Móstoles (BOCM-20230711-85)
Organización y funcionamiento. Nombramientos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 372
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 163
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
85
MÓSTOLES
De conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 133 del Reglamento Orgánico Municipal, se hace público, el decreto de la Alcaldía 2743/2023, de 20 de junio, del
Ayuntamiento de Móstoles, en la forma siguiente:
— Decreto de Alcaldía de nombramiento de los miembros de la Junta de Gobierno
Local.
Resultando de aplicación al municipio de Móstoles el régimen de organización de los
municipios de gran población, conforme al acuerdo del Pleno de la Asamblea de Madrid,
de 4 de noviembre de 2004.
Resultando que la aplicación del mencionado régimen de organización configura a la
Junta de Gobierno Local como un órgano municipal necesario, que bajo la presidencia de
la Alcaldía, colabora de forma colegiada en la función de dirección política que a este corresponde y ejerce las funciones ejecutivas y administrativas que se señalan en la legislación vigente, como atribuciones propias.
Resultando que el día 17 de junio de 2023 ha sido elegido alcalde de esta Corporación
don Manuel Bautista Monjón, siendo necesaria para la adecuada gestión de los intereses locales la designación de los miembros de la Junta de Gobierno Local, así como su constitución.
Resultando que corresponde a esta Alcaldía el nombrar y separar libremente a los
miembros de la Junta de Gobierno Local, cuyo número no podrá exceder de un tercio del
número legal de los miembros del Pleno, además del alcalde.
Resultando que, igualmente, corresponde a esta Alcaldía designar al concejal-secretario entre uno de los miembros de la Junta de Gobierno Local.
Resultando que, conforme al artículo 112.3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen
Jurídico de las Entidades Locales (ROF-RJEL), es competencia de esta Alcaldía fijar, mediante decreto, el día y hora en que deba celebrarse sesión ordinaria.
Considerando lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Considerando lo dispuesto en el artículo 126.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, en el cual se indica que corresponde al alcalde nombrar y separar libremente a los miembros de la Junta de Gobierno Local, cuyo
número no podrá exceder de un tercio del número legal de miembros del Pleno, además del
alcalde. En consecuencia, se interpreta que, en el cómputo del límite del tercio de la Corporación, no computa la Alcaldía por expresa voluntad del legislador al incluir el literal de
“además del alcalde”.
Considerando lo dispuesto en los artículos 129 y siguientes, del Reglamento Orgánico
del Ayuntamiento de Móstoles, aprobado en Pleno municipal, de 31 de marzo de 2005 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de abril de 2005).
Por todo lo expuesto, vengo a resolver:
Primero.—Que la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento quede integrada por
nueve miembros, no superando el tercio del número legal de los miembros que componen
la Corporación, además de la presidencia de esta Alcaldía.
Segundo.—Nombrar como miembros de la Junta de Gobierno Local a los siguientes
concejales:
1. Don Gabriel Monteserín Prieto.
2. Don Alberto Rodríguez de Rivera Morón.
3. Doña Raquel Guerrero Vélez.
4. Doña Cristina Molina de Miguel.
5. Don Ángel Álvarez de la Puente.
6. Don Sergio María Soler Hernández.
BOCM-20230711-85
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Pág. 372
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 163
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
85
MÓSTOLES
De conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 133 del Reglamento Orgánico Municipal, se hace público, el decreto de la Alcaldía 2743/2023, de 20 de junio, del
Ayuntamiento de Móstoles, en la forma siguiente:
— Decreto de Alcaldía de nombramiento de los miembros de la Junta de Gobierno
Local.
Resultando de aplicación al municipio de Móstoles el régimen de organización de los
municipios de gran población, conforme al acuerdo del Pleno de la Asamblea de Madrid,
de 4 de noviembre de 2004.
Resultando que la aplicación del mencionado régimen de organización configura a la
Junta de Gobierno Local como un órgano municipal necesario, que bajo la presidencia de
la Alcaldía, colabora de forma colegiada en la función de dirección política que a este corresponde y ejerce las funciones ejecutivas y administrativas que se señalan en la legislación vigente, como atribuciones propias.
Resultando que el día 17 de junio de 2023 ha sido elegido alcalde de esta Corporación
don Manuel Bautista Monjón, siendo necesaria para la adecuada gestión de los intereses locales la designación de los miembros de la Junta de Gobierno Local, así como su constitución.
Resultando que corresponde a esta Alcaldía el nombrar y separar libremente a los
miembros de la Junta de Gobierno Local, cuyo número no podrá exceder de un tercio del
número legal de los miembros del Pleno, además del alcalde.
Resultando que, igualmente, corresponde a esta Alcaldía designar al concejal-secretario entre uno de los miembros de la Junta de Gobierno Local.
Resultando que, conforme al artículo 112.3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen
Jurídico de las Entidades Locales (ROF-RJEL), es competencia de esta Alcaldía fijar, mediante decreto, el día y hora en que deba celebrarse sesión ordinaria.
Considerando lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Considerando lo dispuesto en el artículo 126.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, en el cual se indica que corresponde al alcalde nombrar y separar libremente a los miembros de la Junta de Gobierno Local, cuyo
número no podrá exceder de un tercio del número legal de miembros del Pleno, además del
alcalde. En consecuencia, se interpreta que, en el cómputo del límite del tercio de la Corporación, no computa la Alcaldía por expresa voluntad del legislador al incluir el literal de
“además del alcalde”.
Considerando lo dispuesto en los artículos 129 y siguientes, del Reglamento Orgánico
del Ayuntamiento de Móstoles, aprobado en Pleno municipal, de 31 de marzo de 2005 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de abril de 2005).
Por todo lo expuesto, vengo a resolver:
Primero.—Que la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento quede integrada por
nueve miembros, no superando el tercio del número legal de los miembros que componen
la Corporación, además de la presidencia de esta Alcaldía.
Segundo.—Nombrar como miembros de la Junta de Gobierno Local a los siguientes
concejales:
1. Don Gabriel Monteserín Prieto.
2. Don Alberto Rodríguez de Rivera Morón.
3. Doña Raquel Guerrero Vélez.
4. Doña Cristina Molina de Miguel.
5. Don Ángel Álvarez de la Puente.
6. Don Sergio María Soler Hernández.
BOCM-20230711-85
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO