Ciempozuelos (BOCM-20230726-68)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 176

MIÉRCOLES 26 DE JULIO DE 2023

Pág. 229

8.

Deberán encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Ciempozuelos.
9.
Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
10. No tener pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Ciempozuelos o sus organismos públicos, siempre que el plazo establecido para su presentación hubiera finalizado, con independencia de que el
requerimiento, a que se refiere el artículo 70.3 del RGS, se hubiera realizado o
no. La apreciación de esta prohibición se realizará de oficio y subsistirá mientras perdure la ausencia de justificación.
11. No estar incursos en el resto de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 y 3 de la LGS.
Cuarto. Cuantía.— El importe de la subvención establecido como ayuda para realizar
las carrozas y pasacalles es 7.200 euros que quedará repartido de la siguiente manera:
CATEGORÍA

CUANTÍA DE LA AYUDA

Carrozas

800 €

Pasacalles adultos

500 €

Pasacalles infantiles

500 €

Se establece un máximo de 4 carrozas participantes y de hasta 8 pasacalles, por lo que
la cuantía máxima de la partida destinada a esta subvención se establece en un máximo
de 7.200 euros. Se establece además una cuantía de máxima de 1.200 euros (100 euros por
participante) que podrán destinarse a la implantación de elementos adaptativos para garantizar la participación de personas con discapacidad.
El importe de la subvención como premios establecidos es de 2.600 euros que serán
repartidos de la siguiente manera:
CUANTÍA DEL PREMIO
600 €

Segundo Premio

350€

Tercer premio

250 €

PASACALLES INFANTIL

CUANTÍA DEL PREMIO

Primer premio

350 €

Segundo Premio

200 €

Tercer premio
PASACALLES ADULTO

150 €
CUANTÍA DEL PREMIO

Primer premio

350 €

Segundo Premio

200 €

Tercer premio

150 €

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.— El plazo general de presentación de
solicitudes en su inicio comenzará a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, previa
remisión por parte de la BDN y hasta el 31 de agosto de 2023.
Sexto. Otros datos.—Las solicitudes de subvención se presentarán por los interesados en
el modelo Anexo I de la convocatoria, dirigidas al Concejal Delegado de Festejos, durante el
plazo establecido en la convocatoria de subvención, en el Registro de Entrada del Ayuntamiento, la sede electrónica del Ayuntamiento ( https://sede.ayto-ciempozuelos.org/eAdmin/Sede.do )
y/o demás Registros públicos o modos previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Junto a la solicitud, se deberán aportar los documentos que se detallan a continuación:
En caso de persona física:
a) DNI o NIE.
b) Alta de Terceros.
c) Declaración responsable de que en el solicitante no concurre ninguna de las circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones (LGS),
haciendo también mención expresa a que se encuentra al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cumplimiento de
obligaciones tributarias con el Ayuntamiento.

BOCM-20230726-68

CARROZAS ADULTOS
Primer premio