Collado Mediano (BOCM-20230711-69)
Organización y funcionamiento. Nombramientos
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BOCM
Pág. 346
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 163
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
69
COLLADO MEDIANO
Tras la celebración de las elecciones municipales el día 28 de mayo de 2023 y habiéndose procedido el día 17 de junio de 2023 a la constitución de la nueva Corporación Local
de Collado Mediano, se hacen públicos los nombramientos y delegaciones siguientes, de
conformidad con lo establecido por las resoluciones de Alcaldía de fecha 20 de junio y 5 de
julio de 2023:
Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Collado Mediano:
— 1.o D. Jorge Martín Morollón.
— 2.o D. Gonzalo Fernández López.
— 3.o D. Antonio García Morales.
— 4.o D.a Eva Márquez Ortega.
Corresponde a la Junta de Gobierno Local, además de la asistencia permanente a la
alcaldesa en el ejercicio de sus atribuciones, las competencias siguientes que le han sido
delegadas:
1. Las competencias como órgano de contratación respecto de todo tipo de contratos
cuando su importe supere los 100.000 euros y no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de seis millones de euros, incluidos
los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, eventuales prórrogas incluidas siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni
el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.
2. La competencia para la celebración de los contratos privados, así como la adjudicación de concesiones sobre los bienes de las mismas y la adquisición de bienes inmuebles
y derechos sujetos a la legislación patrimonial cuando el presupuesto base de licitación no
supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto ni el importe de tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio, cuando su valor no supere el porcentaje ni la cuantía indicados.
3. Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidos al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.
4. Órdenes de ejecución por razones de seguridad, salubridad, ornato y declaraciones de ruina.
5. Bases para el otorgamiento de subvenciones.
6. Licencias municipales de autotaxi.
7. Convenios administrativos.
8. Resolución de los expedientes de responsabilidad patrimonial, salvo que hayan de
corresponder al Pleno.
9. Resolución de los expedientes sancionadores no atribuidos a otros órganos.
La delegación alcanza, también, a la resolución de los recursos administrativos que se
interpongan contra los acuerdos que la Junta de Gobierno adopte. Los acuerdos adoptados
por la Junta de Gobierno Local en relación con las materias delegadas, tendrán el mismo valor que las resoluciones que dicte la Alcaldía en ejercicio de las atribuciones que no haya delegado, sin perjuicio de su adopción conforme a las reglas de funcionamiento de la Junta.
Se determina la periodicidad de las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno Local,
que tendrán lugar cada 14 días a partir de la celebración de la sesión constitutiva, los jueves, no festivos, a las 12:00 horas, en el despacho de Alcaldía. Si es festivo, o por causa especial se podrá adelantar o retrasar la fecha sin que exceda de dos días.
Tenientes de alcalde Ayuntamiento Collado Mediano:
— 1.o D. Jorge Martín Morollón.
— 2.o D. Gonzalo Fernández López.
BOCM-20230711-69
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
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MARTES 11 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 163
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
69
COLLADO MEDIANO
Tras la celebración de las elecciones municipales el día 28 de mayo de 2023 y habiéndose procedido el día 17 de junio de 2023 a la constitución de la nueva Corporación Local
de Collado Mediano, se hacen públicos los nombramientos y delegaciones siguientes, de
conformidad con lo establecido por las resoluciones de Alcaldía de fecha 20 de junio y 5 de
julio de 2023:
Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Collado Mediano:
— 1.o D. Jorge Martín Morollón.
— 2.o D. Gonzalo Fernández López.
— 3.o D. Antonio García Morales.
— 4.o D.a Eva Márquez Ortega.
Corresponde a la Junta de Gobierno Local, además de la asistencia permanente a la
alcaldesa en el ejercicio de sus atribuciones, las competencias siguientes que le han sido
delegadas:
1. Las competencias como órgano de contratación respecto de todo tipo de contratos
cuando su importe supere los 100.000 euros y no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de seis millones de euros, incluidos
los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, eventuales prórrogas incluidas siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni
el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.
2. La competencia para la celebración de los contratos privados, así como la adjudicación de concesiones sobre los bienes de las mismas y la adquisición de bienes inmuebles
y derechos sujetos a la legislación patrimonial cuando el presupuesto base de licitación no
supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto ni el importe de tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio, cuando su valor no supere el porcentaje ni la cuantía indicados.
3. Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidos al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.
4. Órdenes de ejecución por razones de seguridad, salubridad, ornato y declaraciones de ruina.
5. Bases para el otorgamiento de subvenciones.
6. Licencias municipales de autotaxi.
7. Convenios administrativos.
8. Resolución de los expedientes de responsabilidad patrimonial, salvo que hayan de
corresponder al Pleno.
9. Resolución de los expedientes sancionadores no atribuidos a otros órganos.
La delegación alcanza, también, a la resolución de los recursos administrativos que se
interpongan contra los acuerdos que la Junta de Gobierno adopte. Los acuerdos adoptados
por la Junta de Gobierno Local en relación con las materias delegadas, tendrán el mismo valor que las resoluciones que dicte la Alcaldía en ejercicio de las atribuciones que no haya delegado, sin perjuicio de su adopción conforme a las reglas de funcionamiento de la Junta.
Se determina la periodicidad de las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno Local,
que tendrán lugar cada 14 días a partir de la celebración de la sesión constitutiva, los jueves, no festivos, a las 12:00 horas, en el despacho de Alcaldía. Si es festivo, o por causa especial se podrá adelantar o retrasar la fecha sin que exceda de dos días.
Tenientes de alcalde Ayuntamiento Collado Mediano:
— 1.o D. Jorge Martín Morollón.
— 2.o D. Gonzalo Fernández López.
BOCM-20230711-69
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