Fuenlabrada (BOCM-20230712-54)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 214
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 164
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
54
FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de 10 de julio de 2023, de acuerdo de Junta de Gobierno Local de 7 de julio
de 2023 (Pto. 29), por el que se aprueba la convocatoria de premios de participación en los
encierros taurinos 2023 de Fuenlabrada.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria,
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Primero.—Podrán optar a este premio todas la entidades inscritas y debidamente actualizadas en el registro de entidades del Ayuntamiento de Fuenlabrada como peñas taurinas,
que se encuentren debidamente inscritas y actualizadas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Fuenlabrada y al corriente de sus obligaciones tributarias.
No resultarán beneficiarios del premio aquellas asociaciones o entidades que no se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado, con la Seguridad Social
y con el Ayuntamiento de Fuenlabrada, que se encuentren incursas en un procedimiento de
reintegro o que tengan sin presentar la justificación de cualquier otra subvención recibida
del Ayuntamiento de Fuenlabrada o sus organismos autónomos habiendo transcurrido el
plazo para ello.
Segundo.—Para la obtención de este premio es necesario participar en los encierros
taurinos, que se celebrarán los días 15, 16 y 17 de septiembre de 2023, a las 09:00 horas. El
anuncio de la convocatoria se publicará en la Base Nacional de Subvenciones. No se aceptarán solicitudes entregadas después de esa fecha.
Si alguna solicitud no cumple los requisitos de la convocatoria o los documentos exigidos no se presentaran en su totalidad, cumplimentados íntegramente con todos los datos
solicitados, se publicará un listado en la página web municipal con las asociaciones cuyas
solicitudes hay que subsanar y se dispondrá de un plazo máximo e improrrogable de diez
días hábiles para ello, con indicación de que si no lo hiciese se la tendrá por desistida de
su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.
Cuarto.—Para esta convocatoria se ha realizado una reserva de crédito en la partida 4051-338-48100, por importe de 3.000,00 euros. Se establece un premio de 250 euros
para cada asociación que participe cumpliendo lo establecido en las presentes bases. Estos
premios no están sujetos a la retención de IRPF dado que se trata de entidades con personalidad jurídica propia.
Quinto.—El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Registro General del Patronato Municipal de Cultura, en el
Registro General de Entradas del Ayuntamiento de Fuenlabrada o en cualquiera de sus Registros auxiliares, resultando necesario aportar la documentación descrita en el artículo 3 de
las bases de la convocatoria.
Sexto.—El procedimiento de concesión se realizará en régimen de concurrencia competitiva.
Cada uno de los dobladores inscritos deberá justificar su presencia al comienzo de cada
encierro mediante la firma de la hoja de asistencia que se encontrará en cabecera del encierro. Para ello se presentará al inicio de cada encierro, entre las 8:15 horas y las 8:45 horas,
debidamente preparado para su participación. Al comienzo de cada encierro se proveerá a
BOCM-20230712-54
BDNS (Identif.): 707596
Pág. 214
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 164
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
54
FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de 10 de julio de 2023, de acuerdo de Junta de Gobierno Local de 7 de julio
de 2023 (Pto. 29), por el que se aprueba la convocatoria de premios de participación en los
encierros taurinos 2023 de Fuenlabrada.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria,
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Primero.—Podrán optar a este premio todas la entidades inscritas y debidamente actualizadas en el registro de entidades del Ayuntamiento de Fuenlabrada como peñas taurinas,
que se encuentren debidamente inscritas y actualizadas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Fuenlabrada y al corriente de sus obligaciones tributarias.
No resultarán beneficiarios del premio aquellas asociaciones o entidades que no se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado, con la Seguridad Social
y con el Ayuntamiento de Fuenlabrada, que se encuentren incursas en un procedimiento de
reintegro o que tengan sin presentar la justificación de cualquier otra subvención recibida
del Ayuntamiento de Fuenlabrada o sus organismos autónomos habiendo transcurrido el
plazo para ello.
Segundo.—Para la obtención de este premio es necesario participar en los encierros
taurinos, que se celebrarán los días 15, 16 y 17 de septiembre de 2023, a las 09:00 horas. El
anuncio de la convocatoria se publicará en la Base Nacional de Subvenciones. No se aceptarán solicitudes entregadas después de esa fecha.
Si alguna solicitud no cumple los requisitos de la convocatoria o los documentos exigidos no se presentaran en su totalidad, cumplimentados íntegramente con todos los datos
solicitados, se publicará un listado en la página web municipal con las asociaciones cuyas
solicitudes hay que subsanar y se dispondrá de un plazo máximo e improrrogable de diez
días hábiles para ello, con indicación de que si no lo hiciese se la tendrá por desistida de
su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.
Cuarto.—Para esta convocatoria se ha realizado una reserva de crédito en la partida 4051-338-48100, por importe de 3.000,00 euros. Se establece un premio de 250 euros
para cada asociación que participe cumpliendo lo establecido en las presentes bases. Estos
premios no están sujetos a la retención de IRPF dado que se trata de entidades con personalidad jurídica propia.
Quinto.—El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Registro General del Patronato Municipal de Cultura, en el
Registro General de Entradas del Ayuntamiento de Fuenlabrada o en cualquiera de sus Registros auxiliares, resultando necesario aportar la documentación descrita en el artículo 3 de
las bases de la convocatoria.
Sexto.—El procedimiento de concesión se realizará en régimen de concurrencia competitiva.
Cada uno de los dobladores inscritos deberá justificar su presencia al comienzo de cada
encierro mediante la firma de la hoja de asistencia que se encontrará en cabecera del encierro. Para ello se presentará al inicio de cada encierro, entre las 8:15 horas y las 8:45 horas,
debidamente preparado para su participación. Al comienzo de cada encierro se proveerá a
BOCM-20230712-54
BDNS (Identif.): 707596