C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230927-21)
Concesión subvenciones – Orden 1485/2023, de 11 de septiembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, para la concesión de una subvención directa al Ayuntamiento de Cenicientos para la ejecución de su “Plan de sostenibilidad turística en destino” que forma parte del correspondiente Plan Territorial de la Comunidad de Madrid 2022, a cargo del mecanismo de recuperación, transformación y resiliencia (Fondos de la Unión Europea-Next Generation EU)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 230
dos, en las actuaciones previstas en esta inversión, será preparado para su reutilización, reciclaje y recuperación de otros materiales, incluidas las operaciones de
relleno utilizando residuos para sustituir otros materiales, de acuerdo con la jerarquía de residuos y el Protocolo de gestión de residuos de construcción y demolición de la UE.
(II) Los operadores limitarán la generación de residuos en los procesos relacionados con la construcción y demolición, de conformidad con el Protocolo de gestión de residuos de construcción y demolición de la UE y teniendo en cuenta las
mejores técnicas disponibles y utilizando la demolición selectiva para permitir la
eliminación y manipulación segura de sustancias peligrosas y facilitar la reutilización y reciclaje de alta calidad mediante la eliminación selectiva de materiales,
utilizando los sistemas de clasificación disponibles para residuos de construcción
y demolición.
(III) Los diseños de los edificios y las técnicas de construcción apoyarán la circularidad en lo referido a la norma ISO 20887 para evaluar la capacidad de desmontaje o adaptabilidad de los edificios, cómo estos están diseñados para ser más
eficientes en el uso de los recursos, adaptables, flexibles y desmontables para permitir la reutilización y el reciclaje.
(IV) Cuando se instalen aparatos de agua, estos tendrán una etiqueta de producto
existente en la Unión. Para evitar el impacto de la obra, se identificarán y abordarán los riesgos de degradación ambiental relacionados con la preservación de la
calidad del agua y la prevención del estrés hídrico, de acuerdo con un plan de gestión de uso y protección del agua”.
ñ) En lo que al cumplimiento de las Etiquetas climáticas se refiere, las actuaciones
objeto de financiación deben tenerse en cuenta los requerimientos y porcentajes
de aplicación de etiquetas climáticas que computan para el C14.I1.2 descritas en
el Anexo VI del Reglamento del MRR y en el anexo V de la Estrategia y que han
sido aprobadas por la Comisión Europea en el documento de trabajo “Análisis del
plan de recuperación y resiliencia de España que acompaña a la Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan
de recuperación y resiliencia de España {COM(2021) 322 final}”. Deberán tenerse en cuenta, en su caso, todas aquellas que se incorporen en las sucesivas modificaciones que se aprueben de la Estrategia. Según lo cual, todas las actuaciones
elegibles que se incluyan en los ejes 1 y 2 se deben corresponder con la asignación a
la taxonomía de etiquetas climáticas aprobada por la Comisión Europea en el documento de trabajo “Análisis del plan de recuperación y resiliencia de España que acompaña a la Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de
la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España {COM (2021) 322
final}”. Además, con el objeto de contribuir a los hitos y objetivos establecidos en
el Anexo V de la Estrategia, deberá destinar:
— Un mínimo del 7,5 por 100 del presupuesto global, para las actuaciones identificadas con etiqueta climática 100 por 100 por la Comisión Europea recogidas en el Eje de transición verde y sostenible del apartado 6 de esta Estrategia.
— Un mínimo del 7,5 por 100 del presupuesto global del PSTD, para las actuaciones identificadas con etiqueta climática 40 por 100 por la Comisión
Europea recogidas en el Eje de transición verde y sostenible del apartado 6 de
esta Estrategia.
— Un mínimo del 20 por 100 del presupuesto global del PSTD, a las actuaciones
identificadas con etiqueta climática 100 por 100 por la Comisión Europea en
el ámbito de la eficiencia energética, establecidas en el Eje 2 del apartado 6
de esta Estrategia.
o) Devolver a la Comunidad de Madrid las cantidades anticipadas, que no se hubieran utilizado en la ejecución de la actuación o actuaciones, en los plazos y condiciones previstos en la presente Orden, de acuerdo al procedimiento establecido en
el dispongo undécimo
p) En caso de que alguno de los beneficiarios finales receptores de estos fondos, realizaran actividad económica constitutiva de estar sometida a la regla de “minimis”, se
aplicaría lo establecido en el Reglamento (UE) 1407/2013, de la Comisión, de 18 de
diciembre relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la UE a las ayudas de minimis que ha sido prorrogado por la Comisión
hasta el 31 de diciembre de 2023 a través del Reglamento (UE) 2020/972, de la
BOCM-20230927-21
BOCM
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dos, en las actuaciones previstas en esta inversión, será preparado para su reutilización, reciclaje y recuperación de otros materiales, incluidas las operaciones de
relleno utilizando residuos para sustituir otros materiales, de acuerdo con la jerarquía de residuos y el Protocolo de gestión de residuos de construcción y demolición de la UE.
