
Participación de la Comunidad de Madrid, esta resolución será objeto de difusión electrónica a través de la página web institucional de la Fundación de la Energía de la Comunidad
de Madrid.
Tercero.—La presente resolución no implica la apertura de nuevo plazo de presentación de solicitudes, por lo que exclusivamente serán tenidas en cuenta las solicitudes presentadas en el plazo fijado en la convocatoria.
Cuarto.—La presente resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 19 de septiembre de 2023.—El Director-Gerente de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, José Antonio González Martínez.
(01/15.922/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 230
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MIÉRCOLES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2023
Pág. 309
BOCM-20230927-64
Resolución de 19 de julio de 2022, publicada mediante extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID número 173, de 22 de julio de 2022, en un importe adicional
de 26.201.509,73 euros.
Dos.—De esta ampliación de crédito, se asignan a cada uno de los programas y categorías las cantidades siguientes:
— Programa de incentivos 4: realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y
el tercer sector, con o sin almacenamiento:
d Categoría Autoconsumo renovable: 19.611.360,10 euros.
d Categoría Almacenamiento: 1.773.015,81 euros.
— Programa de incentivos 5: incorporación de almacenamiento en instalaciones de
autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector: 332.953,80 euros.
— Programa de incentivos 6: realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial: 4.484.180,02 euros.
Por tanto, el crédito total asignado a cada uno de estos programas es el siguiente:
— Programa de incentivos 4: realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y
el tercer sector, con o sin almacenamiento:
d Categoría Autoconsumo renovable: 93.221.678,60 euros.
d Categoría Almacenamiento: 11.864.747,11 euros.
— Programa de incentivos 5: incorporación de almacenamiento en instalaciones de
autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector: 3.462.143,90 euros.
— Programa de incentivos 6: realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial: 19.729.796,72 euros.
Segundo.—La presente resolución se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Asimismo,
de conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de
Participación de la Comunidad de Madrid, esta resolución será objeto de difusión electrónica a través de la página web institucional de la Fundación de la Energía de la Comunidad
de Madrid.
Tercero.—La presente resolución no implica la apertura de nuevo plazo de presentación de solicitudes, por lo que exclusivamente serán tenidas en cuenta las solicitudes presentadas en el plazo fijado en la convocatoria.
Cuarto.—La presente resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 19 de septiembre de 2023.—El Director-Gerente de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, José Antonio González Martínez.
(01/15.922/23)
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