Griñón (BOCM-20230710-78)
Organización y funcionamiento. Nombramientos
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE JULIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 162

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
78

GRIÑÓN
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

BOCM-20230710-78

El alcalde-presidente del Ayuntamiento de Griñón (Madrid) ha dictado la resolución 1334, de 20 de junio de 2023, designando a los tenientes de alcalde, cuyo tenor literal
es el que sigue:
“Primero.—Designar como tenientes de alcalde del Ayuntamiento de Griñón a los siguientes concejales:
— Primer teniente de alcalde, don Miguel Pereda Navarro.
— Segundo teniente de alcalde, don Amalio Rodríguez Martín.
— Tercer teniente de alcalde, don José María Amor Núñez.
Segundo.—Corresponderá a los tenientes de alcalde nombrados las atribuciones generales previstas en los artículos 47 y 48 del RDL 2568/1986, de 28 de noviembre, que establece:
“Artículo 47.
1. Corresponde a los tenientes de alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de
sus funciones y por el orden de su nombramiento, al alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a este para el ejercicio de sus atribuciones, así
como desempeñar las funciones del alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo alcalde.
2. En los casos de ausencia, enfermedad o impedimento, las funciones del alcalde no
podrán ser asumidas por el teniente de alcalde a quien corresponda sin expresa delegación,
que reunirá los requisitos de los números 1 y 2 del artículo 44.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el alcalde se ausente del término
municipal por más de veinticuatro horas, sin haber conferido la delegación, o cuando por causa imprevista le hubiere resultado imposible otorgarla, le sustituirá, en la totalidad de sus funciones, el teniente de alcalde a quien corresponda, dando cuenta al resto de la Corporación.
Igualmente, cuando durante la celebración de una sesión hubiere de abstenerse de intervenir, en relación con algún punto concreto de la misma, el presidente, conforme a lo prevenido en el artículo 76 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, le sustituirá automáticamente en la
presidencia de la misma el teniente de alcalde a quien corresponda.
Artículo 48.
En los supuestos de sustitución del alcalde, por razones de ausencia o enfermedad, el
teniente de alcalde que asuma sus funciones no podrá revocar las delegaciones que hubiera
otorgado el primero en virtud de lo dispuesto en el artículo 43”.
Tercero.—Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que se
considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa; y remitir la resolución de
nombramiento al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación
en el mismo, igualmente publicar la resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento
y en su página web, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la
resolución por el alcalde.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Griñón, a 20 de junio de 2023.—El alcalde-presidente, José María Porras Agenjo.
(03/11.457/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791