D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20230922-14)
Convenio –  Convenio de 7 de septiembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la asociación El Circo de Piruleto, para la implantación del programa “La Risa Ayuda a Curar” mediante el acompañamiento de los pacientes en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 42

VIERNES 22 DE SEPTIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 226

podrán acordar la continuación y finalización de las que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de estas. El acuerdo sobre la continuidad de actividades deberá respetar la legislación vigente y, en su caso, la resolución judicial recaída.
Undécima
Régimen jurídico
Este convenio tiene naturaleza administrativa y la regulación aplicable está establecida en el capítulo sexto del título preliminar, artículos 47 a 53, de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las
Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, el convenio queda excluido de la aplicación de dicha ley, si bien se somete
a sus principios para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, según establece el artículo 4, así como a las normas generales de derecho administrativo, a los principios
de buena administración y al ordenamiento jurídico en general.
Duodécima
Solución de controversias
Las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse sobre la interpretación y aplicación
del presente convenio se resolverán, en primer término, por las partes de común acuerdo,
en el seno de la comisión mixta contemplada en la cláusula séptima de este convenio, en
todo caso de conformidad con la legalidad vigente, en especial conforme a la regulación sobre convenios contenida en el capítulo VI del título preliminar de la citada Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y, en defecto de acuerdo entre las
partes, por los Juzgados y Tribunales del Orden Contencioso-Administrativo.
En prueba de conformidad, se firma el presente convenio.
Madrid, a 7 de septiembre de 2023.—Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de
Sanidad, Fátima Matute Teresa.—Por el Servicio Madrileño de Salud, el Viceconsejero
de Sanidad y Director General del Servicio Madrileño de Salud, Juan José Fernández
Ramos.—Por la asociación El Circo de Piruleto, el Presidente, Fernando Martínez Albite.
ANEXO I
RELACIÓN DE CENTROS DEL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
INCLUIDOS EN EL ÁMBITO DEL CONVENIO
— Hospital Universitario Infantil “Niño Jesús”.
— Hospital Universitario “Infanta Sofía”.
— Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”.
ANEXO II

En el presente acuerdo las partes fijan formalmente y por escrito los términos y condiciones para regular el tratamiento de datos de carácter personal y la confidencialidad de la
información suministrada y creada entre ellas.
Tendrá la consideración de información confidencial toda la información susceptible
de ser revelada por escrito, de palabra o por cualquier otro medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que posibilite el estado de la técnica en el futuro, intercambiada como consecuencia de este convenio.
Las partes se comprometen a mantener el compromiso de confidencialidad respecto a
la información y material facilitado y recibido en virtud del presente convenio de forma indefinida tras su finalización.

BOCM-20230922-14

ACUERDO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO