C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230920-22)
Concesión premios –  Orden 3352/2023, de 11 de septiembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se conceden los premios correspondientes al VIII Concurso de Oratoria en Primaria de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 98

MIÉRCOLES 20 DE SEPTIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 224

2) RELACIÓN DE PROFESORES PREPARADORES
DE LOS CENTROS / EQUIPOS QUE RECIBEN PREMIO
CENTRO

EQUIPO

PROFESOR DEL EQUIPO

IMPORTE

Alameda de Osuna

1

Pedro García-Abadillo Gil

1 000 €

Los Olmos

2

Antonio Gervás de la Pisa

1 000 €

Retamar

1

Eduardo Abascal Martínez

1 000 €

Sagrado Corazón de Jesús

1

Marina Lucas Gordillo

1 000 €

3) RELACIÓN DE CENTROS / EQUIPOS QUE RECIBEN MENCIÓN
PUESTO

CENTRO

EQUIPO

LOCALIDAD

IMPORTE

5

Los Olmos

1

Madrid

200 €

6

Retamar

2

Pozuelo de Alarcón

200 €

7

Montealto

1

Madrid

200 €

8

Senara

2

Madrid

200 €

9

Ábaco

2

Madrid

200 €

4) RELACIÓN DE PROFESORES PREPARADORES
DE LOS CENTROS / EQUIPOS QUE RECIBEN MENCIÓN
PUESTO

CENTRO
Los Olmos

EQUIPO

PROFESOR DEL EQUIPO

IMPORTE

1

José Francisco Fernández
Millán

6

Retamar

2

Eduardo Abascal Martínez

200 €

7

Montealto

1

Flora Idiarte-Ramos López

200 €

8

Senara

2

Ana Pestano Matías

200 €

9

Ábaco

2

Fernando Sánchez-Infantes
Terrazas

200 €

5

200 €

Tercero
Exclusión por renuncia voluntaria
Excluir, por renuncia voluntaria, a su participación en el concurso, a los centros y equipos que se relacionan a continuación.
CENTRO

EQUIPO

LOCALIDAD

Príncipes de Asturias

1

Pozuelo de Alarcón

Tierno Galván

1

Tres Cantos

El Prado

1

Madrid

Estados de América-Huarte de San Juan

0

Madrid

Cuarto
Pago de las cuantías

Quinto
Obligaciones de los beneficiarios
Las obligaciones de los beneficiarios y el régimen de control son los establecidos en
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en la Ley 2/1995, de 8 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; en el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, de aprobación del Reglamento del Procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas, en todo lo que no se opongan a la primera, y en el Real Decreto 887/2006,

BOCM-20230920-22

Los premios concedidos se harán efectivos en un único pago. En el caso de los centros
de titularidad pública, el pago se realizará a través de las direcciones de área territorial. En
el caso de centros privados y concertados, los libramientos se remitirán a nombre de los
centros que hayan sido premiados.
La cuantía de los premios correspondientes a los profesores preparadores se librará a
favor de los centros que, a su vez, quedan obligados a transferir dicha cuantía a los mencionados profesores. Todo ello de conformidad con la citada Orden 447/2016, de 22 de febrero, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte.