D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230922-10)
Convenio – Convenio interadministrativo de 7 de septiembre de 2023, por el que se establece la colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y el Ayuntamiento de Parla, para el funcionamiento del Centro de Educación de Personas Adultas “Ramón y Cajal”
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BOCM
Pág. 26
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 22 DE SEPTIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 226
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
10
CONVENIO interadministrativo de 7 de septiembre de 2023, por el que se establece la colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación,
Ciencia y Universidades) y el Ayuntamiento de Parla, para el funcionamiento del
Centro de Educación de Personas Adultas “Ramón y Cajal”.
REUNIDOS
De una parte, doña María Luz Rodríguez de Llera Tejeda, Directora General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid en virtud del Decreto 108/2023,
de 5 de julio, del Consejo de Gobierno.
De otra, don Ramón Jurado Rodríguez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Parla, en virtud de su proclamación en la sesión constitutiva de dicho ayuntamiento celebrada
con fecha 17 de junio de 2023.
INTERVIENEN
La primera, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, actuando por delegación del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades en virtud de la Orden 11634/2012, de 27 de noviembre, por la que se desconcentran y delegan determinadas
competencias en los titulares de diferentes Centros Directivos de la citada Consejería y de
conformidad con lo previsto por el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de
Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y en el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
El segundo, en nombre y representación del Ayuntamiento de Parla, en virtud de lo
previsto en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, en uso de las atribuciones que le otorga el artículo 30.1.a) de la Ley 2/2003,
de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid en orden a la formalización de convenios y contratos en que sea parte el Ayuntamiento.
Con la finalidad de suscribir el presente convenio de colaboración entre la Comunidad
de Madrid y el Ayuntamiento de Parla,
1. La Comunidad de Madrid, en virtud del artículo 29 de su Estatuto de Autonomía,
tiene atribuida la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda
su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 27 de la Constitución Española y Leyes Orgánicas educativas.
2. El Excelentísimo Ayuntamiento de Parla es competente para la firma del presente convenio según se contempla en el punto 1 de la Disposición Adicional Segunda de la
Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (redactado por
la Ley Orgánica 10/1999, 21 abril) y que es de aplicación según indica el artículo 3.2 de la
Ley 1/2014, de 25 de julio, de Adaptación del Régimen Local de la Comunidad de Madrid
a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
3. El artículo 5 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación, está dedicado al aprendizaje a lo largo de la vida. En este sentido encomienda a las Administraciones públicas que
faciliten la formación requerida para la adquisición de competencias, que promuevan ofertas de aprendizaje flexibles que permitan alcanzar las titulaciones correspondientes a aquellas personas que abandonaron prematuramente el sistema educativo sin ninguna titulación,
así como que toda la población llegue a alcanzar una formación de educación secundaria
postobligatoria o equivalente.
BOCM-20230922-10
EXPONEN
Pág. 26
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VIERNES 22 DE SEPTIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 226
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
10
CONVENIO interadministrativo de 7 de septiembre de 2023, por el que se establece la colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación,
Ciencia y Universidades) y el Ayuntamiento de Parla, para el funcionamiento del
Centro de Educación de Personas Adultas “Ramón y Cajal”.
REUNIDOS
De una parte, doña María Luz Rodríguez de Llera Tejeda, Directora General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid en virtud del Decreto 108/2023,
de 5 de julio, del Consejo de Gobierno.
De otra, don Ramón Jurado Rodríguez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Parla, en virtud de su proclamación en la sesión constitutiva de dicho ayuntamiento celebrada
con fecha 17 de junio de 2023.
INTERVIENEN
La primera, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, actuando por delegación del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades en virtud de la Orden 11634/2012, de 27 de noviembre, por la que se desconcentran y delegan determinadas
competencias en los titulares de diferentes Centros Directivos de la citada Consejería y de
conformidad con lo previsto por el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de
Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y en el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
El segundo, en nombre y representación del Ayuntamiento de Parla, en virtud de lo
previsto en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, en uso de las atribuciones que le otorga el artículo 30.1.a) de la Ley 2/2003,
de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid en orden a la formalización de convenios y contratos en que sea parte el Ayuntamiento.
Con la finalidad de suscribir el presente convenio de colaboración entre la Comunidad
de Madrid y el Ayuntamiento de Parla,
1. La Comunidad de Madrid, en virtud del artículo 29 de su Estatuto de Autonomía,
tiene atribuida la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda
su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 27 de la Constitución Española y Leyes Orgánicas educativas.
2. El Excelentísimo Ayuntamiento de Parla es competente para la firma del presente convenio según se contempla en el punto 1 de la Disposición Adicional Segunda de la
Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (redactado por
la Ley Orgánica 10/1999, 21 abril) y que es de aplicación según indica el artículo 3.2 de la
Ley 1/2014, de 25 de julio, de Adaptación del Régimen Local de la Comunidad de Madrid
a la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
3. El artículo 5 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación, está dedicado al aprendizaje a lo largo de la vida. En este sentido encomienda a las Administraciones públicas que
faciliten la formación requerida para la adquisición de competencias, que promuevan ofertas de aprendizaje flexibles que permitan alcanzar las titulaciones correspondientes a aquellas personas que abandonaron prematuramente el sistema educativo sin ninguna titulación,
así como que toda la población llegue a alcanzar una formación de educación secundaria
postobligatoria o equivalente.
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