Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid (BOCM-20230927-64)
Modificación presupuestaria
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 230
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2023
Pág. 307
V. OTROS ANUNCIOS
64
FUNDACIÓN DE LA ENERGÍA DE LA COMUNIDAD
DE MADRID
Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid de 19 de septiembre de 2023, por la que se amplía el crédito presupuestario consignado en la convocatoria de ayudas para el autoconsumo y el almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como para la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial.
Años 2021-2022-2023.
El Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, aprobó la concesión directa de ayudas a las
comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversos
programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (“Boletín
Oficial del Estado” número 155, de 30 de junio de 2021).
Mediante Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid de 28
de octubre de 2021, publicada mediante extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID número 266, de 8 de noviembre de 2021, se convocó la concesión de ayudas para
el autoconsumo y el almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como para la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial- Años 2021, 2022 y 2023.
En el artículo 4 de la citada Resolución, relativo a la dotación presupuestaria, se estableció
como importe máximo destinado a la concesión de las subvenciones la cantidad de 87.349.111,30
euros, a financiar con cargo al presupuesto asignado a la Comunidad de Madrid para la ejecución
de estos programas de ayudas. De este crédito, se asignaron a cada uno de los programas y categorías las cantidades siguientes:
— Programa de incentivos 1: realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovables, en el sector servicios, con o sin almacenamiento:
d Categoría Autoconsumo renovable: 21.180.469,90 euros.
d Categoría Almacenamiento: 4.236.093,80 euros.
— Programa de incentivos 2: realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin
almacenamiento:
d Categoría Autoconsumo renovable: 12.482.530,40 euros.
d Categoría Almacenamiento: 2.467.416,20 euros.
— Programa de incentivos 3: incorporación de almacenamiento en instalaciones de
autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos: 5.804.627,40 euros.
— Programa de incentivos 4: realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y
el tercer sector, con o sin almacenamiento:
d Categoría Autoconsumo renovable: 25.283.233,50 euros.
d Categoría Almacenamiento: 1.986.842,30 euros.
— Programa de incentivos 5: incorporación de almacenamiento en instalaciones de
autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector: 662.281,10 euros.
— Programa de incentivos 6: realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial: 13.245.616,70 euros.
En este mismo artículo 4, apartado 3, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 10.3
del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, se prevé la posibilidad de que el presupuesto de
estos programas pueda ser ampliado en su totalidad o por cada categoría, en su caso, si existiese disponibilidad presupuestaria para esta misma finalidad y siempre que no hubiera expirado el plazo de vigencia de los mismos, tanto con fondos que provengan de los Presupuestos Generales del Estado como de otros orígenes, siempre que hayan sido transferidos por el
BOCM-20230927-64
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión EuropeaNextGenerationEU, Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
B.O.C.M. Núm. 230
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2023
Pág. 307
V. OTROS ANUNCIOS
64
FUNDACIÓN DE LA ENERGÍA DE LA COMUNIDAD
DE MADRID
Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid de 19 de septiembre de 2023, por la que se amplía el crédito presupuestario consignado en la convocatoria de ayudas para el autoconsumo y el almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como para la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial.
Años 2021-2022-2023.
El Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, aprobó la concesión directa de ayudas a las
comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversos
programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (“Boletín
Oficial del Estado” número 155, de 30 de junio de 2021).
Mediante Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid de 28
de octubre de 2021, publicada mediante extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID número 266, de 8 de noviembre de 2021, se convocó la concesión de ayudas para
el autoconsumo y el almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como para la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial- Años 2021, 2022 y 2023.
En el artículo 4 de la citada Resolución, relativo a la dotación presupuestaria, se estableció
como importe máximo destinado a la concesión de las subvenciones la cantidad de 87.349.111,30
euros, a financiar con cargo al presupuesto asignado a la Comunidad de Madrid para la ejecución
de estos programas de ayudas. De este crédito, se asignaron a cada uno de los programas y categorías las cantidades siguientes:
— Programa de incentivos 1: realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovables, en el sector servicios, con o sin almacenamiento:
d Categoría Autoconsumo renovable: 21.180.469,90 euros.
d Categoría Almacenamiento: 4.236.093,80 euros.
— Programa de incentivos 2: realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin
almacenamiento:
d Categoría Autoconsumo renovable: 12.482.530,40 euros.
d Categoría Almacenamiento: 2.467.416,20 euros.
— Programa de incentivos 3: incorporación de almacenamiento en instalaciones de
autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos: 5.804.627,40 euros.
— Programa de incentivos 4: realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y
el tercer sector, con o sin almacenamiento:
d Categoría Autoconsumo renovable: 25.283.233,50 euros.
d Categoría Almacenamiento: 1.986.842,30 euros.
— Programa de incentivos 5: incorporación de almacenamiento en instalaciones de
autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector: 662.281,10 euros.
— Programa de incentivos 6: realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial: 13.245.616,70 euros.
En este mismo artículo 4, apartado 3, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 10.3
del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, se prevé la posibilidad de que el presupuesto de
estos programas pueda ser ampliado en su totalidad o por cada categoría, en su caso, si existiese disponibilidad presupuestaria para esta misma finalidad y siempre que no hubiera expirado el plazo de vigencia de los mismos, tanto con fondos que provengan de los Presupuestos Generales del Estado como de otros orígenes, siempre que hayan sido transferidos por el
BOCM-20230927-64
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión EuropeaNextGenerationEU, Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico