Hoyo de Manzanares (BOCM-20230710-85)
Organización y funcionamiento. Delegación de funciones
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 162

LUNES 10 DE JULIO DE 2023

Pág. 295

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
85

HOYO DE MANZANARES
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

La señora alcaldesa-presidenta, con fecha 26 de junio de 2023, ha dictado el Decreto
número 854/2023, que en su parte dispositiva dice así:
Primero.—Establecer las siguientes delegaciones genéricas por áreas o materias determinadas:
A) Áreas de Administración Local, Recursos Humanos, Digitalización, Movilidad
y Transporte a favor de la primera teniente de alcalde, doña Ana María Lorenzo de Jesús
Dicha delegación comprende, sin perjuicio de las delegaciones efectuadas en la Junta
de Gobierno Local, la iniciación, tramitación y conclusión de la totalidad de los expedientes que tiene en la actualidad atribuida la organización administrativa municipal sobre las
áreas referidas, entre las que se incluyen, en todo caso, la dirección y gestión en general de
los servicios integrados en las mismas, así como el ejercicio de las siguientes competencias:

Organizar y dotar a la administración del municipio de Hoyo de Manzanares de todos
los recursos humanos y materiales para su buen funcionamiento y así dar los mejores servicios púbicos al ciudadano.
a) La concesión de autorizaciones y licencias para la realización de servicios funerarios, así como gestión de las tasas o exacciones municipales derivadas de las
mismas, respecto a los procesos de licencias y autorizaciones, sin perjuicio de la
liquidación y recaudación material de derechos integradas en la Concejalía de
Hacienda.
b) Mantener, proteger, conservar, mejorar, restaurar, gestionar, explotar, supervisar
y controlar los edificios e instalaciones de dominio y servicio público municipal,
gestionados por alguno de los modos previstos legalmente, incluida la concesión
de autorizaciones y licencias, y la emisión de actos o resoluciones administrativas
que afecten a terceros, así como la confección de las tasas y exacciones municipales derivadas de las mismas, siempre que no comporte la ejecución de obras cuya
competencia corresponda a la Delegación de Obras y respecto a los procesos de
licencias y autorizaciones y observando la debida compatibilidad con las competencias delegadas en la Concejalía de Cultura y Patrimonio.
c) La gestión de los servicios de desinsectación y desratización.
d) La gestión energética municipal, la propuesta de contratación de suministros a tal
efecto y la coordinación de las políticas de eficiencia energética y de mantenibilidad con los Organismos Autónomos del Ayuntamiento y empresas municipales.
e) Incoar, tramitar y formular propuesta de resolución de las reclamaciones patrimoniales por daños o lesiones dentro de su marco competencial.
f) Dictar Órdenes de ejecución y actos complementarios de ejecución forzosa.
g) Tramitar y, en su caso, resolver los expedientes relativos a la protección y restablecimiento de la legalidad.
h) Dirección e inspección inmediata del personal de la Delegación.
i) Elaboración, impulso y tramitación de los proyectos de ordenanzas y, en su caso,
reglamentos relacionados con materia objeto de esta delegación, para su aprobación por la Junta de Gobierno Local y el Pleno.
j) La aprobación de las memorias que puedan ser efectuadas por todos los servicios
adscritos a la Delegación y la formulación de la memoria global de la misma.
k) Solicitud de subvenciones a otras Administraciones u organismos públicos.
l) Orden de expedición y visto bueno de certificaciones de los acuerdos de órganos
unipersonales y documentación obrante en el Departamento o servicio.
m) Ejercitar la potestad sancionadora cuando por ley esté atribuida al alcalde.

BOCM-20230710-85

Administración Local