Madrid (BOCM-20230721-23)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Estructura Áreas Gobierno
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 172
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
Pág. 231
7. Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos
1. Competencias específicas.
1.1. Bibliotecas y archivos.
a) Proteger, gestionar y fomentar el acceso al patrimonio bibliográfico y documental
municipal.
b) Crear, dirigir, gestionar y fomentar el acceso a la red de bibliotecas del Ayuntamiento de Madrid, compuesta por las bibliotecas públicas y las especializadas.
c) Dirigir y coordinar el Sistema Integral de Gestión Documental y Archivos del
Ayuntamiento de Madrid, en los términos previstos en la Ley 6/2023, de 30 de
marzo, de Archivos y Documentos de la Comunidad de Madrid y demás normativa aplicable.
d) Gestionar el Archivo de Villa y el Archivo Electrónico del Ayuntamiento de
Madrid, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos municipales de acuerdo, con lo que se establezca reglamentariamente.
e) Catalogar, conservar, acrecentar y difundir los bienes culturales adscritos a bibliotecas y archivos.
f) Autorizar la salida de documentos de los archivos que forman parte del sistema de
archivos del Ayuntamiento de Madrid cuando se realicen con fines distintos a los
administrativos y judiciales, así como de los bienes del patrimonio bibliográfico
adscritos a la dirección general.
g) Promover el conocimiento, la consulta y la investigación de los bienes adscritos a
bibliotecas y archivos, mediante la incorporación de nuevas tecnologías con el fin
de garantizar la accesibilidad a los mismos.
h) Impulsar y programar actuaciones y actividades dirigidas a fomentar, promover y
difundir el libro, el patrimonio documental y la lectura.
i) Promover la acción cultural en los centros dependientes de la dirección general,
mediante la programación de actividades culturales en colaboración con la Dirección General de Programas y Actividades Culturales y con otras unidades municipales con la participación de la ciudadanía, y de los distintos agentes y sectores
vinculados a la acción cultural en la ciudad de Madrid.
j) Desarrollar la política de publicaciones del Área de Gobierno de Cultura, Turismo
y Deporte y elaborar propuestas para la determinación de licencias y precios de
publicaciones del Área de Gobierno.
k) Promover actuaciones y convenios de colaboración con otras Administraciones
Públicas y con entidades públicas y privadas en el ámbito de su competencia.
BOCM-20230721-23
3.2. Esta delegación comprenderá todas las facultades de gestión que correspondan
de acuerdo con su naturaleza, sin perjuicio de las que tenga atribuidas el titular del Área de
Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda y la Agencia Tributaria Madrid.
4. Sanciones y multas coercitivas.
4.1. Imponer las sanciones administrativas cuyo importe no supere 60.000 euros, sin
perjuicio de la imposición de las sanciones que de forma particular pudiera corresponder a
cada dirección general.
4.2. Imponer las multas coercitivas previstas por las disposiciones vigentes, cuando
su importe no supere 30.000 euros, sin perjuicio de la imposición de las multas coercitivas
que de forma particular pudiera corresponder a cada dirección general.
5. Gestión de procedimientos.
5.1. Acordar la conclusión y archivo de los procedimientos que aparezcan ultimados
en todos sus trámites.
5.2. Conceder cualquier tipo de licencia, sin perjuicio de las previstas expresamente
en el presente acuerdo.
5.3. Formular las propuestas de resolución de los decretos que hayan de ser adoptados por el titular del área de gobierno y de las áreas delegadas.
5.4. Formular las propuestas de suscripción de los convenios competencia del área
de gobierno y de las áreas delegadas.
6. Reclamaciones y recursos.
Resolver los recursos de reposición y los extraordinarios de revisión presentados contra los actos dictados por cada dirección general.
B.O.C.M. Núm. 172
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
Pág. 231
7. Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos
1. Competencias específicas.
1.1. Bibliotecas y archivos.
a) Proteger, gestionar y fomentar el acceso al patrimonio bibliográfico y documental
municipal.
b) Crear, dirigir, gestionar y fomentar el acceso a la red de bibliotecas del Ayuntamiento de Madrid, compuesta por las bibliotecas públicas y las especializadas.
c) Dirigir y coordinar el Sistema Integral de Gestión Documental y Archivos del
Ayuntamiento de Madrid, en los términos previstos en la Ley 6/2023, de 30 de
marzo, de Archivos y Documentos de la Comunidad de Madrid y demás normativa aplicable.
d) Gestionar el Archivo de Villa y el Archivo Electrónico del Ayuntamiento de
Madrid, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos municipales de acuerdo, con lo que se establezca reglamentariamente.
e) Catalogar, conservar, acrecentar y difundir los bienes culturales adscritos a bibliotecas y archivos.
f) Autorizar la salida de documentos de los archivos que forman parte del sistema de
archivos del Ayuntamiento de Madrid cuando se realicen con fines distintos a los
administrativos y judiciales, así como de los bienes del patrimonio bibliográfico
adscritos a la dirección general.
g) Promover el conocimiento, la consulta y la investigación de los bienes adscritos a
bibliotecas y archivos, mediante la incorporación de nuevas tecnologías con el fin
de garantizar la accesibilidad a los mismos.
h) Impulsar y programar actuaciones y actividades dirigidas a fomentar, promover y
difundir el libro, el patrimonio documental y la lectura.
i) Promover la acción cultural en los centros dependientes de la dirección general,
mediante la programación de actividades culturales en colaboración con la Dirección General de Programas y Actividades Culturales y con otras unidades municipales con la participación de la ciudadanía, y de los distintos agentes y sectores
vinculados a la acción cultural en la ciudad de Madrid.
j) Desarrollar la política de publicaciones del Área de Gobierno de Cultura, Turismo
y Deporte y elaborar propuestas para la determinación de licencias y precios de
publicaciones del Área de Gobierno.
k) Promover actuaciones y convenios de colaboración con otras Administraciones
Públicas y con entidades públicas y privadas en el ámbito de su competencia.
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3.2. Esta delegación comprenderá todas las facultades de gestión que correspondan
de acuerdo con su naturaleza, sin perjuicio de las que tenga atribuidas el titular del Área de
Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda y la Agencia Tributaria Madrid.
4. Sanciones y multas coercitivas.
4.1. Imponer las sanciones administrativas cuyo importe no supere 60.000 euros, sin
perjuicio de la imposición de las sanciones que de forma particular pudiera corresponder a
cada dirección general.
4.2. Imponer las multas coercitivas previstas por las disposiciones vigentes, cuando
su importe no supere 30.000 euros, sin perjuicio de la imposición de las multas coercitivas
que de forma particular pudiera corresponder a cada dirección general.
5. Gestión de procedimientos.
5.1. Acordar la conclusión y archivo de los procedimientos que aparezcan ultimados
en todos sus trámites.
5.2. Conceder cualquier tipo de licencia, sin perjuicio de las previstas expresamente
en el presente acuerdo.
5.3. Formular las propuestas de resolución de los decretos que hayan de ser adoptados por el titular del área de gobierno y de las áreas delegadas.
5.4. Formular las propuestas de suscripción de los convenios competencia del área
de gobierno y de las áreas delegadas.
6. Reclamaciones y recursos.
Resolver los recursos de reposición y los extraordinarios de revisión presentados contra los actos dictados por cada dirección general.