Villaviciosa de Odón (BOCM-20230830-48)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 30 DE AGOSTO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 206
10. La facultad de solicitar la concesión de subvenciones referidas a materias incluidas dentro del área de gobierno, incluida la firma de los modelos de solicitud que se deben
presentar.
11. La delegación genérica no comprende la facultad de resolver recursos de reposición contra los actos dictados en ejercicio de la delegación conferida, salvo en aquellos casos en los que así se prevea expresamente.
Con carácter específico, se delega el ejercicio de las competencias de la Alcaldía en las
siguientes materias:
B. Actos administrativos en materia de obras.
Se delega la facultad de resolver mediante actos administrativos en las siguientes materias:
1. Los procedimientos derivados de solicitudes de otorgamiento de licencia para la
ejecución de calas y canalizaciones en terrenos de uso público, salvo que estén asociados
a la ejecución de obras sujetas a licencia, en cuyo caso se resolverán con el procedimiento principal.
2. Las facultades relativas al mantenimiento y conservación de redes de alcantarillado
y distribución de agua y el seguimiento de los contratos o convenios asociados a dichas redes.
3. Las facultades relativas a la conservación, reforma y renovación del servicio de
alumbrado público municipal y el control y supervisión del consumo eléctrico del alumbrado público, en coordinación y de manera complementaria a las facultades otorgadas a otras
áreas de gobierno sobre dicho servicio.
4. Las facultades relativas a la planificación de las actuaciones y ejecución de obras
de conservación, renovación y mejora de las vías públicas, y del mobiliario urbano, en coordinación y de manera complementaria a las facultades otorgadas a otras áreas de gobierno
sobre dichas infraestructuras y bienes.
5. La gestión de las relaciones con el Canal de Isabel II y Canal de Isabel II, S. A. en
relación con las redes de abastecimiento de agua y de alcantarillado, y la ejecución de los
convenios firmados con dichas entidades.
6. La planificación y gestión de los proyectos de obras municipales y de los servicios
generales del Ayuntamiento.
7. La gestión de las relaciones con las compañías de suministro de servicios al municipio como gas natural, electricidad, agua potable, telefonía y comunicaciones.
8. La planificación, gestión y desarrollo coordinado de los programas de inversión
supramunicipal.
C. Actos administrativos en materia de subvenciones.
Se delega la facultad de resolver mediante actos administrativos en las siguientes materias:
1. La presentación de solicitudes de concesión de subvenciones o ayudas a otras administraciones o entidades.
2. Los actos que proceda dictar en los procedimientos de otorgamiento de subvenciones que tramite el Ayuntamiento, no expresamente delegados en otros órganos de gobierno.
D. Actos administrativos en materia de entidades urbanísticas.
Se delega la facultad de resolver mediante actos administrativos en las siguientes
materias:
1. La representación del Ayuntamiento ante las entidades urbanísticas.
Segundo.—La delegación queda sujeta al siguiente régimen jurídico:
1. El ejercicio de las competencias por delegación deberá hacerse constar en las resoluciones que se dicten, de acuerdo con el artículo 9, Ley 40/2015, de 1 de octubre de régimen jurídico del sector público (LRJSP).
2. Según el artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, la Alcaldía conserva la facultad de recibir información detallada de la gestión de la competencia delegada y de los actos y disposiciones emanados en virtud de la delegación, y la de ser informada previamente a la adopción de decisiones de trascendencia.
3. La Alcaldía podrá revocar en cualquier momento las delegaciones efectuadas siguiendo las mismas formalidades aplicadas para otorgarlas.
4. La Alcaldía podrá avocar en cualquier momento el ejercicio de la competencia delegada para actos concretos, sin que ello implique la revocación de la delegación conferida, de acuerdo con el artículo 10 de la Ley 40/2015.
BOCM-20230830-48
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 30 DE AGOSTO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 206
10. La facultad de solicitar la concesión de subvenciones referidas a materias incluidas dentro del área de gobierno, incluida la firma de los modelos de solicitud que se deben
presentar.
11. La delegación genérica no comprende la facultad de resolver recursos de reposición contra los actos dictados en ejercicio de la delegación conferida, salvo en aquellos casos en los que así se prevea expresamente.
Con carácter específico, se delega el ejercicio de las competencias de la Alcaldía en las
siguientes materias:
B. Actos administrativos en materia de obras.
Se delega la facultad de resolver mediante actos administrativos en las siguientes materias:
1. Los procedimientos derivados de solicitudes de otorgamiento de licencia para la
ejecución de calas y canalizaciones en terrenos de uso público, salvo que estén asociados
a la ejecución de obras sujetas a licencia, en cuyo caso se resolverán con el procedimiento principal.
2. Las facultades relativas al mantenimiento y conservación de redes de alcantarillado
y distribución de agua y el seguimiento de los contratos o convenios asociados a dichas redes.
3. Las facultades relativas a la conservación, reforma y renovación del servicio de
alumbrado público municipal y el control y supervisión del consumo eléctrico del alumbrado público, en coordinación y de manera complementaria a las facultades otorgadas a otras
áreas de gobierno sobre dicho servicio.
4. Las facultades relativas a la planificación de las actuaciones y ejecución de obras
de conservación, renovación y mejora de las vías públicas, y del mobiliario urbano, en coordinación y de manera complementaria a las facultades otorgadas a otras áreas de gobierno
sobre dichas infraestructuras y bienes.
5. La gestión de las relaciones con el Canal de Isabel II y Canal de Isabel II, S. A. en
relación con las redes de abastecimiento de agua y de alcantarillado, y la ejecución de los
convenios firmados con dichas entidades.
6. La planificación y gestión de los proyectos de obras municipales y de los servicios
generales del Ayuntamiento.
7. La gestión de las relaciones con las compañías de suministro de servicios al municipio como gas natural, electricidad, agua potable, telefonía y comunicaciones.
8. La planificación, gestión y desarrollo coordinado de los programas de inversión
supramunicipal.
C. Actos administrativos en materia de subvenciones.
Se delega la facultad de resolver mediante actos administrativos en las siguientes materias:
1. La presentación de solicitudes de concesión de subvenciones o ayudas a otras administraciones o entidades.
2. Los actos que proceda dictar en los procedimientos de otorgamiento de subvenciones que tramite el Ayuntamiento, no expresamente delegados en otros órganos de gobierno.
D. Actos administrativos en materia de entidades urbanísticas.
Se delega la facultad de resolver mediante actos administrativos en las siguientes
materias:
1. La representación del Ayuntamiento ante las entidades urbanísticas.
Segundo.—La delegación queda sujeta al siguiente régimen jurídico:
1. El ejercicio de las competencias por delegación deberá hacerse constar en las resoluciones que se dicten, de acuerdo con el artículo 9, Ley 40/2015, de 1 de octubre de régimen jurídico del sector público (LRJSP).
2. Según el artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, la Alcaldía conserva la facultad de recibir información detallada de la gestión de la competencia delegada y de los actos y disposiciones emanados en virtud de la delegación, y la de ser informada previamente a la adopción de decisiones de trascendencia.
3. La Alcaldía podrá revocar en cualquier momento las delegaciones efectuadas siguiendo las mismas formalidades aplicadas para otorgarlas.
4. La Alcaldía podrá avocar en cualquier momento el ejercicio de la competencia delegada para actos concretos, sin que ello implique la revocación de la delegación conferida, de acuerdo con el artículo 10 de la Ley 40/2015.
BOCM-20230830-48
BOCM