Torrejón de Ardoz (BOCM-20230711-109)
Organización y funcionamiento. Delegación de funciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE JULIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 163

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
109

TORREJÓN DE ARDOZ
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

“Está Alcaldía viene a designar a don Valeriano Díaz Baz, segundo teniente de alcalde, concejal-delegado de Obras, Limpieza Urbana y Administración, en el marco de las
competencias de la Alcaldía, las delegadas, en su caso, en la Junta de Gobierno Local, y las
delegadas por el Pleno de la Corporación.
Además, asumirá la gestión del Teatro Municipal José María Rodero.
Las competencias del delegado, en el ámbito de su área, son:
— Representar al Ayuntamiento en su área.
— Convocar y presidir los órganos del Ayuntamiento, en las materias de su delegación cuando proceda.
— Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios municipales en su área, en el marco
de la Coordinación general.
— Igualmente llevará a cabo todas las actuaciones precisas en materia de Obras,
Limpieza Urbana y Administración; la inspección, control e impulso de la limpieza urbana de la ciudad, etc., y todo lo relativo al desarrollo y ejecución de obras
en edificios públicos, mantenimiento de infraestructura ordinaria del término,
conservación, ocupación de la vía pública, control y seguimiento de los acuerdos
sobre esta materia, alumbrado público, almacén municipal, mantenimiento y gestión del cementerio y coordinación en la malla urbana de la estructura de la ciudad, energías renovables, planes de autoprotección de los edificios municipales;
así como el Teatro.
— Disponer de la aprobación del gasto, dentro del límite de sus competencias.

BOCM-20230711-109

Para general conocimiento se hacen públicos los siguientes decretos de delegación de
competencias, dictados por esta Alcaldía:
“Está Alcaldía viene a designar a don José Luis Navarro Coronado, vicealcalde y portavoz del Gobierno, en el marco de las competencias de la Alcaldía, las delegadas, en su
caso, en la Junta de Gobierno Local, y las delegadas por el Pleno de la Corporación.
Las competencias del delegado, en el ámbito de su área, son:
— Convocar y presidir los órganos del Ayuntamiento, en las materias de su delegación cuando proceda.
— Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios municipales en todas sus áreas, en el
marco de la Coordinación general.
— Coordinar la Portavocía del Gobierno y el Gabinete de Comunicación y Protocolo
del Ayuntamiento.
— Coordinar el Departamento de Secretaría y Asesoría Jurídica de Alcaldía.
— Coordinar la actuación de las Concejalías-Delegadas.
— Disponer de la aprobación del gasto, dentro del límite de sus competencias.
— Funciones que impliquen ejercicio de autoridad y las de abrir los expedientes disciplinarios o sancionadores en su área, teniendo en cuenta que la resolución corresponderá al mismo, salvo la pertinente decisión, sí así se estima, de la Junta de Gobierno.
— El desenvolvimiento general de la actividad ordinaria, en el marco de sus competencias, y de acuerdo a la coordinación general y a sus previsiones.
Los actos administrativos que dicte deberán precisar que se dicten por delegación, consignado la fecha de la Delegación, y si son firmes o definitivos, y en este su caso, los recursos jurisdiccionales que correspondan ante la Jurisdicción contencioso-administrativa, y si
no lo son habrá de determinarse si contra los mismos cabe recurso administrativo o son actos de trámite.
Este decreto deroga cualquier otro que fuera incompatible.
Torrejón de Ardoz, a 27 de junio de 2023.—El alcalde, Ignacio Vázquez Casavilla”.