D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230710-56)
Convenio – Convenio de 21 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid y la Asociación de Libreros de Viejo-Libris, en virtud del cual se formaliza la concesión directa de una subvención a dicha asociación por importe de 4.000 euros, para financiar la celebración de la “Feria de Otoño del Libro Viejo y Antiguo” en su edición de 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 162
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE JULIO DE 2023
Pág. 227
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
56
CONVENIO de 21 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid y la Asociación
de Libreros de Viejo-Libris, en virtud del cual se formaliza la concesión directa de
una subvención a dicha asociación por importe de 4.000 euros, para financiar la celebración de la “Feria de Otoño del Libro Viejo y Antiguo” en su edición de 2023.
En Madrid, a 21 de junio de 2023.
REUNIDOS
De una parte, la Comunidad de Madrid, representada por D.a Elena Hernando Gonzalo, Directora General de Patrimonio Cultural, en virtud de nombramiento efectuado mediante Decreto 149/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID número 155, de 1 de julio), y en ejercicio de la competencia
para la firma de convenios que por delegación ostenta, en virtud del dispongo quinto de la
Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por
la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, de conformidad con el Decreto 229/2021, de 13 de
octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
De otra, la Asociación de Libreros de Viejo-Libris, representada por D.a Beatriz María Miguel Azcárraga, que interviene en su condición de Presidenta de esta Asociación,
nombrada en Asamblea de 5 de febrero de 2022, y con poderes de representación suficientes concedidos por la Junta Directiva y elevados a escritura pública el 6 de abril de 2022.
Ambas partes se reconocen competencia y capacidad para celebrar el presente Convenio de Colaboración entre la Comunidad de Madrid y la Asociación de Libreros de ViejoLibris, y a tal efecto,
La Comunidad de Madrid, conforme a los apartados 1.19 y 1.20 del artículo 26 de su
Estatuto de Autonomía, tiene competencia plena sobre el fomento de la cultura, la investigación científica y técnica en la Comunidad.
El Decreto 229/2021, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, atribuye en su artículo 7.3 a la Dirección General de Patrimonio Cultural las competencias en materia de fomento y promoción de la lectura pública, el libro, el sector editorial y la creación literaria.
La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, en el marco de las competencias que a la
Comunidad de Madrid le corresponden en materia de fomento y promoción de la lectura pública, el libro, el sector editorial y la creación literaria, considera de especial interés la labor
de la Asociación de Libreros de Viejo-Libris, en las actividades de fomento y promoción de
la lectura pública, el libro, el sector editorial y la creación literaria, y por ello está interesada
en contribuir a la financiación de la actividad descrita durante el ejercicio 2023.
La Asociación de Libreros de Viejo-Libris, entidad sin ánimo de lucro, es una asociación
profesional de librerías especializadas en el libro antiguo fundada en 1988 que cuenta en la
actualidad con más de 30 librerías asociadas en toda España, de las cuales 20 están en la Comunidad de Madrid. Estas librerías están especializadas en joyas bibliográficas que incluyen
primeras ediciones, incunables, manuscritos originales, grabados, ediciones raras, etc.
El artículo 4.5.c) 3.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, estipula que podrán concederse de forma directa, con carácter excepcional,
aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o
humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. A tales fines, el Consejo de Gobierno, podrá autorizar la celebración de convenios o acuerdos
BOCM-20230710-56
EXPONEN
B.O.C.M. Núm. 162
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE JULIO DE 2023
Pág. 227
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
56
CONVENIO de 21 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid y la Asociación
de Libreros de Viejo-Libris, en virtud del cual se formaliza la concesión directa de
una subvención a dicha asociación por importe de 4.000 euros, para financiar la celebración de la “Feria de Otoño del Libro Viejo y Antiguo” en su edición de 2023.
En Madrid, a 21 de junio de 2023.
REUNIDOS
De una parte, la Comunidad de Madrid, representada por D.a Elena Hernando Gonzalo, Directora General de Patrimonio Cultural, en virtud de nombramiento efectuado mediante Decreto 149/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID número 155, de 1 de julio), y en ejercicio de la competencia
para la firma de convenios que por delegación ostenta, en virtud del dispongo quinto de la
Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por
la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, de conformidad con el Decreto 229/2021, de 13 de
octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
De otra, la Asociación de Libreros de Viejo-Libris, representada por D.a Beatriz María Miguel Azcárraga, que interviene en su condición de Presidenta de esta Asociación,
nombrada en Asamblea de 5 de febrero de 2022, y con poderes de representación suficientes concedidos por la Junta Directiva y elevados a escritura pública el 6 de abril de 2022.
Ambas partes se reconocen competencia y capacidad para celebrar el presente Convenio de Colaboración entre la Comunidad de Madrid y la Asociación de Libreros de ViejoLibris, y a tal efecto,
La Comunidad de Madrid, conforme a los apartados 1.19 y 1.20 del artículo 26 de su
Estatuto de Autonomía, tiene competencia plena sobre el fomento de la cultura, la investigación científica y técnica en la Comunidad.
El Decreto 229/2021, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, atribuye en su artículo 7.3 a la Dirección General de Patrimonio Cultural las competencias en materia de fomento y promoción de la lectura pública, el libro, el sector editorial y la creación literaria.
La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, en el marco de las competencias que a la
Comunidad de Madrid le corresponden en materia de fomento y promoción de la lectura pública, el libro, el sector editorial y la creación literaria, considera de especial interés la labor
de la Asociación de Libreros de Viejo-Libris, en las actividades de fomento y promoción de
la lectura pública, el libro, el sector editorial y la creación literaria, y por ello está interesada
en contribuir a la financiación de la actividad descrita durante el ejercicio 2023.
La Asociación de Libreros de Viejo-Libris, entidad sin ánimo de lucro, es una asociación
profesional de librerías especializadas en el libro antiguo fundada en 1988 que cuenta en la
actualidad con más de 30 librerías asociadas en toda España, de las cuales 20 están en la Comunidad de Madrid. Estas librerías están especializadas en joyas bibliográficas que incluyen
primeras ediciones, incunables, manuscritos originales, grabados, ediciones raras, etc.
El artículo 4.5.c) 3.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, estipula que podrán concederse de forma directa, con carácter excepcional,
aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o
humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. A tales fines, el Consejo de Gobierno, podrá autorizar la celebración de convenios o acuerdos
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