D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20230914-28)
Convenio – Adenda de 31 de agosto de 2023, de modificación del convenio interadministrativo entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de San Fernando de Henares para la concesión de ayudas de emergencia a familias en situación de vulnerabilidad por el impacto del COVID 2022-2023, financiado al 100% en el marco de los recursos REACT-UE del programa operativo FSE de la Comunidad de Madrid 2014-2020
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BOCM
Pág. 94
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE SEPTIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 219
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
28
ADENDA de 31 de agosto de 2023, de modificación del convenio interadministrativo entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de San Fernando de Henares para la
concesión de ayudas de emergencia a familias en situación de vulnerabilidad por
el impacto del COVID 2022-2023, financiado al 100% en el marco de los recursos
REACT-UE del programa operativo FSE de la Comunidad de Madrid 2014-2020.
Madrid, a 31 de agosto de 2023.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales, de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante
Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en
virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, el Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Corpa Rubio, Alcalde del Ayuntamiento de
San Fernando de Henares, elegido por Acuerdo del Pleno de 17 de junio de 2023, en nombre y representación del citado Ayuntamiento, en virtud de su cargo y de las facultades que
le confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para el establecimiento de la presente
Adenda de modificación del convenio de colaboración vigente, y
Que con fecha 5 de abril de 2022, la entonces Consejería de Familia, Juventud y Política Social (ahora Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales), y el Ayuntamiento
de San Fernando de Henares suscribieron un convenio de colaboración con objeto de regular la colaboración para la concesión de Ayudas de Emergencia destinadas a dar cobertura
a las necesidades básicas de personas y familias vulnerables en la Comunidad de Madrid,
financiadas al 100% en el marco de los recursos REACT-UE del Programa Operativo FSE
de la Comunidad de Madrid 2014-2020, como parte de la respuesta de la Unión a la pandemia de COVID-19.
Que con fecha 20 de diciembre de 2022, la entonces Consejería de Familia, Juventud
y Política Social y el Ayuntamiento de San Fernando de Henares, suscribieron una adenda
al citado convenio de colaboración modificando el contenido de las cláusulas octava y novena referidas a la forma de pago y a la justificación de gastos respectivamente.
La cláusula decimoprimera del citado convenio, establece su duración, fijando su vigencia desde la fecha de su formalización hasta el 31 de diciembre de 2023.
Por su parte, la cláusula decimosegunda, recoge la posibilidad de modificación del convenio en aras a una mejor aplicación y desarrollo del mismo, mediante la suscripción de la correspondiente Adenda, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Ambas partes consideran necesario introducir modificaciones en el convenio, para dotar de un mayor alcance la financiación de las ayudas a lo largo del período de vigencia, así
como actualizar el procedimiento de justificación conforme a los criterios trasladados por
los órganos de control y verificación del Fondo Social Europeo.
BOCM-20230914-28
MANIFIESTAN
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE SEPTIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 219
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
28
ADENDA de 31 de agosto de 2023, de modificación del convenio interadministrativo entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de San Fernando de Henares para la
concesión de ayudas de emergencia a familias en situación de vulnerabilidad por
el impacto del COVID 2022-2023, financiado al 100% en el marco de los recursos
REACT-UE del programa operativo FSE de la Comunidad de Madrid 2014-2020.
Madrid, a 31 de agosto de 2023.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales, de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante
Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en
virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, el Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Corpa Rubio, Alcalde del Ayuntamiento de
San Fernando de Henares, elegido por Acuerdo del Pleno de 17 de junio de 2023, en nombre y representación del citado Ayuntamiento, en virtud de su cargo y de las facultades que
le confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para el establecimiento de la presente
Adenda de modificación del convenio de colaboración vigente, y
Que con fecha 5 de abril de 2022, la entonces Consejería de Familia, Juventud y Política Social (ahora Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales), y el Ayuntamiento
de San Fernando de Henares suscribieron un convenio de colaboración con objeto de regular la colaboración para la concesión de Ayudas de Emergencia destinadas a dar cobertura
a las necesidades básicas de personas y familias vulnerables en la Comunidad de Madrid,
financiadas al 100% en el marco de los recursos REACT-UE del Programa Operativo FSE
de la Comunidad de Madrid 2014-2020, como parte de la respuesta de la Unión a la pandemia de COVID-19.
Que con fecha 20 de diciembre de 2022, la entonces Consejería de Familia, Juventud
y Política Social y el Ayuntamiento de San Fernando de Henares, suscribieron una adenda
al citado convenio de colaboración modificando el contenido de las cláusulas octava y novena referidas a la forma de pago y a la justificación de gastos respectivamente.
La cláusula decimoprimera del citado convenio, establece su duración, fijando su vigencia desde la fecha de su formalización hasta el 31 de diciembre de 2023.
Por su parte, la cláusula decimosegunda, recoge la posibilidad de modificación del convenio en aras a una mejor aplicación y desarrollo del mismo, mediante la suscripción de la correspondiente Adenda, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Ambas partes consideran necesario introducir modificaciones en el convenio, para dotar de un mayor alcance la financiación de las ayudas a lo largo del período de vigencia, así
como actualizar el procedimiento de justificación conforme a los criterios trasladados por
los órganos de control y verificación del Fondo Social Europeo.
BOCM-20230914-28
MANIFIESTAN