D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20230720-30)
Convenio –  Convenio de 22 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y UNO Organización Empresarial de Logística y Transporte, para la concesión de una subvención directa para la realización durante 2023 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 171

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE JULIO DE 2023

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I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
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CONVENIO de 22 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Instituto
Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y UNO Organización Empresarial
de Logística y Transporte, para la concesión de una subvención directa para la
realización durante 2023 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024.
REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. don Javier Fernández-Lasquetty y Blanc, Consejero de
Economía, Hacienda y Empleo, nombrado por Decreto 46/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en calidad de Presidente del Consejo de Administración del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo (en adelante IRSST), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 a) de la Ley 23/1997, de 19 de noviembre, de
creación del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Y de otra parte don Francisco Aranda Manzano, como Apoderado de UNO Organización Empresarial de Logística y Transporte (en adelante UNO), según Escritura de Elevación a Público de Acuerdos Sociales, autorizada por el Notario de Madrid D. José Blanco
Losada, el día 17 de enero de 2020, con el número 251 de su protocolo.
Actuando ambas partes en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen mutua
capacidad para la suscripción del presente convenio y

1. El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó el 11 de noviembre
de 2020 el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de
Madrid 2021-2024 en el que figuran una serie de actuaciones encaminadas a alcanzar un
doble objetivo: mejora continua y progresiva de las condiciones de seguridad y salud en el
trabajo y la reducción de los daños derivados de las condiciones de trabajo.
2. Las medidas en materia de Prevención de Riesgos Laborales que figuran en el citado VI Plan Director 2021-2024 constituyen el Plan Estratégico de Subvenciones a desarrollar, conforme a lo establecido en el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad de Madrid y en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de
marzo, General de Subvenciones, y en su posterior desarrollo reglamentario efectuado mediante el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueban el Reglamento de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en concreto, en sus artículos 10 y siguientes, recogiendo, a su vez, los contenidos que figuran en el artículo 12 del citado Real Decreto, por cuanto, para alcanzar la consecución de sus objetivos finales; por un lado,
conseguir una reducción constante y significativa de la siniestralidad laboral, y por otro, lograr la mejora continua y progresiva de las condiciones de seguridad y salud en los trabajadores, contemplando la gestión de diversas líneas de actuación entre las que cabe señalar
la suscripción de convenios con los agentes sociales firmantes del referido VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales.
3. En este sentido, concreta en el apartado relativo a los costes previsibles para la realización del Plan Estratégico de Subvenciones y sus fuentes de financiación, que la línea de
subvención prevista en el presente convenio se financiará con cargo al capítulo IV del Presupuesto del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
4. En la elaboración y en la aprobación del contenido del VI Plan Director de Prevención de Riesgos laborales, se ha considerado de directa aplicación lo dispuesto en la Ley 23/1997,
de 19 de noviembre, de creación del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, en cuanto a la naturaleza, finalidad y funciones del propio Instituto, y en la Ley 31/1995,
de 8 de marzo, de Prevención de Riesgos Laborales, debido a que en ellas se recoge una vi-

BOCM-20230720-30

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