San Martín de la Vega (BOCM-20230712-85)
Organización y funcionamiento. Delegación de funciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 164

2.o Reservar a la Alcaldía, por su carácter indelegable o no por mandato legal, las siguientes funciones:
a) Con carácter general, la dirección del gobierno y la administración municipal; convocar y presidir las sesiones del Pleno y de la Junta de Gobierno Local, decidiendo
los empates con el voto de calidad; dictar bandos; y adoptar personalmente y bajo
su responsabilidad, en caso de catástrofe o infortunios públicos o grave riesgo de
los mismos, las medidas necesarias y adecuadas dando cuenta inmediata al Pleno.
b) En materia de personal, la jefatura superior de todo el personal y la separación del
servicio de los funcionarios y el despido del personal laboral.
c) En materia económica, la concertación de operaciones de crédito de competencia
no plenaria y la resolución de discrepancias.
d) En materia revisora administrativa y judicial, la iniciativa para proponer al Pleno
de la Corporación la declaración de lesividad en materias de la competencia de la
Alcaldía; y el ejercicio de las acciones judiciales y administrativas y la defensa del
Ayuntamiento en materias de su competencia, delegadas o no y, en caso de urgencia, en materias de la competencia de Pleno, dando cuenta al mismo en la primera sesión que se celebre para su ratificación.
e) Urbanismo y ordenación del territorio, que comprende las actuaciones y los procedimientos relativos a planeamiento y gestión urbanísticos que no sean objeto de
delegación en la Junta de Gobierno Local.
f) Nombramiento y cese del personal eventual.
g) Autorizar la celebración de matrimonios civiles.
h) Resolución de revisiones de oficio, recursos administrativos y requerimientos de
anulación o revocación, incluida la suspensión de la ejecución de los actos impugnados, cuando tales impugnaciones tengan por objeto actos y resoluciones dictados por la Alcaldía o los concejales/as-delegados/as.
i) La Alcaldía conservará las facultades de recibir información detallada de la gestión de las atribuciones delegadas y, en particular, previamente a la adopción de
decisiones de trascendencia, así como de avocar, modificar o revocar las delegaciones en todo momento.
o
3. Otorgar delegación genérica, al amparo del artículo 43.4 del ROF, a favor de don
Sergio Neira Nieto, del área de Territorio, que abarcará la facultad de dirigir los servicios
correspondientes como la de gestionarlos en general.
Las materias que se consideran relacionadas con estos asuntos, a efectos simplemente
enumerativos son:
— Policía Local y seguridad ciudadana, tráfico y movilidad.
— Potestad sancionadora general.
— Infraestructuras generales y obras.
— Proyectos técnicos de construcción.
— Servicios generales.
— Mantenimiento de redes de servicios existentes.
— Nuevas redes de servicios.
— Portavocía del Gobierno municipal.
— Dependencia funcional de todo el personal adscrito a los anteriores servicios.
4.o Otorgar delegación genérica, al amparo del artículo 43.4 del ROF, a favor de
doña Sonia Azuara Sereno, del área de Economía, que abarcará tanto la facultad de dirección y gestión de los servicios correspondientes, como la facultad de resolver mediante actos administrativos de afecten a terceros en los términos que se dispone a continuación.
Las materias que se consideran relacionadas con estos asuntos a efectos de dirección
y gestión, a efectos simplemente enumerativos son:
— Hacienda, presupuestos y recaudación.
— Patrimonio municipal.
— Archivo municipal.
— Responsabilidad patrimonial.
— Estadística y padrón.
— Contratación y, en particular, las actuaciones y los procedimientos relativos a la
preparación de contratos del sector público en coordinación con las Concejalías de
las distintas áreas.
— Transparencia y gobierno abierto.
— Portavoz adjunta del Gobierno municipal.

BOCM-20230712-85

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