Orusco de Tajuña- Régimen económico (BOCM-20230710-94)
Calendario fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 162
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE JULIO DE 2023
Pág. 331
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
94
ORUSCO DE TAJUÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20230710-94
Según decreto de Alcaldía número 2023-0150, de 29 de junio de 2023, se ha adoptado la siguiente resolución:
Aprobar el siguiente calendario fiscal para el año 2023, relativo a los siguientes tributos municipales, en período voluntario:
— Impuesto sobre actividades económicas, desde el día 4 de octubre de 2023 al día 5
de diciembre de 2023. Siendo el día 3 de noviembre de 2023 la fecha en la que se
hará el cargo en cuenta bancaria de todos los vecinos/as del municipio que tengan
domiciliado este impuesto.
— Modalidad de cobro: a través de las entidades de crédito colaboradoras Caixabank
y Eurocaja Rural, o en el Ayuntamiento con tarjeta de crédito, siempre con la carta de pago o recibo emitido por el Ayuntamiento.
— Lugares, días y horas de ingreso: según horarios de pagos de recibos establecidos
por las entidades colaboradoras reseñadas.
— Recaudación ejecutiva: transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas
por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del
período ejecutivo, los intereses de demora y en su caso las costas que se produzcan.
La publicación del presente calendario fiscal cumple la función de anuncio de cobranza
establecido en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación y de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 102 de la Ley 58/2003, General Tributaria.
Se recuerda a los contribuyentes que pueden hacer uso de la domiciliación de pago a
través de entidades bancarias, o cajas de ahorro o cooperativas de crédito calificadas.
Orusco de Tajuña, a 29 de junio de 2023.—La alcaldesa-presidenta, Vanesa Gracia Tapia.
(01/11.495/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 162
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LUNES 10 DE JULIO DE 2023
Pág. 331
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
94
ORUSCO DE TAJUÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20230710-94
Según decreto de Alcaldía número 2023-0150, de 29 de junio de 2023, se ha adoptado la siguiente resolución:
Aprobar el siguiente calendario fiscal para el año 2023, relativo a los siguientes tributos municipales, en período voluntario:
— Impuesto sobre actividades económicas, desde el día 4 de octubre de 2023 al día 5
de diciembre de 2023. Siendo el día 3 de noviembre de 2023 la fecha en la que se
hará el cargo en cuenta bancaria de todos los vecinos/as del municipio que tengan
domiciliado este impuesto.
— Modalidad de cobro: a través de las entidades de crédito colaboradoras Caixabank
y Eurocaja Rural, o en el Ayuntamiento con tarjeta de crédito, siempre con la carta de pago o recibo emitido por el Ayuntamiento.
— Lugares, días y horas de ingreso: según horarios de pagos de recibos establecidos
por las entidades colaboradoras reseñadas.
— Recaudación ejecutiva: transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas
por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del
período ejecutivo, los intereses de demora y en su caso las costas que se produzcan.
La publicación del presente calendario fiscal cumple la función de anuncio de cobranza
establecido en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación y de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 102 de la Ley 58/2003, General Tributaria.
Se recuerda a los contribuyentes que pueden hacer uso de la domiciliación de pago a
través de entidades bancarias, o cajas de ahorro o cooperativas de crédito calificadas.
Orusco de Tajuña, a 29 de junio de 2023.—La alcaldesa-presidenta, Vanesa Gracia Tapia.
(01/11.495/23)
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ISSN 1989-4791