Valverde de Alcalá (BOCM-20230914-57)
Ofertas de empleo. Oferta empleo público
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BOCM
Pág. 146
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE SEPTIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 219
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
57
VALVERDE DE ALCALÁ
OFERTAS DE EMPLEO
BOCM-20230914-57
Por resolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Valverde de Alcalá, de fecha 13 de
septiembre de 2023, se aprobó la Oferta de Empleo Público para el acceso a la función pública como funcionarios de personal laboral (disposición transitoria segunda del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre) correspondiente a la plaza que a continuación se reseña:
— Grupo/subgrupo: A1.
— Escala: Administración.
— Subescala: Especial.
— Denominación: técnico de Administración General.
— Número de vacantes: 1.
— Funciones encomendadas: laborares de secretaria e interventor.
— Sistema de selección: concurso-oposición.
— Jornada: 100 por 100.
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de
las Bases de Régimen Local, y el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el alcalde, en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad
con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo,
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si este radica en Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el
día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara
por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer el interesado cualquier otro recurso
que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Valverde de Alcalá, a 13 de septiembre de 2023.—El alcalde-presidente, Gabino de Hago
García.
(03/15.559/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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OFERTAS DE EMPLEO
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Por resolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Valverde de Alcalá, de fecha 13 de
septiembre de 2023, se aprobó la Oferta de Empleo Público para el acceso a la función pública como funcionarios de personal laboral (disposición transitoria segunda del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre) correspondiente a la plaza que a continuación se reseña:
— Grupo/subgrupo: A1.
— Escala: Administración.
— Subescala: Especial.
— Denominación: técnico de Administración General.
— Número de vacantes: 1.
— Funciones encomendadas: laborares de secretaria e interventor.
— Sistema de selección: concurso-oposición.
— Jornada: 100 por 100.
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de
las Bases de Régimen Local, y el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el alcalde, en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad
con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo,
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si este radica en Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el
día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara
por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer el interesado cualquier otro recurso
que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Valverde de Alcalá, a 13 de septiembre de 2023.—El alcalde-presidente, Gabino de Hago
García.
(03/15.559/23)
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