B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20230707-5)
Puesto interino – Orden 2059/2023, de 27 de junio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden 306/2023, de 22 de febrero de 2023, de la anterior Consejera de Familia, Juventud y Política Social (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de marzo de 2023), por la que se convocaba, para su cobertura interina, un puesto de trabajo vacante en la Agencia Madrileña de Atención Social y la constitución de lista de espera
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 160
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE JULIO DE 2023
Pág. 19
zo máximo del nombramiento del funcionario interino será de tres años, de conformidad
con el artículo 10.1 y 4 del citado Estatuto Básico del Empleado Público.
Tercero
Recursos
BOCM-20230707-5
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante
los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del
día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin
perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de conformidad con los dispuesto en los artículos 123 y 124 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 27 de junio de 2023.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por delegación (Orden 1558/2021, de 28 de septiembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 7 de octubre de 2021), el Gerente de la AMAS, José Manuel
Miranda de las Heras.
B.O.C.M. Núm. 160
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE JULIO DE 2023
Pág. 19
zo máximo del nombramiento del funcionario interino será de tres años, de conformidad
con el artículo 10.1 y 4 del citado Estatuto Básico del Empleado Público.
Tercero
Recursos
BOCM-20230707-5
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante
los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del
día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin
perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de conformidad con los dispuesto en los artículos 123 y 124 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 27 de junio de 2023.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por delegación (Orden 1558/2021, de 28 de septiembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 7 de octubre de 2021), el Gerente de la AMAS, José Manuel
Miranda de las Heras.