Tres Cantos (BOCM-20230920-56)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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B.O.C.M. Núm. 224

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 20 DE SEPTIEMBRE DE 2023

4.2. Concurso de méritos:
En el concurso solo podrán ser valorados los méritos de los aspirantes que hayan superado las pruebas de oposición, sólo podrán valorarse los méritos que las personas aspirantes posean antes de la finalización del plazo de admisión de solicitudes y que se acrediten documentalmente.
Asimismo, se adjuntará currículo profesional con constancia de los méritos alegados
y ordenados según el baremo que figura en las presentes Bases, acompañado de las correspondientes fotocopias ordenadas y numeradas de diplomas o certificados expedidos por el
organismo o entidad organizadora, en los que deben constar la fecha de realización y el número de horas de formación.
No serán tenidos en cuenta los méritos que no sean alegados y justificados en la fase
de presentación de solicitudes, así como aquellos que sean alegados en el currículo y no estén debidamente justificados del modo indicado anteriormente. No será precisa la compulsa de los documentos, siendo responsable la persona solicitante del deber de presentar los
originales correspondientes en cualquier momento que le fuese solicitado.
La calificación del concurso de méritos vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los siguientes méritos:
— Carrera profesional, con una puntuación máxima de 5 puntos:
1. Servicios prestados, con una puntuación máxima de 4 puntos:
• En la categoría inmediata inferior a la que se promocione: 0,20 puntos por
año o fracción superior a 6 meses.
• En las demás categorías inferiores, de manera gradual, en cada una de ellas,
con una puntuación decreciente en 0,05 puntos respecto a la prevista en el
párrafo anterior.
2. Reconocimientos y condecoraciones policiales, con una puntuación máxima
de 1 punto:
• Medalla al Mérito de la Policía Local otorgada por la Comunidad de
Madrid: 0,30 puntos.
• Condecoración otorgada por cualquier otra administración, organismo o
institución de carácter público: 0,25 puntos.
• Felicitación individualizada del Pleno del Ayuntamiento: 0,20 puntos.
• Felicitación individualizada del alcalde, concejal de seguridad o de la Junta
de Gobierno Local: 0,10 puntos.
• Felicitación individualizada de otras administraciones, organismos o instituciones de carácter público: 0,10 puntos.
— Formación y perfeccionamiento de interés policial, con una puntuación máxima
de 2,80 puntos:
1. Cursos impartidos por universidades u otros centros oficiales reconocidos por
el ministerio competente en materia de Educación, por administraciones públicas u organizaciones sindicales acogidas a los diferentes planes de formación continua de las administraciones públicas, por entidades públicas o privadas en colaboración con las entidades locales, así como los homologados
por el Consejo Académico del Centro de Formación Integral de Seguridad de
la Comunidad de Madrid:
• Cursos en los que no conste el número de horas lectivas: 0,006 puntos.
• Cursos en los que conste el número de horas lectivas: 0,006 puntos por el
número de horas lectivas realizadas.
• Los cursos realizados en centros oficiales de formación policial de la Comunidad
de Madrid serán valorados con una calificación superior en un 20 por 100 respecto a las puntuaciones obtenidas en cada uno de ellos.
• Los cursos realizados en calidad de docente serán valorados con una calificación superior en un 50 por 100 respecto a las puntuaciones obtenidas en
cada uno de ellos.
2. Jornadas, seminarios, debates o conferencias: 0,006 puntos por cada actividad
realizada. Cuando se realicen en calidad de ponente, se valorarán con una calificación superior en un 50 por 100 respecto a las puntuaciones obtenidas en
cada una de ellas.
3. Publicaciones de interés policial: hasta 0,30 puntos.

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