C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230710-21)
Autorización centros docentes – Orden 2410/2023, de 29 de junio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se autoriza a dos colegios de Educación Infantil y Primaria a impartir Educación Secundaria Obligatoria
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 162
LUNES 10 DE JULIO DE 2023
Pág. 89
cundaria Obligatoria y se dan instrucciones para la aplicación de la normativa de organización y funcionamiento en los centros docentes públicos que imparten dichas enseñanzas.
Cuarto
Constitución del consejo escolar en los centros autorizados por la presente orden a
impartir Educación Secundaria Obligatoria
Los colegios de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria autorizados en la
presente orden procederán a la constitución del consejo escolar en el primer trimestre del curso escolar 2023/2024. Todos los miembros de este serán elegidos en la misma convocatoria.
Quinto
Habilitación
1. Las Direcciones Generales de Infraestructuras y Servicios, de Recursos Humanos,
de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial y de Educación Infantil, Primaria y Especial podrán, en el ámbito de sus respectivas competencias, adoptar
cuantas resoluciones e instrucciones sean precisas para la aplicación de la presente orden.
2. La Dirección de Área Territorial Madrid-Capital, a través del Servicio de Inspección Educativa, prestará el asesoramiento necesario y colaboración y apoyo a los centros
para la implantación de la presente orden.
Sexto
Producción de efectos
TÍN
La presente orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 29 de junio de 2023.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
BOCM-20230710-21
(03/11.615/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 162
LUNES 10 DE JULIO DE 2023
Pág. 89
cundaria Obligatoria y se dan instrucciones para la aplicación de la normativa de organización y funcionamiento en los centros docentes públicos que imparten dichas enseñanzas.
Cuarto
Constitución del consejo escolar en los centros autorizados por la presente orden a
impartir Educación Secundaria Obligatoria
Los colegios de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria autorizados en la
presente orden procederán a la constitución del consejo escolar en el primer trimestre del curso escolar 2023/2024. Todos los miembros de este serán elegidos en la misma convocatoria.
Quinto
Habilitación
1. Las Direcciones Generales de Infraestructuras y Servicios, de Recursos Humanos,
de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial y de Educación Infantil, Primaria y Especial podrán, en el ámbito de sus respectivas competencias, adoptar
cuantas resoluciones e instrucciones sean precisas para la aplicación de la presente orden.
2. La Dirección de Área Territorial Madrid-Capital, a través del Servicio de Inspección Educativa, prestará el asesoramiento necesario y colaboración y apoyo a los centros
para la implantación de la presente orden.
Sexto
Producción de efectos
TÍN
La presente orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 29 de junio de 2023.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
BOCM-20230710-21
(03/11.615/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791