(II) Los operadores limitarán la generación de residuos en los procesos relacionados con la construcción y demolición, de conformidad con el Protocolo de gestión de residuos de construcción y demolición de la UE y teniendo en cuenta las
mejores técnicas disponibles y utilizando la demolición selectiva para permitir la
eliminación y manipulación segura de sustancias peligrosas y facilitar la reutilización y reciclaje de alta calidad mediante la eliminación selectiva de materiales,
utilizando los sistemas de clasificación disponibles para residuos de construcción
y demolición.
(III) Los diseños de los edificios y las técnicas de construcción apoyarán la circularidad en lo referido a la norma ISO 20887 para evaluar la capacidad de desmontaje o adaptabilidad de los edificios, cómo estos están diseñados para ser más
eficientes en el uso de los recursos, adaptables, flexibles y desmontables para permitir la reutilización y el reciclaje.
(IV) Cuando se instalen aparatos de agua, estos tendrán una etiqueta de producto
existente en la Unión. Para evitar el impacto de la obra, se identificarán y abordarán los riesgos de degradación ambiental relacionados con la preservación de la
calidad del agua y la prevención del estrés hídrico, de acuerdo con un plan de gestión de uso y protección del agua”.
ñ) En lo que al cumplimiento de las Etiquetas climáticas se refiere, las actuaciones
objeto de financiación deben tenerse en cuenta los requerimientos y porcentajes
de aplicación de etiquetas climáticas que computan para el C14.I1.2 descritas en
el Anexo VI del Reglamento del MRR y en el anexo V de la Estrategia y que han
sido aprobadas por la Comisión Europea en el documento de trabajo “Análisis del
plan de recuperación y resiliencia de España que acompaña a la Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan
de recuperación y resiliencia de España {COM(2021) 322 final}”. Deberán tenerse en cuenta, en su caso, todas aquellas que se incorporen en las sucesivas modificaciones que se aprueben de la Estrategia. Según lo cual, todas las actuaciones
elegibles que se incluyan en los ejes 1 y 2 se deben corresponder con la asignación a
la taxonomía de etiquetas climáticas aprobada por la Comisión Europea en el documento de trabajo “Análisis del plan de recuperación y resiliencia de España que acompaña a la Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de
la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España {COM (2021) 322
final}”. Además, con el objeto de contribuir a los hitos y objetivos establecidos en
el Anexo V de la Estrategia, deberá destinar:
— Un mínimo del 7,5 por 100 del presupuesto global, para las actuaciones identificadas con etiqueta climática 100 por 100 por la Comisión Europea recogidas en el Eje de transición verde y sostenible del apartado 6 de esta Estrategia.
— Un mínimo del 7,5 por 100 del presupuesto global del PSTD, para las actuaciones identificadas con etiqueta climática 40 por 100 por la Comisión
Europea recogidas en el Eje de transición verde y sostenible del apartado 6 de
esta Estrategia.
— Un mínimo del 20 por 100 del presupuesto global del PSTD, a las actuaciones
identificadas con etiqueta climática 100 por 100 por la Comisión Europea en
el ámbito de la eficiencia energética, establecidas en el Eje 2 del apartado 6
de esta Estrategia.
o) Devolver a la Comunidad de Madrid las cantidades anticipadas, que no se hubieran utilizado en la ejecución de la actuación o actuaciones, en los plazos y condiciones previstos en la presente Orden, de acuerdo al procedimiento establecido en
el dispongo undécimo
p) En caso de que alguno de los beneficiarios finales receptores de estos fondos, realizaran actividad económica constitutiva de estar sometida a la regla de “minimis”, se
aplicaría lo establecido en el Reglamento (UE) 1407/2013, de la Comisión, de 18 de
diciembre relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la UE a las ayudas de minimis que ha sido prorrogado por la Comisión
hasta el 31 de diciembre de 2023 a través del Reglamento (UE) 2020/972, de la
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