Valdemoro (BOCM-20230901-52)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE SEPTIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 208
4.4. Documentos a adjuntar: Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, las solicitudes de participación deberán ir acompañadas en
su presentación por los siguientes documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor.
b) Recibo de haber abonado los derechos de examen: Deberá acreditarse el abono de la
tasa correspondiente para poder participar en el proceso selectivo, conforme a la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa de Derechos de Examen del Ayuntamiento de Valdemoro. La autoliquidación de la tasa correspondiente a los derechos de examen que se
determinan en estas bases se obtendrá telemáticamente en la Sede Electrónica municipal del Ayuntamiento de Valdemoro ( https://sede.valdemoro.es/autoliquidación ).
El ingreso de dicha autoliquidación se realizará mediante pago en las entidades
bancarias señaladas la carta de pago generada en el proceso indicado en el párrafo anterior, o bien a través de la pasarela de pago “on-line” del Ayuntamiento de
Valdemoro ( https://sede.valdemoro.es/pasarela-de-pago ).
La falta de justificación del pago íntegro de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión definitiva del/la aspirante del proceso selectivo. En ningún
caso el pago en la entidad bancaria correspondiente supondrá la sustitución del
trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud de participación en estas pruebas. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de la convocatoria por causa imputable al interesado, ni tampoco
por la no presentación del interesado a las pruebas selectivas.
c) Autorización, debidamente firmada, según el anexo V, de sometimiento a las
pruebas médicas.
d) Acreditación documental de los méritos objeto de valoración en la fase de concurso, de conformidad con lo previsto en la base 9.1.
4.5. Falta de presentación de documentos: conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 del
RGI, quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación, o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no
podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
Quinta. Admisión de los aspirantes.—5.1. Relación provisional de admitidos y excluidos: Expirado el plazo de presentación de solicitudes de participación, el órgano competente dictará resolución declarando aprobada la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos. Dicha resolución, que será publicada en la sede electrónica del
Ayuntamiento de Valdemoro, contendrá, la relación nominal de aspirantes excluidos provisionalmente con su correspondiente identificación, con indicación de las causas de exclusión. Asimismo, en la citada resolución se hará pública la designación de los miembros titulares y suplentes que componen el Tribunal Calificador.
5.2. Reclamaciones: los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación provisional de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo
único e improrrogable de diez días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de dicha resolución en la sede del Ayuntamiento, a fin de subsanar el defecto que
haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. Asimismo, aquellos aspirantes que
hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán manifestarlo en
el plazo señalado. Quienes dentro del plazo señalado no subsanasen los defectos justificando su derecho a ser admitidos, serán definitiva mente excluidos del proceso de selección.
En caso de no existir reclamación, se elevará la relación provisional de personas aspirantes
admitidas y excluidas automáticamente a definitiva. Los errores materiales en la consignación de los datos personales podrán rectificarse de oficio o a instancias del interesado en
cualquier momento del proceso selectivo.
5.3. Relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos: transcurrido el plazo de
subsanación, se dictará resolución declarando aprobada la relación definitiva de admitidos
y excluidos. Dicha resolución contendrá, la relación nominal de aspirantes excluidos definitivamente con su correspondiente identificación, con indicación de las causas de exclusión, y la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública mediante su exposición en el tablón de edictos y web del Ayuntamiento de Valdemoro.
Igualmente se indicará en la citada resolución, a propuesta del Tribunal Calificador previamente constituido, la fecha, lugar y hora de realización de la primera prueba que hubiera de
realizarse y, en su caso, el orden de actuación de los aspirantes.
El hecho de figurar en la relación de admitidos no prejuzga que se reconozca a las personas interesadas la posesión de los requisitos exigidos para participar en el proceso selectivo.
BOCM-20230901-52
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE SEPTIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 208
4.4. Documentos a adjuntar: Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, las solicitudes de participación deberán ir acompañadas en
su presentación por los siguientes documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor.
b) Recibo de haber abonado los derechos de examen: Deberá acreditarse el abono de la
tasa correspondiente para poder participar en el proceso selectivo, conforme a la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa de Derechos de Examen del Ayuntamiento de Valdemoro. La autoliquidación de la tasa correspondiente a los derechos de examen que se
determinan en estas bases se obtendrá telemáticamente en la Sede Electrónica municipal del Ayuntamiento de Valdemoro ( https://sede.valdemoro.es/autoliquidación ).
El ingreso de dicha autoliquidación se realizará mediante pago en las entidades
bancarias señaladas la carta de pago generada en el proceso indicado en el párrafo anterior, o bien a través de la pasarela de pago “on-line” del Ayuntamiento de
Valdemoro ( https://sede.valdemoro.es/pasarela-de-pago ).
La falta de justificación del pago íntegro de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión definitiva del/la aspirante del proceso selectivo. En ningún
caso el pago en la entidad bancaria correspondiente supondrá la sustitución del
trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud de participación en estas pruebas. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de la convocatoria por causa imputable al interesado, ni tampoco
por la no presentación del interesado a las pruebas selectivas.
c) Autorización, debidamente firmada, según el anexo V, de sometimiento a las
pruebas médicas.
d) Acreditación documental de los méritos objeto de valoración en la fase de concurso, de conformidad con lo previsto en la base 9.1.
4.5. Falta de presentación de documentos: conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 del
RGI, quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación, o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no
podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
Quinta. Admisión de los aspirantes.—5.1. Relación provisional de admitidos y excluidos: Expirado el plazo de presentación de solicitudes de participación, el órgano competente dictará resolución declarando aprobada la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos. Dicha resolución, que será publicada en la sede electrónica del
Ayuntamiento de Valdemoro, contendrá, la relación nominal de aspirantes excluidos provisionalmente con su correspondiente identificación, con indicación de las causas de exclusión. Asimismo, en la citada resolución se hará pública la designación de los miembros titulares y suplentes que componen el Tribunal Calificador.
5.2. Reclamaciones: los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación provisional de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo
único e improrrogable de diez días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de dicha resolución en la sede del Ayuntamiento, a fin de subsanar el defecto que
haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. Asimismo, aquellos aspirantes que
hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán manifestarlo en
el plazo señalado. Quienes dentro del plazo señalado no subsanasen los defectos justificando su derecho a ser admitidos, serán definitiva mente excluidos del proceso de selección.
En caso de no existir reclamación, se elevará la relación provisional de personas aspirantes
admitidas y excluidas automáticamente a definitiva. Los errores materiales en la consignación de los datos personales podrán rectificarse de oficio o a instancias del interesado en
cualquier momento del proceso selectivo.
5.3. Relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos: transcurrido el plazo de
subsanación, se dictará resolución declarando aprobada la relación definitiva de admitidos
y excluidos. Dicha resolución contendrá, la relación nominal de aspirantes excluidos definitivamente con su correspondiente identificación, con indicación de las causas de exclusión, y la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública mediante su exposición en el tablón de edictos y web del Ayuntamiento de Valdemoro.
Igualmente se indicará en la citada resolución, a propuesta del Tribunal Calificador previamente constituido, la fecha, lugar y hora de realización de la primera prueba que hubiera de
realizarse y, en su caso, el orden de actuación de los aspirantes.
El hecho de figurar en la relación de admitidos no prejuzga que se reconozca a las personas interesadas la posesión de los requisitos exigidos para participar en el proceso selectivo.
BOCM-20230901-52
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