C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230801-16)
Implantación enseñanzas –  Orden 2564/2023, de 20 de julio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se autoriza la implantación del proyecto propio del centro autorizado superior de música Escuela Superior de Música “Forum Musikae” de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE AGOSTO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 181

— Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía.
— Real Decreto 628/2022, de 26 de julio, por el que se modifican varios reales decretos para la aplicación de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que
se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, a las enseñanzas artísticas y las enseñanzas deportivas, y la adecuación de determinados aspectos de la ordenación general de dichas enseñanzas.
Segundo
El proyecto propio del centro se ajusta a lo dispuesto en los artículos 2, 3 y concordantes de la Orden 1690-01/2015, de 3 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen los requisitos y el procedimiento para la implantación de proyectos propios en los centros que imparten enseñanzas que permiten la obtención del Título
Superior de Enseñanzas Artísticas, en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Tercero
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 de la citada Orden 1690-01/2015, de 3 de
junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, el centro podrá comenzar a impartir el proyecto propio desde el curso 2023-2024.
Cuarto
La implantación del proyecto propio se realizará de forma progresiva, comenzando 1º
en el curso 2023-2024, a razón de un curso por año académico, hasta completar los cuatro
cursos del grado en el curso académico 2026-2027.
Quinto
La autorización del proyecto propio del centro no conlleva incremento de puestos escolares, ni incremento de gasto para la Comunidad de Madrid
Sexto
El titular de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades es competente para
la autorización e implantación del proyecto propio del centro, de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 5.5 de la citada Orden 1690-01/2015, de 3 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, y en el artículo 1.1 del Decreto 236/2021, de 17 de noviembre,
del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, en relación con el Decreto 38/2023, de 23
de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y
denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
Por cuanto antecede,
DISPONGO
Primero

Segundo
En el expediente académico de los alumnos que cursen el plan de estudios establecido
en el proyecto propio se diligenciará tal circunstancia, con referencia a la presente Orden.
En todos los documentos en los que haya de hacerse referencia al plan de estudios cursado
y éste sea el correspondiente al proyecto propio del centro, se hará constar, además del Decreto 36/2011, de 2 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el Plan de
Estudios para la Comunidad de Madrid de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en
Música, el carácter de proyecto propio del plan de estudios y la presente Orden.
Asimismo, el centro hará constar en todo momento el carácter de proyecto propio del
plan de estudios.

BOCM-20230801-16

Autorizar e implantar, de conformidad con el artículo 5 de la citada Orden 1690-01/2015,
de 3 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, el proyecto propio del
plan de estudios del centro autorizado superior de enseñanzas artísticas de música Escuela
Superior de Música “Forum Musikae”, que se contiene en el anexo I a esta Orden, a partir
del curso 2023-2024.