Arganda del Rey (BOCM-20230712-43)
Organización y funcionamiento. Comisiones informativas
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 164
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2023
Pág. 199
BOCM-20230712-43
Segundo.—Todas las Comisiones Informativas serán presididas, cuando asista, por el
alcalde, que es el presidente nato de todas ellas, el cual podrá delegar la presidencia efectiva en un concejal. El presidente efectivo será propuesto por la propia Comisión, que lo elegirá de entre los miembros de la Corporación, sea o no integrante de la Comisión.
Tercero.—Respecto a su composición, considerando que la proporcionalidad, debido
al número de grupos políticos municipales que pudieran existir, es de difícil aplicación y
que podría dar lugar a un elevado número de miembros, se propone que las Comisiones Informativas se integren, además de por el presidente, por un representante de cada uno de los
grupos municipales y, en su caso, por los concejales no adscritos que en cada momento pudieran existir; y que, en aplicación del artículo 33.4 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de
Administración Local de la Comunidad de Madrid, se adopte el sistema del voto ponderado para conseguir dicha proporcionalidad, de tal modo que el voto de cada uno de los componentes de la Comisión Informativa equivalga al número de componentes del Grupo Municipal respectivo. La adscripción concreta a cada comisión de los miembros de la
Corporación que deban formar parte de la misma en representación de cada grupo se realizará mediante escrito de su portavoz dirigido al alcalde, del que se dará cuenta al Pleno, pudiendo designar, igualmente, un suplente que podrá ser cualquier otro concejal/a del grupo,
que sustituya a los titulares en los supuestos de vacante, ausencia, enfermedad o impedimento de cualquier clase de los mismos.
Cuarto.—Las Comisiones Informativas deberán emitir dictamen preceptivo, pero no
vinculante, en cuantos asuntos deban ser sometidos a la decisión del Pleno y de la Junta de
Gobierno Local o de otro órgano cuando actúan por delegación del Pleno salvo cuando hayan de adoptarse acuerdos declarados urgentes, todo ello en las materias correspondientes
a los distintos servicios que les están vinculados y que tengan relación con la denominación
de la respectiva comisión. Asimismo, las Comisiones Informativa tienen por objeto en las
materias relacionadas con su denominación el seguimiento de la gestión del alcalde, de la
Junta de Gobierno Local y de los concejales que ostenten delegaciones, sin perjuicio de las
competencias de control que corresponden al Pleno.
Quinto.—Las Comisiones Informativas celebrarán sesión ordinaria, siempre que haya
asuntos, una vez al mes, coincidiendo con los terceros martes, siendo el presidente quien
fije la hora de celebración de la misma.
Sexto.—En el caso de que las sesiones de cualquiera de las Comisiones Informativas no
pudieran asistir ninguno de los secretarios/as designados/as, asistirá para ejercicio de esas funciones la persona que desempeñe en cada momento la secretaría general del Ayuntamiento.
En Arganda del Rey, a 20 de junio de 2023.—El alcalde, Alberto Escribano García.
(03/11.712/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 164
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2023
Pág. 199
BOCM-20230712-43
Segundo.—Todas las Comisiones Informativas serán presididas, cuando asista, por el
alcalde, que es el presidente nato de todas ellas, el cual podrá delegar la presidencia efectiva en un concejal. El presidente efectivo será propuesto por la propia Comisión, que lo elegirá de entre los miembros de la Corporación, sea o no integrante de la Comisión.
Tercero.—Respecto a su composición, considerando que la proporcionalidad, debido
al número de grupos políticos municipales que pudieran existir, es de difícil aplicación y
que podría dar lugar a un elevado número de miembros, se propone que las Comisiones Informativas se integren, además de por el presidente, por un representante de cada uno de los
grupos municipales y, en su caso, por los concejales no adscritos que en cada momento pudieran existir; y que, en aplicación del artículo 33.4 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de
Administración Local de la Comunidad de Madrid, se adopte el sistema del voto ponderado para conseguir dicha proporcionalidad, de tal modo que el voto de cada uno de los componentes de la Comisión Informativa equivalga al número de componentes del Grupo Municipal respectivo. La adscripción concreta a cada comisión de los miembros de la
Corporación que deban formar parte de la misma en representación de cada grupo se realizará mediante escrito de su portavoz dirigido al alcalde, del que se dará cuenta al Pleno, pudiendo designar, igualmente, un suplente que podrá ser cualquier otro concejal/a del grupo,
que sustituya a los titulares en los supuestos de vacante, ausencia, enfermedad o impedimento de cualquier clase de los mismos.
Cuarto.—Las Comisiones Informativas deberán emitir dictamen preceptivo, pero no
vinculante, en cuantos asuntos deban ser sometidos a la decisión del Pleno y de la Junta de
Gobierno Local o de otro órgano cuando actúan por delegación del Pleno salvo cuando hayan de adoptarse acuerdos declarados urgentes, todo ello en las materias correspondientes
a los distintos servicios que les están vinculados y que tengan relación con la denominación
de la respectiva comisión. Asimismo, las Comisiones Informativa tienen por objeto en las
materias relacionadas con su denominación el seguimiento de la gestión del alcalde, de la
Junta de Gobierno Local y de los concejales que ostenten delegaciones, sin perjuicio de las
competencias de control que corresponden al Pleno.
Quinto.—Las Comisiones Informativas celebrarán sesión ordinaria, siempre que haya
asuntos, una vez al mes, coincidiendo con los terceros martes, siendo el presidente quien
fije la hora de celebración de la misma.
Sexto.—En el caso de que las sesiones de cualquiera de las Comisiones Informativas no
pudieran asistir ninguno de los secretarios/as designados/as, asistirá para ejercicio de esas funciones la persona que desempeñe en cada momento la secretaría general del Ayuntamiento.
En Arganda del Rey, a 20 de junio de 2023.—El alcalde, Alberto Escribano García.
(03/11.712/23)
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ISSN 1989-4791