Pozuelo de Alarcón (BOCM-20230731-64)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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Pág. 230
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 31 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 180
5. Incoación, instrucción, requerimientos, actos de trámite y propuestas de resolución.
6. Adopción de la resolución que proceda en lo relativo a aclaraciones y rectificaciones de errores materiales, de hecho o aritméticos, de pliegos y otros documentos de expedientes de contratación y ampliación, en su caso, del plazo de presentación de proposiciones.
4.1.3. Concejalía-delegada de Conciliación, Educación y Relaciones con las Universidades.
Titular: D.a Almudena Ruiz Escudero.
1. Incoar, instruir, dictar actos de trámite y resolver en materias propias del ámbito
de los Servicios de Conciliación, Educación y Relaciones con las Universidades.
2. Incoación, nombramiento, en su caso, de Instructor y Secretario para instrucción
y resolución de los expedientes sancionadores en materias propias de Conciliación, Educación y Relaciones con las Universidades.
3. Tramitación de los contratos menores en materias propias de la Concejalía (excepto contratos de obras), incluyendo la propuesta de inicio del expediente de contratación, la
aprobación del gasto y, en consecuencia la autorización y disposición del mismo, y, en su
caso, de los pliegos y cualquier otro documento que recoja las condiciones de la contratación, así como su adjudicación, elevando a la Junta de Gobierno Local una relación mensual de los adjudicados a través de la teniente de alcalde titular del Área de Gobierno.
4. Autorización y disposición de gastos con cargo a partidas cuya gestión corresponda en materias propias de la Concejalía, inferiores a 15.000 euros más IVA.
5. Resolución de los recursos de reposición interpuestos contra actos competencia de
la Junta de Gobierno Local dictados por delegación de la misma.
4.1.4. Concejalía-delegada de Deportes y Juventud.
Titular: D. Ignacio Santana Plaza.
1. Incoar, instruir, dictar actos de trámite y resolver en materias propias del ámbito
de los Servicios de Deportes y Juventud y resolución de los expedientes sancionadores en
dichas materias.
2. Tramitación de los contratos menores en materias de Deporte (excepto contrato de
obras), incluyendo la propuesta de inicio del expediente de contratación, la aprobación del
gasto y, en consecuencia, la autorización y disposición del mismo, y, en su caso, de los pliegos y cualquier otro documento que recoja las condiciones de la contratación, así como su
adjudicación, elevando a la Junta de Gobierno Local una relación mensual de los adjudicados a través del teniente de alcalde titular del Área de Gobierno.
3. Autorización y disposición de gastos con cargo a partidas cuya gestión corresponda en materias del ámbito de la Concejalía inferiores a 15.000 euros más IVA.
4. Resolución de los recursos de reposición interpuestos contra actos competencia de
la Junta de Gobierno Local dictados por delegación de la misma.
Segundo. Régimen de sustituciones.—1. El régimen de sustituciones será el mismo
establecido por la alcaldesa-presidenta en el Decreto de delegación de Competencias en titulares de área y concejales delegados del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
2. La Junta de Gobierno, podrá avocar para sí, en cualquier momento, el conocimiento de un asunto cuya resolución corresponda ordinariamente o por delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole técnica, económica,
social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.
3. Lo establecido en este acuerdo lo es sin perjuicio de la posibilidad de que la Junta de Gobierno, si así lo estima oportuno, dicte en cualquier momento los acuerdos de avocación y delegación de competencias que estime oportuno.
Tercero. Eficacia del acuerdo.—El presente acuerdo surtirá efectos al día siguiente
de su aprobación, debiendo notificarse a los interesados y dar cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El presente acuerdo deja sin efecto cualquier otro acuerdo anterior sobre delegación de
competencias de la Junta de Gobierno Local”.
Se acuerda en votación ordinaria y por unanimidad de los miembros presentes aprobar
la propuesta de resolución transcrita, en sus propios y literales términos.
Pozuelo de Alarcón, a 19 de julio de 2023.—El titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Antonio Iglesias Moreno.
(03/12.954/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230731-64
BOCM
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LUNES 31 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 180
5. Incoación, instrucción, requerimientos, actos de trámite y propuestas de resolución.
6. Adopción de la resolución que proceda en lo relativo a aclaraciones y rectificaciones de errores materiales, de hecho o aritméticos, de pliegos y otros documentos de expedientes de contratación y ampliación, en su caso, del plazo de presentación de proposiciones.
4.1.3. Concejalía-delegada de Conciliación, Educación y Relaciones con las Universidades.
Titular: D.a Almudena Ruiz Escudero.
1. Incoar, instruir, dictar actos de trámite y resolver en materias propias del ámbito
de los Servicios de Conciliación, Educación y Relaciones con las Universidades.
2. Incoación, nombramiento, en su caso, de Instructor y Secretario para instrucción
y resolución de los expedientes sancionadores en materias propias de Conciliación, Educación y Relaciones con las Universidades.
3. Tramitación de los contratos menores en materias propias de la Concejalía (excepto contratos de obras), incluyendo la propuesta de inicio del expediente de contratación, la
aprobación del gasto y, en consecuencia la autorización y disposición del mismo, y, en su
caso, de los pliegos y cualquier otro documento que recoja las condiciones de la contratación, así como su adjudicación, elevando a la Junta de Gobierno Local una relación mensual de los adjudicados a través de la teniente de alcalde titular del Área de Gobierno.
4. Autorización y disposición de gastos con cargo a partidas cuya gestión corresponda en materias propias de la Concejalía, inferiores a 15.000 euros más IVA.
5. Resolución de los recursos de reposición interpuestos contra actos competencia de
la Junta de Gobierno Local dictados por delegación de la misma.
4.1.4. Concejalía-delegada de Deportes y Juventud.
Titular: D. Ignacio Santana Plaza.
1. Incoar, instruir, dictar actos de trámite y resolver en materias propias del ámbito
de los Servicios de Deportes y Juventud y resolución de los expedientes sancionadores en
dichas materias.
2. Tramitación de los contratos menores en materias de Deporte (excepto contrato de
obras), incluyendo la propuesta de inicio del expediente de contratación, la aprobación del
gasto y, en consecuencia, la autorización y disposición del mismo, y, en su caso, de los pliegos y cualquier otro documento que recoja las condiciones de la contratación, así como su
adjudicación, elevando a la Junta de Gobierno Local una relación mensual de los adjudicados a través del teniente de alcalde titular del Área de Gobierno.
3. Autorización y disposición de gastos con cargo a partidas cuya gestión corresponda en materias del ámbito de la Concejalía inferiores a 15.000 euros más IVA.
4. Resolución de los recursos de reposición interpuestos contra actos competencia de
la Junta de Gobierno Local dictados por delegación de la misma.
Segundo. Régimen de sustituciones.—1. El régimen de sustituciones será el mismo
establecido por la alcaldesa-presidenta en el Decreto de delegación de Competencias en titulares de área y concejales delegados del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
2. La Junta de Gobierno, podrá avocar para sí, en cualquier momento, el conocimiento de un asunto cuya resolución corresponda ordinariamente o por delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole técnica, económica,
social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.
3. Lo establecido en este acuerdo lo es sin perjuicio de la posibilidad de que la Junta de Gobierno, si así lo estima oportuno, dicte en cualquier momento los acuerdos de avocación y delegación de competencias que estime oportuno.
Tercero. Eficacia del acuerdo.—El presente acuerdo surtirá efectos al día siguiente
de su aprobación, debiendo notificarse a los interesados y dar cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El presente acuerdo deja sin efecto cualquier otro acuerdo anterior sobre delegación de
competencias de la Junta de Gobierno Local”.
Se acuerda en votación ordinaria y por unanimidad de los miembros presentes aprobar
la propuesta de resolución transcrita, en sus propios y literales términos.
Pozuelo de Alarcón, a 19 de julio de 2023.—El titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Antonio Iglesias Moreno.
(03/12.954/23)
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ISSN 1989-4791
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