Villar del Olmo (BOCM-20230721-59)
Organización y funcionamiento. Régimen dedicación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 172

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023

Pág. 425

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
59

VILLAR DEL OLMO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

BOCM-20230721-59

Constituida la Corporación Municipal para el mandato 2023-2027, se hace preciso dar
cuenta del régimen de dedicación exclusiva y retribución del cargo de la Alcaldía-Presidencia en consonancia con lo dispuesto en los artículos 75.1, 2 y 5, 75 bis y 75 ter. de la
Ley 7/1985, de 2 de abril (LRBRL), artículo 18 del RDL 24/2018, de 21 de diciembre y artículo 13 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre (ROF) y artículo 4.2 del RD-Ley 24/2018,
de 21 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en
el ámbito del sector público.
En consideración a lo anterior se propone al Pleno de la Corporación la adopción de
los siguientes acuerdos:
Primero.—Reconocer el régimen de dedicación exclusiva para el cargo de la AlcaldíaPresidencia por la siguiente cuantía bruta a distribuir en doce mensualidades y dos pagas extraordinarias en los meses de junio y diciembre, todo ello en estricta conformidad con lo dispuesto en los artículos 75 bis de la LBRL y 4.2 RD-Ley 24/2018, de 21 de diciembre, por el
que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público:
— Total anual bruto: 36.437,21 euros.
— 2 pagas extraordinarias: incluidas en la retribución.
Estas cantidades deberán actualizarse de acuerdo con lo que para el personal funcionario disponga la Ley de Presupuestos del Estado de cada año.
Segundo.—Los miembros de la Corporación Municipal que desarrollen sus cargos en
régimen de dedicación exclusiva serán dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social desde su toma de posesión, nombramiento o designación, según proceda, asumiendo el Ayuntamiento el pago de la cuota empresarial, siendo su percepción incompatible con la de cualquier otra retribución con cargo a los presupuestos de las
Administraciones Públicas y de los entes, organismos autónomos y empresas de ellas dependientes y con cualquier otra que así determine la legislación vigente.
Tercero.—La efectividad de los presentes acuerdos se producirá desde el día de la
toma de posesión del cargo.
Cuarto.—El presente acuerdo deberá publicarse en el Portal de Transparencia del
Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1.f) de la Ley 19/2013, de 9
de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno.
Villar del Olmo, a 28 de junio de 2023.—La alcaldesa-presidenta, Lucila Toledo Moreno.
(03/12.367/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791