C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230801-19)
Concesión ayudas –  Orden 877/2023, de 19 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se desestiman solicitudes presentadas al amparo de la Orden 2632/2022, de 29 de diciembre, por la que se convocan ayudas a empresas y personas físicas para la creación y el desarrollo de proyectos de videojuegos en la Comunidad de Madrid en 2023
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 181

MARTES 1 DE AGOSTO DE 2023

Pág. 289

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
19

ORDEN 877/2023, de 19 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se desestiman solicitudes presentadas al amparo de la Orden 2632/2022, de 29 de diciembre, por la que se convocan ayudas a empresas
y personas físicas para la creación y el desarrollo de proyectos de videojuegos
en la Comunidad de Madrid en 2023.

La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, a través de la Dirección General de Promoción Cultural tiene como objetivo el fomento y desarrollo de las artes audiovisuales.
Mediante la Orden 2632/2022, de 29 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se establece la convocatoria de ayudas a empresas y personas físicas para la
creación y desarrollo de proyectos de videojuego en la Comunidad de Madrid en 2023.
La Comisión Sectorial de Cine y del Audiovisual del Consejo de Cultura de la Comunidad de Madrid, en su sesión del día 25 de mayo de 2023, elaboró una propuesta de resolución en la que aparecen solicitantes que, por diversos motivos, no pueden ser beneficiarios
de las ayudas. Por ello, y de conformidad con lo establecido en el artículo 41 de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Artículo 1
Desestimar las solicitudes presentadas, al amparo de la Orden 2632/2022, de 29 de diciembre, que se relaciona a continuación por los motivos que en el mismo se especifican:
EMPRESA

NOMBRE DEL PROYECTO

MOTIVO

BEYOURBEST, SL

Bookypets: programa biblioteca siglo XXI

Puntuación insuficiente

CYBERIADA INNOVACION EMPRESARIAL

Monsters vs heroes

Puntuación insuficiente

GAMERANEST SL

Retrieval

Puntuación insuficiente

GERMÁN AUGUSTO MORENO

The other book

Excluido. Incumple el apartado 3.8 de la
Orden 2632/2022.

INTERACTIVA LABS, SL

Ilumina Madrid

Puntuación insuficiente

ISMAEL ORTIZ PEÑAS

Touristfy

Documentación incompleta

ISOMETRIC TAKO,SL

A crone´s yarn

Documentación incompleta

JACAR ENGLISH, SL

Great little word

Puntuación insuficiente

LIGTHT APP SL

La caza del tesoro de Móstoles

Puntuación insuficiente

MENTAL GAMING S.L.

Tu eterna aventura o Titán el audaz

Puntuación insuficiente

NOSOLOROL S.L.

Los buscaduendes

Puntuación insuficiente

OVERPOWERED TEAM S. COOP. MAD

Zoombie park

Puntuación insuficiente

RED MOUNTAIN CONSULTING SL

Facies hermética

Puntuación insuficiente

SNEO MESTIZAJE PROJECTS SRL

Robin. Capítulo II: la travesía

Puntuación insuficiente

SOEDESCO IBERICA SLU

Dollhouse behind the broken mirror

Puntuación insuficiente

TINYMOON S.L.

Arcana train

Excluido por proyecto beneficiario en
convocatoria anterior

UNIVERSINSIDE GAMES SL

Universinside

Puntuación insuficiente

La Orden objeto de la presente notificación pone fin a la vía administrativa y contra la
misma podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
justicia de Madrid, ambos plazos contados desde el día siguiente al de la recepción de esta
notificación.
Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

BOCM-20230801-19

Artículo 2