San Martín de Valdeiglesias (BOCM-20230801-77)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 181
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE AGOSTO DE 2023
Pág. 399
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
77
SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS
OFERTAS DE EMPLEO
Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía número 2023-1223, de fecha 18 de
julio de 2023, las bases y la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo para
el puesto de personal de limpieza de edificios y locales municipales, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a la
publicación de este anuncio en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
“BASES PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL
POR CONCURSO-OPOSICIÓN
Primero. Objeto de la convocatoria
Es objeto de la presente convocatoria, la selección y creación de una bolsa de trabajo
mediante concurso-oposición, de una plaza de personal de limpieza de edificios y locales
municipales, como personal laboral temporal.
— Denominación de la plaza: Personal de Limpieza de Edificios y Locales Municipales.
— Naturaleza: Personal Laboral Temporal.
— Unidad/Área: Servicios.
— Categoría Profesional: Grupo IV.
— Titulación exigible: Certificado de escolaridad o equivalente.
— Sistema selectivo: Concurso-Oposición.
— N.o de vacantes: 1.
— Funciones encomendadas: Tareas de fregado, desempolvado, barrido, pulido, manualmente con útiles tradicionales o con elementos electromecánicos o de fácil
manejo, considerados como de uso doméstico, aunque éstos sean de mayor potencia, de suelos, techos, paredes, mobiliario, etc., de locales, recintos y lugares, así
como cristaleras, puertas, ventanas.
• Sacar las basuras y proceder a su reciclado.
• Cuidado del perfecto estado del material que precisa para realizar su cometido.
• Cualquier otra tarea de similar naturaleza que le sea encomendada por su superior
jerárquico.
Segundo. Modalidad del contrato
La modalidad del contrato que se formalizará con el aspirante seleccionado es la de
personal laboral temporal, regulada en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario reunir los requisitos establecidos en el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado
por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la
edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o esta-
BOCM-20230801-77
Tercero. Condiciones de admisión de aspirantes
B.O.C.M. Núm. 181
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE AGOSTO DE 2023
Pág. 399
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
77
SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS
OFERTAS DE EMPLEO
Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía número 2023-1223, de fecha 18 de
julio de 2023, las bases y la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo para
el puesto de personal de limpieza de edificios y locales municipales, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a la
publicación de este anuncio en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
“BASES PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL
POR CONCURSO-OPOSICIÓN
Primero. Objeto de la convocatoria
Es objeto de la presente convocatoria, la selección y creación de una bolsa de trabajo
mediante concurso-oposición, de una plaza de personal de limpieza de edificios y locales
municipales, como personal laboral temporal.
— Denominación de la plaza: Personal de Limpieza de Edificios y Locales Municipales.
— Naturaleza: Personal Laboral Temporal.
— Unidad/Área: Servicios.
— Categoría Profesional: Grupo IV.
— Titulación exigible: Certificado de escolaridad o equivalente.
— Sistema selectivo: Concurso-Oposición.
— N.o de vacantes: 1.
— Funciones encomendadas: Tareas de fregado, desempolvado, barrido, pulido, manualmente con útiles tradicionales o con elementos electromecánicos o de fácil
manejo, considerados como de uso doméstico, aunque éstos sean de mayor potencia, de suelos, techos, paredes, mobiliario, etc., de locales, recintos y lugares, así
como cristaleras, puertas, ventanas.
• Sacar las basuras y proceder a su reciclado.
• Cuidado del perfecto estado del material que precisa para realizar su cometido.
• Cualquier otra tarea de similar naturaleza que le sea encomendada por su superior
jerárquico.
Segundo. Modalidad del contrato
La modalidad del contrato que se formalizará con el aspirante seleccionado es la de
personal laboral temporal, regulada en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario reunir los requisitos establecidos en el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado
por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la
edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o esta-
BOCM-20230801-77
Tercero. Condiciones de admisión de aspirantes