Madrid (BOCM-20230721-27)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Junta Gobierno
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 312
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 172
5. Reclamaciones y recursos.
Resolver los recursos de reposición y los extraordinarios de revisión presentados contra los actos dictados por la coordinación general.
5.o
Coordinación General de Urbanismo
1. Competencias específicas.
1.1. Coordinar la estrategia de desarrollo urbano de la ciudad y de los instrumentos
de planeamiento y ejecución del mismo.
1.2. Supervisar los planes y proyectos de mejora definidos por las direcciones generales.
1.3. Dictar instrucciones, a propuesta de las direcciones generales, en materia de su
competencia, en particular para la interpretación y aplicación de las Normas Urbanísticas
del Plan General de Ordenación Urbana y de la restante normativa urbanística aplicable en
el ámbito territorial de la ciudad de Madrid. Dichas instrucciones serán vinculantes para todos los órganos, organismos y unidades administrativas del Ayuntamiento de Madrid.
Asimismo, la Agencia de Actividades podrá proponer al titular de la coordinación general la adopción de las citadas instrucciones.
1.4. Coordinar e impulsar la actividad de planificación, dirección y control de los
proyectos concretos asignados a las direcciones generales dependientes de la coordinación
general o promovidos por estas.
6.o
Coordinación General de Movilidad
1. Competencias específicas.
1.1. Mantener las debidas relaciones con entidades públicas o particulares que presten servicio o tengan competencias en materia de gestión de la movilidad urbana y transportes dentro del ámbito municipal, o afecten a las mismas.
1.2. Coordinar la elaboración de proyectos de normas reguladoras de circulación y
señalización de tráfico y transporte de mercancías, así como de movilidad sostenible.
1.3. Proponer las bases de las convocatorias de selección y provisión de puestos de
trabajo de los agentes de movilidad.
1.4. Coordinar, asesorar y apoyar la actuación de los distritos en las materias de competencia de las direcciones generales dependientes de la misma, junto con el Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.
1.5. Acordar la sustitución de la destrucción del vehículo por su adjudicación a los servicios de vigilancia y control del tráfico de conformidad con lo previsto en el artículo 106.3 del
texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad
Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre.
1.6. Analizar y evaluar, con carácter previo a su adopción, los impactos medioambientales y sociales de los modos de gestión de los servicios públicos en el ámbito de la movilidad, sin perjuicio de las competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación
y Hacienda.
Secretaría General Técnica de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
1. Régimen jurídico.
1.1. Preparar los asuntos que el titular del área de gobierno eleve a la Junta de Gobierno y al Pleno.
1.2. Participar en la Comisión Preparatoria de la Junta de Gobierno a la que se refiere el artículo 29 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004.
1.3. Gestionar las relaciones con los tribunales de justicia en relación con los procedimientos tramitados por el área de gobierno y el área delegada, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos municipales.
2. Régimen interior.
2.1. Atender las necesidades del área de gobierno y del área delegada en bienes y
servicios, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las direcciones generales del área.
2.2. Organizar los efectivos personales para traslado de documentación, control de
correo, así como la organización del servicio de los conductores adscritos al área de gobierno y al área delegada, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de
Economía, Innovación y Hacienda en materia de recursos humanos.
BOCM-20230721-27
7.o
Pág. 312
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 172
5. Reclamaciones y recursos.
Resolver los recursos de reposición y los extraordinarios de revisión presentados contra los actos dictados por la coordinación general.
5.o
Coordinación General de Urbanismo
1. Competencias específicas.
1.1. Coordinar la estrategia de desarrollo urbano de la ciudad y de los instrumentos
de planeamiento y ejecución del mismo.
1.2. Supervisar los planes y proyectos de mejora definidos por las direcciones generales.
1.3. Dictar instrucciones, a propuesta de las direcciones generales, en materia de su
competencia, en particular para la interpretación y aplicación de las Normas Urbanísticas
del Plan General de Ordenación Urbana y de la restante normativa urbanística aplicable en
el ámbito territorial de la ciudad de Madrid. Dichas instrucciones serán vinculantes para todos los órganos, organismos y unidades administrativas del Ayuntamiento de Madrid.
Asimismo, la Agencia de Actividades podrá proponer al titular de la coordinación general la adopción de las citadas instrucciones.
1.4. Coordinar e impulsar la actividad de planificación, dirección y control de los
proyectos concretos asignados a las direcciones generales dependientes de la coordinación
general o promovidos por estas.
6.o
Coordinación General de Movilidad
1. Competencias específicas.
1.1. Mantener las debidas relaciones con entidades públicas o particulares que presten servicio o tengan competencias en materia de gestión de la movilidad urbana y transportes dentro del ámbito municipal, o afecten a las mismas.
1.2. Coordinar la elaboración de proyectos de normas reguladoras de circulación y
señalización de tráfico y transporte de mercancías, así como de movilidad sostenible.
1.3. Proponer las bases de las convocatorias de selección y provisión de puestos de
trabajo de los agentes de movilidad.
1.4. Coordinar, asesorar y apoyar la actuación de los distritos en las materias de competencia de las direcciones generales dependientes de la misma, junto con el Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.
1.5. Acordar la sustitución de la destrucción del vehículo por su adjudicación a los servicios de vigilancia y control del tráfico de conformidad con lo previsto en el artículo 106.3 del
texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad
Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre.
1.6. Analizar y evaluar, con carácter previo a su adopción, los impactos medioambientales y sociales de los modos de gestión de los servicios públicos en el ámbito de la movilidad, sin perjuicio de las competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación
y Hacienda.
Secretaría General Técnica de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
1. Régimen jurídico.
1.1. Preparar los asuntos que el titular del área de gobierno eleve a la Junta de Gobierno y al Pleno.
1.2. Participar en la Comisión Preparatoria de la Junta de Gobierno a la que se refiere el artículo 29 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004.
1.3. Gestionar las relaciones con los tribunales de justicia en relación con los procedimientos tramitados por el área de gobierno y el área delegada, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos municipales.
2. Régimen interior.
2.1. Atender las necesidades del área de gobierno y del área delegada en bienes y
servicios, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las direcciones generales del área.
2.2. Organizar los efectivos personales para traslado de documentación, control de
correo, así como la organización del servicio de los conductores adscritos al área de gobierno y al área delegada, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de
Economía, Innovación y Hacienda en materia de recursos humanos.
BOCM-20230721-27
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