Rozas de Puerto Real (BOCM-20230726-103)
Organización y funcionamiento. Régimen dedicación
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 274
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 26 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 176
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
103
ROZAS DE PUERTO REAL
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20230726-103
Por el Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el 8 de julio
de 2023, se adoptó por unanimidad el siguiente acuerdo, referido a la declaración de incompatibilidad del alcalde, don Javier Vedia Abad, y consecuencias de la misma y retribuciones, que son las siguientes:
Primero.—Declaración de excedencia forzosa por cargo público del alcalde-presidente, don Javier Vedia Abad. Esta situación da derecho a la conservación del puesto de trabajo y al cómputo de la antigüedad. El abandono de la Alcaldía supone la incorporación inmediata al puesto de trabajo.
Segundo.—Declaración de la causa de incompatibilidad. Trabajar para el Ayuntamiento más del 20 por 100 de la jornada en un período de tres meses que ha dado lugar al
Canal de Isabel II a declarar la situación de excedencia forzosa por cargo público según el
convenio colectivo.
Tercero.—La retribución bruta anual será de 34.848,05 euros. El alcalde-presidente no
cobrará por asistencia a Plenos ni Comisiones. La presencia efectiva mínima en el Ayuntamiento será de 37,5 horas semanales.
Cuarto.—Solicitar ante la Tesorería General de la Seguridad Social el alta en el régimen general, debiendo esta Corporación asumir el pago de las cuotas empresariales que
corresponda.
Quinto.—Establecer el siguiente régimen de asistencias por la concurrencia efectiva a
las sesiones de Pleno y Comisiones Delegadas: todos los miembros de la Corporación, a excepción del alcalde-presidente, percibirán asistencia por importe de 300 euros por la concurrencia efectiva a todas las sesiones del Pleno y/o Comisión Delegada, abonándose las
mismas con periodicidad mensual.
Sexto.—Iniciar los trámites oportunos para la modificación presupuestaria que sea
pertinente, sin perjuicio de que la retribución de los mismos esté pendiente de la citada modificación, teniendo derecho a ella desde la fecha de alta en la Seguridad Social.
Séptimo.—Notificar el presente acuerdo a los interesados y publicar el mismo en el tablón
de anuncios municipal y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Rozas de Puerto Real, a 12 de julio de 2023.—El alcalde-presidente, Javier Vedia
Abad.
(03/12.547/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 176
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
103
ROZAS DE PUERTO REAL
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20230726-103
Por el Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el 8 de julio
de 2023, se adoptó por unanimidad el siguiente acuerdo, referido a la declaración de incompatibilidad del alcalde, don Javier Vedia Abad, y consecuencias de la misma y retribuciones, que son las siguientes:
Primero.—Declaración de excedencia forzosa por cargo público del alcalde-presidente, don Javier Vedia Abad. Esta situación da derecho a la conservación del puesto de trabajo y al cómputo de la antigüedad. El abandono de la Alcaldía supone la incorporación inmediata al puesto de trabajo.
Segundo.—Declaración de la causa de incompatibilidad. Trabajar para el Ayuntamiento más del 20 por 100 de la jornada en un período de tres meses que ha dado lugar al
Canal de Isabel II a declarar la situación de excedencia forzosa por cargo público según el
convenio colectivo.
Tercero.—La retribución bruta anual será de 34.848,05 euros. El alcalde-presidente no
cobrará por asistencia a Plenos ni Comisiones. La presencia efectiva mínima en el Ayuntamiento será de 37,5 horas semanales.
Cuarto.—Solicitar ante la Tesorería General de la Seguridad Social el alta en el régimen general, debiendo esta Corporación asumir el pago de las cuotas empresariales que
corresponda.
Quinto.—Establecer el siguiente régimen de asistencias por la concurrencia efectiva a
las sesiones de Pleno y Comisiones Delegadas: todos los miembros de la Corporación, a excepción del alcalde-presidente, percibirán asistencia por importe de 300 euros por la concurrencia efectiva a todas las sesiones del Pleno y/o Comisión Delegada, abonándose las
mismas con periodicidad mensual.
Sexto.—Iniciar los trámites oportunos para la modificación presupuestaria que sea
pertinente, sin perjuicio de que la retribución de los mismos esté pendiente de la citada modificación, teniendo derecho a ella desde la fecha de alta en la Seguridad Social.
Séptimo.—Notificar el presente acuerdo a los interesados y publicar el mismo en el tablón
de anuncios municipal y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Rozas de Puerto Real, a 12 de julio de 2023.—El alcalde-presidente, Javier Vedia
Abad.
(03/12.547/23)
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ISSN 1989-4791