C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230927-21)
Concesión subvenciones – Orden 1485/2023, de 11 de septiembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, para la concesión de una subvención directa al Ayuntamiento de Cenicientos para la ejecución de su “Plan de sostenibilidad turística en destino” que forma parte del correspondiente Plan Territorial de la Comunidad de Madrid 2022, a cargo del mecanismo de recuperación, transformación y resiliencia (Fondos de la Unión Europea-Next Generation EU)
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
B.O.C.M. Núm. 230
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2023
h) Se requerirá la declaración de no estar incurso en las causas de prohibición establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (relativo a los requisitos para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora).
i) Deberá cumplir con las obligaciones reflejadas en el artículo 14 de la Ley38/2003,
de 17 de noviembre, así como lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8
de marzo, sobre las obligaciones de los beneficiarios. En este sentido, la acreditación de hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales y frente a la Seguridad
Social se hará mediante certificado emitido por cada una de las entidades correspondientes o bien mediante autorización expresa a la Comunidad de Madrid para
realizar la consulta de dichos datos. Igualmente deberá incluir una declaración responsable respecto a la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actuaciones subvencionadas.
5. Asimismo, se compromete a:
a) Contribuir al cumplimiento de los Hitos y Objetivos (en adelante HyO) descritos
en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación
del Plan de Recuperación y Resiliencia de España 2021/0156 (en adelante, HyO
CID); así como a los HyO descritos en la Decisión de la Comisión en la que se
aprueban los Operational Arrangements entre la Comisión y España, en concordancia con la Regulación (EU) 2021/241 (en adelante, HyO OA) 1, y los HyO de
gestión (críticos y no críticos) definidos en la Orden 1030/2021, de 29 de septiembre.
En concreto, deberá atenderse al cumplimiento de:
— Hito CID 220, relativo a la finalización de los Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos. Las Comisiones de Seguimiento se asegurarán de que todos
los destinos beneficiarios logren como mínimo los siguientes porcentajes de
ejecución de cada Plan de Sostenibilidad Turística. Ejecución del 50 por 100
en el cuarto trimestre del año 2024.
— Hito CID 221, relativo a la finalización de los proyectos incluidos en los Planes Territoriales de Sostenibilidad Turística en Destinos. El 35 por 100 de dichos fondos se destinarán a financiar medidas que aborden la transición verde, la sostenibilidad y la eficiencia energética/electromovilidad en los
destinos, de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación de principio
de DNSH, mediante el uso de una lista de exclusiones y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional, así
como según el reparto estipulado en las bases de la convocatoria (Estrategia
de Sostenibilidad Turística en Destino).
b) Para el cumplimiento de estos Hitos y Objetivos, el PSTD de la entidad beneficiaria contará con una concreción detallada de Hitos y Objetivos de gestión (críticos
y no críticos), en la manera y con los procedimientos previstos en la Orden
1030/2021, de 29 de septiembre.
Así en lo referente a los establecidos por la Comunidad de Madrid, deberá cumplir
los siguientes:
HyO Críticos:
— Ejecución del 50 por 100 en el segundo semestre del año 2024 y presentación
de certificado de cumplimiento emitido por Entidad Gestora del PSTD de referencia.
HyO no Críticos:
— Celebración de una reunión de seguimiento en el año 2023 y remisión de la
correspondiente acta.
— Celebración de dos reuniones de seguimiento en el año 2024 y remisión de las
correspondientes actas.
— Celebración de dos reuniones de seguimiento en el año 2025 y remisión de las
correspondientes actas.
1 https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/hacienda/Documents/2021/101121CountersignedESFirstCopy.pdf
Pág. 209
BOCM-20230927-21
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2023
h) Se requerirá la declaración de no estar incurso en las causas de prohibición establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (relativo a los requisitos para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora).
i) Deberá cumplir con las obligaciones reflejadas en el artículo 14 de la Ley38/2003,
de 17 de noviembre, así como lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8
de marzo, sobre las obligaciones de los beneficiarios. En este sentido, la acreditación de hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales y frente a la Seguridad
Social se hará mediante certificado emitido por cada una de las entidades correspondientes o bien mediante autorización expresa a la Comunidad de Madrid para
realizar la consulta de dichos datos. Igualmente deberá incluir una declaración responsable respecto a la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actuaciones subvencionadas.
5. Asimismo, se compromete a:
a) Contribuir al cumplimiento de los Hitos y Objetivos (en adelante HyO) descritos
en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación
del Plan de Recuperación y Resiliencia de España 2021/0156 (en adelante, HyO
CID); así como a los HyO descritos en la Decisión de la Comisión en la que se
aprueban los Operational Arrangements entre la Comisión y España, en concordancia con la Regulación (EU) 2021/241 (en adelante, HyO OA) 1, y los HyO de
gestión (críticos y no críticos) definidos en la Orden 1030/2021, de 29 de septiembre.
En concreto, deberá atenderse al cumplimiento de:
— Hito CID 220, relativo a la finalización de los Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos. Las Comisiones de Seguimiento se asegurarán de que todos
los destinos beneficiarios logren como mínimo los siguientes porcentajes de
ejecución de cada Plan de Sostenibilidad Turística. Ejecución del 50 por 100
en el cuarto trimestre del año 2024.
— Hito CID 221, relativo a la finalización de los proyectos incluidos en los Planes Territoriales de Sostenibilidad Turística en Destinos. El 35 por 100 de dichos fondos se destinarán a financiar medidas que aborden la transición verde, la sostenibilidad y la eficiencia energética/electromovilidad en los
destinos, de conformidad con la Guía técnica sobre la aplicación de principio
de DNSH, mediante el uso de una lista de exclusiones y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional, así
como según el reparto estipulado en las bases de la convocatoria (Estrategia
de Sostenibilidad Turística en Destino).
b) Para el cumplimiento de estos Hitos y Objetivos, el PSTD de la entidad beneficiaria contará con una concreción detallada de Hitos y Objetivos de gestión (críticos
y no críticos), en la manera y con los procedimientos previstos en la Orden
1030/2021, de 29 de septiembre.
Así en lo referente a los establecidos por la Comunidad de Madrid, deberá cumplir
los siguientes:
HyO Críticos:
— Ejecución del 50 por 100 en el segundo semestre del año 2024 y presentación
de certificado de cumplimiento emitido por Entidad Gestora del PSTD de referencia.
HyO no Críticos:
— Celebración de una reunión de seguimiento en el año 2023 y remisión de la
correspondiente acta.
— Celebración de dos reuniones de seguimiento en el año 2024 y remisión de las
correspondientes actas.
— Celebración de dos reuniones de seguimiento en el año 2025 y remisión de las
correspondientes actas.
1 https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/hacienda/Documents/2021/101121CountersignedESFirstCopy.pdf
Pág. 209
BOCM-20230927-21
BOCM