C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230927-15)
Autorización implantación enseñanzas – Orden 3503/2023, de 14 de septiembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se autoriza la implantación de Planes de Estudios de Enseñanzas Universitarias Oficiales de Grado y Master en las Universidades y Centros de la Comunidad de Madrid, así como el cambio de denominación del Máster Universitario en Fisioterapia Oncológica de la Universidad Europea de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 230
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2023
Pág. 65
Segundo
A efectos de su correspondiente anotación en el Registro de Universidades, Centros y
Títulos (RUCT), se incluyen en el Anexo II la relación de las enseñanzas a extinguir por las
universidades de la Comunidad de Madrid, garantizándose, en todo caso, el adecuado desarrollo efectivo de las enseñanzas que se extinguen, de tal forma que los estudiantes que
las hubieran iniciado con un aprovechamiento académico normal, puedan finalizarlas.
Tercero
Autorizar el cambio de denominación del Máster Universitario en Fisioterapia Oncológica de la Universidad Europea de Madrid, autorizado mediante la Orden 1950/2023, de 1
de junio, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por el de Máster
Universitario en Fisioterapia en Pacientes Oncológicos, cuya modificación del plan de estudios conducente al título universitario oficial, ha sido aprobada por la Comisión de Verificación y Acreditación de Planes de Estudios del Consejo de Universidades, en su sesión
del día 18 de julio de 2023.
Cuarto
1. Las universidades de la Comunidad de Madrid implantarán las titulaciones con los
recursos humanos y materiales adecuados a su impartición de conformidad con las memorias presentadas. Las universidades públicas contarán para ello con los recursos procedentes de los precios públicos establecidos para las enseñanzas universitarias oficiales, los ingresos procedentes del sistema de financiación de las universidades de la Comunidad de
Madrid y el resto de los recursos con que cuente la universidad.
2. Con independencia del contenido de las memorias correspondientes a los planes
de estudios que cuentan con la resolución favorable del Consejo de Universidades, las actividades docentes de las enseñanzas cuya implantación se autoriza solo podrán ser impartidas en las instalaciones que hayan sido autorizadas por la Comunidad de Madrid.
Quinto
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los
interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Ciencia y
Universidades en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo
de dos meses, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen
pertinente.
En Madrid, a 14 de septiembre de 2023.
BOCM-20230927-15
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
B.O.C.M. Núm. 230
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2023
Pág. 65
Segundo
A efectos de su correspondiente anotación en el Registro de Universidades, Centros y
Títulos (RUCT), se incluyen en el Anexo II la relación de las enseñanzas a extinguir por las
universidades de la Comunidad de Madrid, garantizándose, en todo caso, el adecuado desarrollo efectivo de las enseñanzas que se extinguen, de tal forma que los estudiantes que
las hubieran iniciado con un aprovechamiento académico normal, puedan finalizarlas.
Tercero
Autorizar el cambio de denominación del Máster Universitario en Fisioterapia Oncológica de la Universidad Europea de Madrid, autorizado mediante la Orden 1950/2023, de 1
de junio, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por el de Máster
Universitario en Fisioterapia en Pacientes Oncológicos, cuya modificación del plan de estudios conducente al título universitario oficial, ha sido aprobada por la Comisión de Verificación y Acreditación de Planes de Estudios del Consejo de Universidades, en su sesión
del día 18 de julio de 2023.
Cuarto
1. Las universidades de la Comunidad de Madrid implantarán las titulaciones con los
recursos humanos y materiales adecuados a su impartición de conformidad con las memorias presentadas. Las universidades públicas contarán para ello con los recursos procedentes de los precios públicos establecidos para las enseñanzas universitarias oficiales, los ingresos procedentes del sistema de financiación de las universidades de la Comunidad de
Madrid y el resto de los recursos con que cuente la universidad.
2. Con independencia del contenido de las memorias correspondientes a los planes
de estudios que cuentan con la resolución favorable del Consejo de Universidades, las actividades docentes de las enseñanzas cuya implantación se autoriza solo podrán ser impartidas en las instalaciones que hayan sido autorizadas por la Comunidad de Madrid.
Quinto
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los
interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Ciencia y
Universidades en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo
de dos meses, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen
pertinente.
En Madrid, a 14 de septiembre de 2023.
BOCM-20230927-15
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO