C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230731-14)
Crédito presupuestario ayudas –  Orden 2697/2023, de 19 de julio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se corrige un error material en la Orden 2557/2023 del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para financiar en el año 2023 las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa de ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional a proyectos que hayan obtenido un Sello de Excelencia dentro del programa Acelerador del Consejo Europeo de Innovación (EIC Accelerator, incluida la fase piloto), en el marco del Programa Horizonte Europa (2021-2027) para el fomento de la inversión empresarial en I + D + I
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 180

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 31 DE JULIO DE 2023

Pág. 81

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
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ORDEN 2697/2023, de 19 de julio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se corrige un error material en la Orden 2557/2023 del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se declara el importe de
los créditos disponibles para financiar en el año 2023 las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa de ayudas cofinanciadas por el
Fondo Europeo de Desarrollo Regional a proyectos que hayan obtenido un Sello
de Excelencia dentro del programa Acelerador del Consejo Europeo de Innovación (EIC Accelerator, incluida la fase piloto), en el marco del Programa Horizonte Europa (2021-2027) para el fomento de la inversión empresarial en I + D + I.

Advertido un error material en la Orden 2557/2023 del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para financiar en el año 2023 las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa de ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional a proyectos que
hayan obtenido un Sello de Excelencia dentro del programa Acelerador del Consejo Europeo
de Innovación (EIC Accelerator, incluida la fase piloto), en el marco del Programa Horizonte Europa (2021-2027) para el fomento de la inversión empresarial en I + D + I, de conformidad con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, procede a su corrección
en los siguientes términos:
En el primer párrafo de la parte dispositiva de la orden, donde dice:
“Autorizar un gasto por importe de 5.700.00 euros para financiar en el año 2023, las
obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa de ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, dirigidas a financiar los proyectos que
hayan obtenido un Sello de Excelencia dentro del programa Acelerador del Consejo
Europeo de Innovación (EIC Accelerator, incluida la fase piloto), en el marco del Programa Horizonte Europa (2021-2027) para el fomento de la inversión empresarial en I + D + I
y en el marco de la Estrategia de Especialización Inteligente y Sostenible (S3) de la Comunidad de Madrid”.
Debe decir:
“Autorizar un gasto por importe de 5.700.000 euros para financiar en el año 2023, las
obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa de ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, dirigidas a financiar los proyectos que hayan obtenido un Sello de Excelencia dentro del programa Acelerador del Consejo Europeo de
Innovación (EIC Accelerator, incluida la fase piloto), en el marco del Programa Horizonte
Europa (2021-2027) para el fomento de la inversión empresarial en I + D + I y en el marco de
la Estrategia de Especialización Inteligente y Sostenible (S3) de la Comunidad de Madrid”.
Madrid, a 19 de julio de 2023.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO

BOCM-20230731-14

(03/13.214/23)

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ISSN 1989-4791