D) Anuncios - Consejería de Transportes e Infraestructuras - O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID (BOCM-20230710-33)
Convenio – Convenio de 26 de mayo de 2023, para el suministro e instalación de marquesinas y postes en las paradas de los servicios públicos regulares de transporte de viajeros dependientes del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid, en el municipio de Quijorna
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 162
LUNES 10 DE JULIO DE 2023
Pág. 179
Octava
Resolución
Serán causas de resolución del presente convenio, además de las recogidas en el Ordenamiento Jurídico, las siguientes:
— La denuncia de alguna de las partes, durante la vigencia del presente convenio o
posible prórroga, previo aviso a la otra con una antelación mínima de dos meses.
— El incumplimiento reiterado de las cláusulas del convenio.
— El mutuo acuerdo entre las partes.
— Este convenio quedará sin efecto si el Ayuntamiento de Quijorna adoptara acuerdo plenario de retirada o desvinculación de su adhesión al CRTM.
Novena
Comisión de Seguimiento
Para el adecuado seguimiento e interpretación del presente convenio, se creará una Comisión de Seguimiento, compuesta paritariamente por dos representantes del CRTM y dos
del Ayuntamiento de Quijorna, que se reunirá regularmente y a petición de cualquiera de
las partes.
Esta Comisión será la encargada de analizar, evaluar y elevar a los órganos correspondientes todas las propuestas relacionadas con la obra civil, la alimentación eléctrica, la instalación, el traslado y la sustitución de las marquesinas y postes, así como de cualquier otro
elemento del equipamiento de las mismas o, en general, de las paradas de autobús.
Serán funciones de la Comisión, además de los aspectos que desarrollen y concreten el
convenio, acordar todas las acciones o medidas negociadoras que fueran necesarias tendentes a evitar el incumplimiento del convenio por las partes, establecer los procedimientos de
solución de las prestaciones en curso en caso de extinción del mismo antes de su fecha de
vencimiento.
Décima
Jurisdicción competente
Las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse en la aplicación de este convenio serán resueltas por los Juzgados y Tribunales de Madrid.
Y, en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente convenio.
Madrid, a 26 de mayo de 2023.—Por el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid, el Presidente del Consejo de Administración, David Pérez García.—Por
el Ayuntamiento de Quijorna, el Alcalde-Presidente, Juan Carlos Pérez Carrasco.
ANEXO I
RELACIÓN DE MARQUESINAS INSTALADAS POR EL CONSORCIO DE TRANSPORTES DE MADRID
EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE QUIJORNA
FECHA
INSTALACIÓ N
CÓD.
PARADA
CÓD.
MARQUESINA
1
07/01/200
4
10269
119002
CTRA.M521-REAL
Villanueva de la Cañada 3
2
30/06/200
3
12661
119003
AV. VILLANUEVA DE LA CAÑADA-VITORIA
Villanueva de la Cañada 8
3
02/07/200
7
16622
119005
CTRA.M521- AV. DEHESA
Villanueva de la Cañada 4900
4
16/02/200
7
16623
119004
VIRGEN DEL PILAR-MOLINO
Virgen del Pilar 7
DENOMINACIÓN PARADA
DIRECCIÓN
(03/11.431/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230710-33
Nº
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 162
LUNES 10 DE JULIO DE 2023
Pág. 179
Octava
Resolución
Serán causas de resolución del presente convenio, además de las recogidas en el Ordenamiento Jurídico, las siguientes:
— La denuncia de alguna de las partes, durante la vigencia del presente convenio o
posible prórroga, previo aviso a la otra con una antelación mínima de dos meses.
— El incumplimiento reiterado de las cláusulas del convenio.
— El mutuo acuerdo entre las partes.
— Este convenio quedará sin efecto si el Ayuntamiento de Quijorna adoptara acuerdo plenario de retirada o desvinculación de su adhesión al CRTM.
Novena
Comisión de Seguimiento
Para el adecuado seguimiento e interpretación del presente convenio, se creará una Comisión de Seguimiento, compuesta paritariamente por dos representantes del CRTM y dos
del Ayuntamiento de Quijorna, que se reunirá regularmente y a petición de cualquiera de
las partes.
Esta Comisión será la encargada de analizar, evaluar y elevar a los órganos correspondientes todas las propuestas relacionadas con la obra civil, la alimentación eléctrica, la instalación, el traslado y la sustitución de las marquesinas y postes, así como de cualquier otro
elemento del equipamiento de las mismas o, en general, de las paradas de autobús.
Serán funciones de la Comisión, además de los aspectos que desarrollen y concreten el
convenio, acordar todas las acciones o medidas negociadoras que fueran necesarias tendentes a evitar el incumplimiento del convenio por las partes, establecer los procedimientos de
solución de las prestaciones en curso en caso de extinción del mismo antes de su fecha de
vencimiento.
Décima
Jurisdicción competente
Las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse en la aplicación de este convenio serán resueltas por los Juzgados y Tribunales de Madrid.
Y, en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente convenio.
Madrid, a 26 de mayo de 2023.—Por el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid, el Presidente del Consejo de Administración, David Pérez García.—Por
el Ayuntamiento de Quijorna, el Alcalde-Presidente, Juan Carlos Pérez Carrasco.
ANEXO I
RELACIÓN DE MARQUESINAS INSTALADAS POR EL CONSORCIO DE TRANSPORTES DE MADRID
EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE QUIJORNA
FECHA
INSTALACIÓ N
CÓD.
PARADA
CÓD.
MARQUESINA
1
07/01/200
4
10269
119002
CTRA.M521-REAL
Villanueva de la Cañada 3
2
30/06/200
3
12661
119003
AV. VILLANUEVA DE LA CAÑADA-VITORIA
Villanueva de la Cañada 8
3
02/07/200
7
16622
119005
CTRA.M521- AV. DEHESA
Villanueva de la Cañada 4900
4
16/02/200
7
16623
119004
VIRGEN DEL PILAR-MOLINO
Virgen del Pilar 7
DENOMINACIÓN PARADA
DIRECCIÓN
(03/11.431/23)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20230710-33
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