Bustarviejo (BOCM-20230710-61)
Organización y funcionamiento. Régimen de dedicación
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE JULIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 162

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
61

BUSTARVIEJO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

BOCM-20230710-61

El Pleno del Ayuntamiento de Bustarviejo, en su sesión extraordinaria de fecha 26 de
junio de 2023, ha adoptado acuerdo por el que se determinan los concejales que han de ejercer sus cargos en régimen de dedicación exclusiva y se fijan sus retribuciones, por lo que
en previsión del artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local, se publica anuncio del acuerdo que es del tenor literal siguiente:
“Visto que la aprobación de los regímenes de dedicación corresponde al Pleno de la
Corporación conforme al artículo 13 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre, se acuerda con el voto favorable de los 8 votos a favor de PP y 3 en contra del
grupo Progresistas por Bustarviejo y, por tanto, por mayoría absoluta:
Primero.—Determinar que el cargo de alcalde realice sus funciones en régimen de dedicación total por los siguientes motivos: carga de trabajo y número de horas que requieren
sus funciones.
Segundo.—Establecer a favor de los miembros de la Corporación que desempeñen sus
cargos en régimen de dedicación exclusiva, las retribuciones que a continuación se relacionan, que se percibirán en catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre,
y darles de alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda:
— El cargo de alcalde percibirá una retribución anual bruta de 36.000 euros.
Tercero.—Establecer a favor de los miembros de la Corporación que desempeñen sus
cargos en régimen de dedicación parcial, las retribuciones que a continuación se relacionan,
que se percibirán en catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades
del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, y darles de alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación
el pago de las cuotas empresariales que corresponda:
— Los cargos de 2.o y 3.o teniente de alcalde percibirá una retribución anual bruta de
18.000 euros (69 por 100 de jornada).
— El cargo de 1.o teniente de alcalde percibirá una retribución anual bruta de 15.000
euros (58 por 100 de jornada).
Cuarto.—Publicar de forma íntegra en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID el acuerdo del Pleno, a los efectos de su general conocimiento. Asimismo, estará
a disposición de los interesados en el portal de transparencia de este Ayuntamiento.
Quinto.—Notificar dicho acuerdo a los interesados y al servicio de personal e intervención para su conocimiento y efectos”.
Bustarviejo, a 28 de junio de 2023.—El alcalde-presidente, Tanausu Luis Perera.
(03/11.443/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791