C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230801-17)
Regulación educación primaria –  Resolución de 20 de julio de 2023, de la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, por la que se establece el número de horas semanales de orientación autorizadas en Educación Primaria en centros concertados para el curso 2023-2024
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE AGOSTO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 181

en el Documento de Organización del Centro (DOC), en el que figurará la distribución de
horas lectivas y no lectivas para las actividades relacionadas con la orientación educativa
de alumnos y asesoramiento a profesores, equipo directivo y familias, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la Orden 547/2019, de 24 de febrero. Este horario deberá ser incluido en la plataforma Raíces, para la generación del DOC y su supervisión por parte del
Servicio de Inspección Educativa.
En el plazo de un mes desde la incorporación del orientador de Primaria este profesional deberá elaborar una programación del servicio de orientación en Educación Primaria
que se incluirá como parte de la Programación Anual del centro, siendo el plazo máximo
para la elaboración de la misma el 31 de octubre de 2023.
En la memoria final del centro el orientador elaborará una memoria anual, revisando
el cumplimiento de lo establecido en la programación del servicio de orientación e incluyendo propuestas de mejora para el curso 2024-2025.
Quinto
Coordinación de la red de orientación educativa
Las Direcciones de Área Territorial, a través de los Servicios de la Unidad de Programas Educativos, establecerán mecanismos para la coordinación de los orientadores en Educación Primaria de centros concertados como parte de la red de orientación.
La actuación de los orientadores de Educación Primaria en centros concertados, en
cuanto a los procesos de identificación de las necesidades de los alumnos y escolarización
del alumnado que presenta necesidades específicas de apoyo educativo, se ajustará a lo establecido por la Administración Educativa, y en concreto a las directrices de cada Dirección
de Área Territorial.
Sexto
Expedientes de alumnos
Los orientadores de Educación Primaria de los centros autorizados deberán comprobar, junto con el equipo directivo del centro, que los expedientes de alumnos con necesidades educativas especiales y necesidades de compensación educativa escolarizados en el
centro, tienen actualizados correctamente los datos que figuran en Raíces, junto con toda la
documentación.
Séptimo
Aplicaciones informáticas de la Administración
El sistema informático integral de gestión educativa (Raíces) incluye módulos específicos de alumnado con NEAE y de gestión de la orientación. El orientador de primaria deberá proceder a realizar en esta plataforma la actualización del censo de los alumnos con
necesidades específicas de apoyo educativo, y la elaboración de los documentos de evaluación psicopedagógica y, en su caso, dictamenes de escolarización, conforme a las instrucciones que al efecto se dicten desde la Administración Educativa.
Octavo
Vigencia y calendario de implantación
La presente Resolución será de aplicación para el curso 2023-2024, desde el 1 de septiembre de 2023 hasta el 31 de agosto de 2024.
En el curso 2023-2024 todos los centros con concierto en la etapa de Educación Primaria, tendrán horas de orientación autorizadas para la atención del alumnado de segundo
ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria.
Recursos
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante la Viceconsejería de Política Educativa, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.
Madrid, a 20 de julio de 2023.—El Director General de Educación Concertada, Becas
y Ayudas al Estudio, Jorge Elías de la Peña y Montes de Oca.

BOCM-20230801-17

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