San Sebastián de los Reyes (BOCM-20230711-103)
Organización y funcionamiento. Nombramiento
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 163

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE JULIO DE 2023

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
103

SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Mediante decreto número 3363 de nombramiento de Concejalía-Delegada de Cooperación Ciudadana, Participación y Asociaciones, Juventud e Infancia, de fecha 19 de junio
de 2023, esta Alcaldía ha resuelto:
Nombrar concejala-delegada de Cooperación Ciudadana, Participación y Asociaciones, Juventud e Infancia a D.a Tamara Barrientos Sierra.
Con independencia del alcance genérico de delegación en las Concejalías y sin perjuicio de las competencias atribuidas, delegadas o desconcentradas en otros órganos, se delegan en la Concejalía-Delegada de Cooperación Ciudadana, Participación y Asociaciones,
las competencias que le corresponden en esta materia a la Sra. alcaldesa y entre ellas las que
se detallan:

Cooperación, Participación y Asociaciones:
I. Política municipal de cooperación ciudadana.
II. Participación ciudadana y Asociaciones vecinales.
Juventud e Infancia:
I. Política municipal en materia de Infancia. Centro de actividades para la Infancia
“Divertilandia”.
II. Políticas dirigidas a jóvenes y adolescentes. Centro Joven Sanse “Daniel Rodríguez”.
El ámbito material de estas atribuciones es el que a continuación se expresa, de forma
meramente enunciativa.
En el marco de las atribuciones delegadas ejercerá las siguientes funciones:
Cooperación, Participación y Asociaciones:
I. Política municipal de cooperación ciudadana.
a) Desarrollar y dirigir la política municipal en materia de Cooperación Ciudadana.
b) Acciones encaminadas al desarrollo de los convenios de Cooperación Ciudadana por el Ayuntamiento.
II. Participación ciudadana y Asociaciones vecinales.
Diseñar acciones dirigidas a impulsar la participación en la gestión municipal.
c) Promover la aprobación de instrumentos jurídicos precisos para el impulso y
puesta en marcha de un modelo participativo.
d) Fomentar el derecho de participación ciudadana y articular medidas de financiación económica que garanticen el desarrollo de la participación ciudadana.
e) Proponer bases de subvenciones destinadas a Asociaciones y otras entidades
de participación ciudadana.
f) Promover la aprobación de un nuevo reglamento municipal de Participación
Ciudadana.
g) Resolver las solicitudes de autorización para intervenir en los órganos colegiados del Ayuntamiento.
h) Resolver las peticiones que se formulen relativas a la inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales, así como, en su caso, las bajas, modificaciones o renovaciones anuales de las inscripciones, tramitando al efecto los expedientes oportunos.
i) Gestión de los espacios de los centros de participación ciudadana.

BOCM-20230711-103

Materias afectadas