Fuenlabrada (BOCM-20230901-43)
Régimen económico. Centro de Iniciativas para la Formación y el Empleo (CIFE). Extracto convocatoria subvenciones
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 208
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE SEPTIEMBRE DE 2023
Pág. 195
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
43
FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Centro de Iniciativas para la Formación y el Empleo (CIFE)
Extracto de la resolución número 250/2023, de la Vicepresidencia del Centro de Iniciativas para la Formación y Empleo (CIFE) de Fuenlabrada de fecha 22 de agosto de 2023,
por la que se prueba la convocatoria 2023 de premios para reconocer y apoyar el talento del
tejido empresarial de Fuenlabrada que cuente con potencial de crecimiento.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index)
Primero. Beneficiarios y requisitos.—Podrán participar personas físicas o jurídicas,
agrupaciones de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de
unidad económica o patrimonio separado, que hayan tenido la iniciativa para descubrir e identificar una oportunidad de negocio, capacidad para asumir riesgos y compromiso para obtener los recursos necesarios para su consolidación y que cumplan los siguientes requisitos:
— Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, sociedades civiles o cualquier
otro tipo de unidad económica de reciente creación, (constituidas a partir del 1 de
marzo de 2020).
— Personas físicas o pequeñas y medianas empresas cuyo volumen de negocio anual
no supere los 10 millones de euros y con una plantilla inferior a 50 trabajadores.
— Realizar actividad empresarial en el municipio de Fuenlabrada y/o tener su domicilio fiscal y social en el municipio.
Quedan excluidos:
— Entidades ganadoras de convocatorias de premios anteriores realizadas por el
CIFE, incluyendo a las entidades beneficiarias que hayan sufrido transformaciones de forma jurídica y/o cambio de denominación social.
— Administraciones públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y
otros entes públicos; así, como asociaciones, fundaciones y, en general, entidades
sin ánimo de lucro; el personal autónomo colaborador y las actividades de juego
de azar y apuestas.
— Las empresas o entidades solicitantes que incurran en algunas de las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones.
Segundo. Objeto
— Promover el desarrollo de iniciativas innovadoras que favorezcan el crecimiento
económico del municipio y estimulen la inserción laboral.
— Acompañar y potenciar el talento del municipio facilitando herramientas para su
consolidación empresarial.
Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.
Cuarto. Proyectos.—No se podrá presentar más de un proyecto por persona o grupo
de personas. La extensión máxima será de 20 páginas en tamaño A4. El proyecto o memoria deberá contener la información que contiene el modelo de memoria o plan de empresa incluyendo información económica. El modelo de memoria o plan de empresa estará disponible en la página web del CIFE (https://cife-fuenlabrada.es/).
BOCM-20230901-43
BDNS: 713674
B.O.C.M. Núm. 208
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VIERNES 1 DE SEPTIEMBRE DE 2023
Pág. 195
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
43
FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Centro de Iniciativas para la Formación y el Empleo (CIFE)
Extracto de la resolución número 250/2023, de la Vicepresidencia del Centro de Iniciativas para la Formación y Empleo (CIFE) de Fuenlabrada de fecha 22 de agosto de 2023,
por la que se prueba la convocatoria 2023 de premios para reconocer y apoyar el talento del
tejido empresarial de Fuenlabrada que cuente con potencial de crecimiento.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index)
Primero. Beneficiarios y requisitos.—Podrán participar personas físicas o jurídicas,
agrupaciones de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de
unidad económica o patrimonio separado, que hayan tenido la iniciativa para descubrir e identificar una oportunidad de negocio, capacidad para asumir riesgos y compromiso para obtener los recursos necesarios para su consolidación y que cumplan los siguientes requisitos:
— Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, sociedades civiles o cualquier
otro tipo de unidad económica de reciente creación, (constituidas a partir del 1 de
marzo de 2020).
— Personas físicas o pequeñas y medianas empresas cuyo volumen de negocio anual
no supere los 10 millones de euros y con una plantilla inferior a 50 trabajadores.
— Realizar actividad empresarial en el municipio de Fuenlabrada y/o tener su domicilio fiscal y social en el municipio.
Quedan excluidos:
— Entidades ganadoras de convocatorias de premios anteriores realizadas por el
CIFE, incluyendo a las entidades beneficiarias que hayan sufrido transformaciones de forma jurídica y/o cambio de denominación social.
— Administraciones públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y
otros entes públicos; así, como asociaciones, fundaciones y, en general, entidades
sin ánimo de lucro; el personal autónomo colaborador y las actividades de juego
de azar y apuestas.
— Las empresas o entidades solicitantes que incurran en algunas de las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones.
Segundo. Objeto
— Promover el desarrollo de iniciativas innovadoras que favorezcan el crecimiento
económico del municipio y estimulen la inserción laboral.
— Acompañar y potenciar el talento del municipio facilitando herramientas para su
consolidación empresarial.
Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.
Cuarto. Proyectos.—No se podrá presentar más de un proyecto por persona o grupo
de personas. La extensión máxima será de 20 páginas en tamaño A4. El proyecto o memoria deberá contener la información que contiene el modelo de memoria o plan de empresa incluyendo información económica. El modelo de memoria o plan de empresa estará disponible en la página web del CIFE (https://cife-fuenlabrada.es/).
BOCM-20230901-43
BDNS: 713674