D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20230712-25)
Convenio – Adenda de 22 de junio de 2023, al convenio entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Cultura en Vena, para la implantación del programa “Mediación Cultural”, mediante el acompañamiento de los pacientes en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud
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BOCM
Pág. 154
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 164
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Sanidad
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ADENDA de 22 de junio de 2023, al convenio entre la Comunidad de Madrid a
través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Cultura en Vena, para la implantación del programa “Mediación Cultural”, mediante el acompañamiento de los pacientes en los centros sanitarios del
Servicio Madrileño de Salud.
REUNIDOS
De una parte, D. Enrique Ruiz Escudero, Consejero de Sanidad en funciones de la Comunidad de Madrid, nombrado mediante el Decreto 49/2021, de 19 de junio de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 41.a)
de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid y el 4.3 a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
De otra parte, D. Fernando Prados Roa, Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud
Pública, nombrado mediante el Decreto 104/2022, de 28 de septiembre, del Consejo de Gobierno, y Director General de Asistencia Sanitaria, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.b) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, y el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de
abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud.
Y, de otra parte, D. Juan Alberto García de Cubas, actuando en nombre y representación de Fundación Cultura en Vena, con domicilio social en Madrid (28005), calle Arquitectura, 17, piso bajo, puerta izquierda y NIF G88541750, en calidad de presidente de esta,
en virtud de poder suficiente para el presente acto según consta en escritura notarial de 27
de diciembre de 2019, de constitución de la fundación, ante D. José María de Prada Guaita, Notario del Ilustre Colegio de Madrid.
Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda y, de conformidad,
MANIFIESTAN
Primero
En fecha 24 de febrero de 2022 se suscribió un convenio entre la Comunidad de Madrid
a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Cultura en Vena para la implantación del proyecto “Mediación Cultural”, mediante el acompañamiento de los pacientes en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud.
Segundo
Tercero
La actividad desarrollada en ejecución del convenio ha resultado satisfactoria para las
partes, por lo que se considera conveniente para la finalidad de humanización de la asisten-
BOCM-20230712-25
El convenio prevé expresamente en su cláusula primera la posibilidad de ampliación
por la voluntad de las partes de los centros en los que el mismo se aplica, contenidos en su
Anexo I, lo que no supone modificación del objeto del convenio.
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MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2023
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I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Sanidad
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ADENDA de 22 de junio de 2023, al convenio entre la Comunidad de Madrid a
través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Cultura en Vena, para la implantación del programa “Mediación Cultural”, mediante el acompañamiento de los pacientes en los centros sanitarios del
Servicio Madrileño de Salud.
REUNIDOS
De una parte, D. Enrique Ruiz Escudero, Consejero de Sanidad en funciones de la Comunidad de Madrid, nombrado mediante el Decreto 49/2021, de 19 de junio de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 41.a)
de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid y el 4.3 a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
De otra parte, D. Fernando Prados Roa, Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud
Pública, nombrado mediante el Decreto 104/2022, de 28 de septiembre, del Consejo de Gobierno, y Director General de Asistencia Sanitaria, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.b) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, y el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de
abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud.
Y, de otra parte, D. Juan Alberto García de Cubas, actuando en nombre y representación de Fundación Cultura en Vena, con domicilio social en Madrid (28005), calle Arquitectura, 17, piso bajo, puerta izquierda y NIF G88541750, en calidad de presidente de esta,
en virtud de poder suficiente para el presente acto según consta en escritura notarial de 27
de diciembre de 2019, de constitución de la fundación, ante D. José María de Prada Guaita, Notario del Ilustre Colegio de Madrid.
Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda y, de conformidad,
MANIFIESTAN
Primero
En fecha 24 de febrero de 2022 se suscribió un convenio entre la Comunidad de Madrid
a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Cultura en Vena para la implantación del proyecto “Mediación Cultural”, mediante el acompañamiento de los pacientes en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud.
Segundo
Tercero
La actividad desarrollada en ejecución del convenio ha resultado satisfactoria para las
partes, por lo que se considera conveniente para la finalidad de humanización de la asisten-
BOCM-20230712-25
El convenio prevé expresamente en su cláusula primera la posibilidad de ampliación
por la voluntad de las partes de los centros en los que el mismo se aplica, contenidos en su
Anexo I, lo que no supone modificación del objeto del convenio.