D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230710-36)
Convenio – Convenio de cooperación educativa de 21 de junio de 2023, entre la Universitat de Lleida y la Comunidad de Madrid a través de su Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, para la realización de prácticas externas en la Dirección General de Emergencias
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 162
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE JULIO DE 2023
Pág. 189
De acuerdo con lo que antecede, la Dirección General de Emergencias mediante escrito y memoria justificativa suscritos con fecha 8 de junio de 2023, respectivamente, ha solicitado la tramitación y firma del presente convenio a la Consejería de Economía, Hacienda
y Empleo, en función de las competencias que a ésta le vienen atribuidas, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 11.r) del Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece su estructura orgánica.
III. La Universitat de Lleida, según se recoge en el Decreto 201/2003, de 26 de agosto, por el cual se aprueban los estatutos de la Universitat de Lleida (“Boletín Oficial del Estado” número 264, de 4 de noviembre de 2003), tiene el compromiso de la formación de
profesionales y la extensión de la cultura, con la concepción de la universidad como un
servicio público que tiene que responder a los intereses generales de toda la comunidad. Se
establece, de esta manera, en un espacio de comunicación y cruce del saber y conocimientos que se producen en cualquier territorio del mundo, y ayuda a enriquecer las experiencias de convivencia y diálogo.
Asimismo, asume su compromiso de acercar la formación universitaria a la realidad
social y profesional de nuestro entorno, mediante el establecimiento de relaciones con otras
entidades, que permitan completar el proceso formativo con una puesta en práctica de los
conocimientos teóricos adquiridos.
IV. La tramitación de este convenio de colaboración con la Universitat de Lleida en
virtud del cual se permitirá la realización de prácticas de uno de sus estudiantes en la Dirección General de Emergencias, le corresponde a la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo, a través de la Dirección General de Función Pública, de conformidad con las competencias que le vienen atribuidas, en el artículo 11.r) del Decreto 234/2021, de 10 de noviembre,
del Consejo de Gobierno, por el que se establece su estructura orgánica, y su firma al Viceconsejero de Hacienda, en virtud de lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de
diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en uso de las facultades que le confiere el apartado tercero del artículo 4, de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, y del apartado primero, punto 1.d).2.o, de la citada Orden de 3 de diciembre de 2021, de
la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
V. En virtud de cuanto antecede, es deseo de ambas partes suscribir este convenio
con la pretensión de establecer adecuadas fórmulas de cooperación y promover así una relación más intensa y estrecha entre ellas.
Por todo cuanto antecede, y en su virtud, las partes intervinientes suscriben el presente convenio de acuerdos a las siguientes
CLAUSULAS
Primera
Objeto
Este convenio tiene por objeto establecer un marco de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la Universitat de Lleida, a través del Centro de Formación Continua, con el fin de determinar las condiciones en las que el estudiante cuyos datos figuran en el correspondiente Anexo a este
Convenio, realizará las prácticas externas curriculares para los estudios contemplado en el
mismo, dentro de la Central de Bomberos de la Dirección General de Emergencias.
Segunda
La relación que se establezca entre el estudiante en prácticas y la Comunidad de
Madrid, a través de la Dirección General de Emergencias, no supondrá más compromiso
que el estipulado en el presente Convenio y de la misma no se deriva obligación alguna propia de un contrato laboral, ya que no tendrá dicho carácter.
El período de las prácticas, en ningún caso, podrá ser computable como mérito para el
acceso a la función pública.
BOCM-20230710-36
Relaciones jurídicas
B.O.C.M. Núm. 162
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE JULIO DE 2023
Pág. 189
De acuerdo con lo que antecede, la Dirección General de Emergencias mediante escrito y memoria justificativa suscritos con fecha 8 de junio de 2023, respectivamente, ha solicitado la tramitación y firma del presente convenio a la Consejería de Economía, Hacienda
y Empleo, en función de las competencias que a ésta le vienen atribuidas, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 11.r) del Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece su estructura orgánica.
III. La Universitat de Lleida, según se recoge en el Decreto 201/2003, de 26 de agosto, por el cual se aprueban los estatutos de la Universitat de Lleida (“Boletín Oficial del Estado” número 264, de 4 de noviembre de 2003), tiene el compromiso de la formación de
profesionales y la extensión de la cultura, con la concepción de la universidad como un
servicio público que tiene que responder a los intereses generales de toda la comunidad. Se
establece, de esta manera, en un espacio de comunicación y cruce del saber y conocimientos que se producen en cualquier territorio del mundo, y ayuda a enriquecer las experiencias de convivencia y diálogo.
Asimismo, asume su compromiso de acercar la formación universitaria a la realidad
social y profesional de nuestro entorno, mediante el establecimiento de relaciones con otras
entidades, que permitan completar el proceso formativo con una puesta en práctica de los
conocimientos teóricos adquiridos.
IV. La tramitación de este convenio de colaboración con la Universitat de Lleida en
virtud del cual se permitirá la realización de prácticas de uno de sus estudiantes en la Dirección General de Emergencias, le corresponde a la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo, a través de la Dirección General de Función Pública, de conformidad con las competencias que le vienen atribuidas, en el artículo 11.r) del Decreto 234/2021, de 10 de noviembre,
del Consejo de Gobierno, por el que se establece su estructura orgánica, y su firma al Viceconsejero de Hacienda, en virtud de lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de
diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en uso de las facultades que le confiere el apartado tercero del artículo 4, de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, y del apartado primero, punto 1.d).2.o, de la citada Orden de 3 de diciembre de 2021, de
la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
V. En virtud de cuanto antecede, es deseo de ambas partes suscribir este convenio
con la pretensión de establecer adecuadas fórmulas de cooperación y promover así una relación más intensa y estrecha entre ellas.
Por todo cuanto antecede, y en su virtud, las partes intervinientes suscriben el presente convenio de acuerdos a las siguientes
CLAUSULAS
Primera
Objeto
Este convenio tiene por objeto establecer un marco de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la Universitat de Lleida, a través del Centro de Formación Continua, con el fin de determinar las condiciones en las que el estudiante cuyos datos figuran en el correspondiente Anexo a este
Convenio, realizará las prácticas externas curriculares para los estudios contemplado en el
mismo, dentro de la Central de Bomberos de la Dirección General de Emergencias.
Segunda
La relación que se establezca entre el estudiante en prácticas y la Comunidad de
Madrid, a través de la Dirección General de Emergencias, no supondrá más compromiso
que el estipulado en el presente Convenio y de la misma no se deriva obligación alguna propia de un contrato laboral, ya que no tendrá dicho carácter.
El período de las prácticas, en ningún caso, podrá ser computable como mérito para el
acceso a la función pública.
BOCM-20230710-36
Relaciones jurídicas