D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20230721-12)
Convenio –  Convenio de 22 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Unión Sindical de Madrid Región de Comisiones Obreras (USMR-CC. OO.) para la concesión de una subvención directa para la realización durante 2023 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 172

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023

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I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
12

CONVENIO de 22 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Instituto
Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Unión Sindical de Madrid Región de Comisiones Obreras (USMR-CC. OO.) para la concesión de una subvención directa para la realización durante 2023 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024.
REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Javier Fernández-Lasquetty y Blanc, Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, nombrado por Decreto 46/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en calidad de Presidente del Consejo de Administración del
Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo (en adelante, IRSST), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1.a) de la Ley 23/1997, de 19 de noviembre, de Creación del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Y de otra parte Dña. Elisa Revilla Cruzado, Secretaria de Finanzas, D. Jorge Manuel
Martínez González, secretario de Organización y Dña. Paloma Vega López, secretaria de Política Institucional, como apoderados mancomunados de la Unión Sindical de Madrid Región
de Comisiones Obreras (en adelante, USMR-CC. OO.), según copia de Escritura de poder,
otorgada ante el Notario de Madrid, don Carlos Mateo y Martínez de Bartolomé, el 10 de octubre de 2022, con el número de protocolo 1.299.
Actuando ambas partes en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen mutua
capacidad para la suscripción del presente convenio y

1. El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó el 11 de noviembre
de 2020 el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de
Madrid 2021-2024 en el que figuran una serie de actuaciones encaminadas a alcanzar un
doble objetivo: mejora continua y progresiva de las condiciones de seguridad y salud en el
trabajo y la reducción de los daños derivados de las condiciones de trabajo.
2. Las medidas en materia de Prevención de Riesgos Laborales que figuran en el citado VI Plan Director 2021-2024 constituyen el Plan Estratégico de Subvenciones a desarrollar, conforme a lo establecido en el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de
marzo, General de Subvenciones, y en su posterior desarrollo reglamentario efectuado mediante el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueban el Reglamento de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en concreto, en sus artículos 10 y siguientes, recogiendo, a su vez, los contenidos que figuran en el artículo 12 del citado Real Decreto, por cuanto, para alcanzar la consecución de sus objetivos finales; por un
lado, conseguir una reducción constante y significativa de la siniestralidad laboral, y por
otro, lograr la mejora continua y progresiva de las condiciones de seguridad y salud en los
trabajadores, contemplando la gestión de diversas líneas de actuación entre las que cabe señalar la suscripción de convenios con los agentes sociales firmantes del referido VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales.
3. En este sentido, concreta en el apartado relativo a los costes previsibles para la realización del Plan Estratégico de Subvenciones y sus fuentes de financiación, que las líneas
de subvención previstas en el presente convenio se financiarán con cargo al capítulo IV del
Presupuesto del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
4. En la elaboración y en la aprobación del contenido del VI Plan Director de Prevención
de Riesgos laborales, se ha considerado de directa aplicación lo dispuesto en la Ley 23/1997,

BOCM-20230721-12

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