C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20230921-15)
Centralización compras – Orden 1346/2023, de 12 de septiembre, de la Consejera de Sanidad, por la que se declara de compra centralizada el “Acuerdo marco para el suministro de 87 lotes de equipos de infusión parenteral y accesorios para administración de fluidos y medicamentos, jeringas y agujas para todos los centros dependientes del Servicio Madrileño de Salud”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 225
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 21 DE SEPTIEMBRE DE 2023
Pág. 65
Segundo
Designar como órgano de contratación al Viceconsejero de Sanidad y Director General del Servicio Madrileño de Salud, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2.f) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud, y el Decreto 76/2023, de 5 de
julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las
Consejerías de la Comunidad de Madrid.
Tercero
La contratación del suministro objeto de gestión centralizada se llevará a cabo mediante un acuerdo marco de conformidad con los artículos 218 y siguientes de la Ley 9/2017,
de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/2023/UE
y 2014/2024/UE, de 26 de febrero de 2014.
Cuarto
Lo dispuesto en esta Orden será de aplicación a todos los centros sanitarios, adscritos
al Servicio Madrileño de Salud, según la disposición adicional tercera del Decreto 2/2022,
de 26 de enero, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud.
Madrid, a 12 de septiembre de 2023.
La Consejera de Sanidad,
FÁTIMA MATUTE TERESA
BOCM-20230921-15
(03/15.535/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 225
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JUEVES 21 DE SEPTIEMBRE DE 2023
Pág. 65
Segundo
Designar como órgano de contratación al Viceconsejero de Sanidad y Director General del Servicio Madrileño de Salud, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2.f) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud, y el Decreto 76/2023, de 5 de
julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las
Consejerías de la Comunidad de Madrid.
Tercero
La contratación del suministro objeto de gestión centralizada se llevará a cabo mediante un acuerdo marco de conformidad con los artículos 218 y siguientes de la Ley 9/2017,
de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/2023/UE
y 2014/2024/UE, de 26 de febrero de 2014.
Cuarto
Lo dispuesto en esta Orden será de aplicación a todos los centros sanitarios, adscritos
al Servicio Madrileño de Salud, según la disposición adicional tercera del Decreto 2/2022,
de 26 de enero, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud.
Madrid, a 12 de septiembre de 2023.
La Consejera de Sanidad,
FÁTIMA MATUTE TERESA
BOCM-20230921-15
(03/15.535/23)
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ISSN 1989-4791